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Orden MinisterialNacionalvigente

Orden de 16 de junio de 1992 por la que se suprimen las Comisarías Locales de La Carolina (Jaén) y Peñarroya-Pueblonuevo (Córdoba).

BOE-A-1992-15701Publicada: 06/07/1992MINISTERIO DEL INTERIOR

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-02 Fuente original: ES-BOE — Orden de 16 de junio de 1992 por la que se suprimen las Comisarías Locales de La ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** La Orden Ministerial de 16 de junio de 1992 suprime las Comisarías Locales de La Carolina (Jaén) y Peñarroya-Pueblonuevo (Córdoba), con el objetivo de racionalizar los recursos humanos y materiales en el ámbito de la policía. 2. **CONTEXTO** La norma se emite en el marco de una reforma estructural en la organización de los servicios policiales en España. La decisión se toma en vista de la necesidad de optimizar recursos y mejorar la eficiencia del sistema de seguridad. La supresión de estas comisarías se justifica como parte de una estrategia de reorganización que busca adaptar la estructura a nuevas necesidades y prioridades. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** La Orden Ministerial de 16 de junio de 1992, emitida por el Ministro para las Administraciones Públicas, tiene por objeto la supresión de las Comisarías Locales de La Carolina (Jaén) y Peñarroya-Pueblonuevo (Córdoba), clasificadas en el grupo E, según lo dispuesto en la Orden del Ministerio del Interior de 12 de junio de 1985. Esta medida se fundamenta en la necesidad de lograr un mejor aprovechamiento de los recursos humanos y materiales, así como en la búsqueda de una mayor racionalización de los servicios policiales. La supresión de dichas comisarías se realiza en ejercicio de las facultades que el Ministro para las Administraciones Públicas tiene en virtud de la Disposición Final Primera del Real Decreto 59/1987, de 16 de enero, que modifica el Real Decreto 669/1984, de 28 de marzo. Dicha disposición otorga al Ministro la competencia para tomar decisiones sobre la reorganización de los servicios policiales. La Orden establece que, con la supresión de las comisarías, se procederá a la redistribución del personal destinado en dichas unidades. Esta redistribución se realizará según lo previsto en el Reglamento General de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los funcionarios civiles de la Administración del Estado, aprobado por Real Decreto 28/1990, de 15 de enero. Asimismo, se atribuirán nuevos puestos de trabajo al personal afectado, de conformidad con el Reglamento de Provisión de Puestos de Trabajo de la Dirección General de la Policía, aprobado por Real Decreto 997/1989, de 28 de julio. La norma no establece un procedimiento de consulta previa con los afectados, ni se menciona la posibilidad de recursos contra la decisión. La supresión se considera una medida de reorganización que se ajusta a los principios de eficiencia y racionalidad en la gestión pública. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** La Orden Ministerial de 1992 suprime dos comisarías locales con el objetivo de optimizar recursos en el ámbito policial. La medida se fundamenta en la necesidad de racionalización y se apoya en normativas vigentes. La redistribución del personal se regula mediante reglamentos específicos. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Supresión de comisarías locales**: La Orden elimina las Comisarías Locales de La Carolina (Jaén) y Peñarroya-Pueblonuevo (Córdoba). ⚠️ **Racionalización de recursos**: La medida busca mejorar la eficiencia del sistema policial mediante la redistribución del personal. 📋 **Regulación mediante reglamentos**: La redistribución se regula mediante normas específicas, como el Reglamento General de Provisión de Puestos de Trabajo. ℹ️ **Falta de consulta previa**: No se menciona la posibilidad de consulta con los afectados ni recursos contra la decisión. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Orden Ministerial - **Tipo**: Norma de organización - **Fecha**: 16 de junio de 1992 - **Materias**: Organización de la policía, recursos humanos, reorganización administrativa - **Relevancia**: ALTA - **Palabras clave**: supresión de comisarías, racionalización, redistribución de personal, reglamentos de provisión de puestos de trabajo ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Antes de esta Orden Ministerial de 1992, existían Comisarías Locales de Policía en La Carolina y Peñarroya-Pueblonuevo, cuya supresión se fundamenta en la búsqueda de una mayor eficiencia y racionalización de los recursos policiales. Esta decisión, adoptada por el Ministro del Interior y aprobada por el Ministro para las Administraciones Públicas, se enmarca en un contexto de reorganización de la estructura policial estatal, sin que exista una normativa comparativa directa a nivel de Comunidades Autónomas o directivas de la UE que aborde específicamente la supresión de comisarías concretas. La diferencia para el ciudadano radica en la posible alteración de la proximidad y accesibilidad de los servicios policiales, obligando a desplazamientos a otras dependencias y afectando la inmediatez en la respuesta a sus necesidades de seguridad. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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