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Real DecretoNacionalvigente

Real Decreto 598/1992, de 5 de junio, por el que se fija la cuantía de los módulos base que deberán aplicarse para el cálculo de la indemnización compensatoria básica en determinadas zonas desfavorecidas en el año 1992.

BOE-A-1992-14179Publicada: 18/06/1992MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-02 Fuente original: ES-BOE — Real Decreto 598/1992, de 5 de junio, por el que se fija la cuantía de los módul ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ **1. QUÉ RESUELVE** El Real Decreto 598/1992 establece las cuantías de los módulos base para el cálculo de la indemnización compensatoria básica en zonas desfavorecidas en el año 1992, y modifica el artículo 1 del Real Decreto 466/1990. **2. CONTEXTO** El Real Decreto 466/1990 regulaba de forma permanente la indemnización compensatoria en zonas desfavorecidas. Para el año 1992, se amplió la lista de municipios beneficiarios, incorporando 376 nuevos municipios. El Real Decreto 598/1992 se emitió con el objetivo de revalorizar las ayudas frente a la inflación y garantizar un mínimo de ayuda a los agricultores. Además, se modificó el artículo 1 del Real Decreto 466/1990 para mayor claridad y seguridad jurídica. **3. CONTENIDO JURÍDICO** El Real Decreto 598/1992, de 5 de junio de 1992, fija las cuantías de los módulos base para el cálculo de la indemnización compensatoria básica en zonas desfavorecidas en el año 1992. En su artículo único, se establece que los módulos base son de 7.385 pesetas para las explotaciones ubicadas en los términos municipales incluidos en el apartado a) del artículo 1 del Real Decreto 466/1990, y de 4.220 pesetas para las ubicadas en el apartado b) de dicho artículo. Además, se establece que la indemnización compensatoria básica de montaña, en zonas de influencia socioeconómica de los Parques Nacionales, se incrementará un 50 por 100. En el caso de que el importe de la indemnización compensatoria sea inferior a 20.000 pesetas, se abonará este último importe. En la disposición adicional, se modifica el artículo 1 del Real Decreto 466/1990, redactándolo de forma más precisa y actualizada. El nuevo texto establece que la indemnización compensatoria anual se concederá a los agricultores que cumplan las condiciones del artículo 3 del Real Decreto 466/1990 y cuyas explotaciones se encuentren en los términos municipales incluidos en la lista comunitaria de zonas agrícolas desfavorecidas de España, calificados como de montaña o como zonas desfavorecidas por despoblamiento, según las Directivas 86/466/CEE, 89/566/CEE y 91/465/CEE. La disposición final establece que el Real Decreto entrará en vigor el día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial del Estado. El Real Decreto fue aprobado a propuesta del Ministro de Agricultura, Pesca y Alimentación, tras cumplir el procedimiento establecido en el artículo 29 del Reglamento (CEE) 2328/91 del Consejo, y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 5 de junio de 1992. **4. CONCLUSIÓN SIMPLE** El Real Decreto 598/1992 fija las cuantías de los módulos base para el cálculo de la indemnización compensatoria en zonas desfavorecidas en 1992. Se modifica el Real Decreto 466/1990 para mayor claridad y seguridad jurídica. El Real Decreto entra en vigor al día siguiente de su publicación. **5. PUNTOS CLAVE** ✅ **Fijación de módulos base**: Se establecen las cuantías de los módulos base para el cálculo de la indemnización compensatoria en 1992. ⚠️ **Modificación del Real Decreto 466/1990**: Se redacta el artículo 1 para mayor claridad y actualización. 📋 **Inclusión de nuevos municipios**: Se incorporan 376 nuevos municipios en la lista de zonas desfavorecidas. ℹ️ **Revalorización de ayudas**: Se busca revalorizar las ayudas frente a la inflación y garantizar un mínimo de ayuda a los agricultores. **6. FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Real Decreto 598/1992 - **Tipo**: Norma reguladora - **Fecha**: 5 de junio de 1992 - **Materias**: Agricultura, indemnización compensatoria, zonas desfavorecidas, módulos base - **Relevancia**: ALTA **Palabras clave**: indemnización compensatoria, zonas desfavorecidas, módulos base, Real Decreto 466/1990, Real Decreto 598/1992, agricultura, ayuda económica, Parques Nacionales. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

El Real Decreto 598/1992 actualiza anualmente, como ya establecía el Real Decreto 466/1990, los módulos base para el cálculo de la indemnización compensatoria en zonas desfavorecidas, una medida de apoyo a la agricultura que se alinea con directivas comunitarias como la 91/465/CEE, que amplió el número de municipios beneficiarios en España. A diferencia de normativas que fijan cuantías permanentes, este real decreto, aprobado por el Gobierno español a propuesta del Ministro de Agricultura, Pesca y Alimentación, establece cifras específicas para 1992, buscando revalorizar las ayudas frente a la inflación y asegurar un mínimo vital para los agricultores. Para el ciudadano, esta diferencia es crucial porque determina el importe exacto de la ayuda que recibirá, impactando directamente en la viabilidad de sus explotaciones en áreas con dificultades geográficas o económicas. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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