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Orden MinisterialNacionalvigente

Orden 61/1992, de 31 de julio, por la que se aprueba el modelo de ficha de inscripción para el alistamiento del año 1992.

BOE-A-1992-18972Publicada: 10/08/1992MINISTERIO DE DEFENSA

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-02 Fuente original: ES-BOE — Orden 61/1992, de 31 de julio, por la que se aprueba el modelo de ficha de inscr ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** La Orden 61/1992 modifica el modelo de ficha de inscripción para el alistamiento, permitiendo que los ciudadanos manifiesten sus preferencias sobre localización geográfica, Ejército y áreas de cometidos durante el proceso de alistamiento de 1992. 2. **CONTEXTO** La Ley Orgánica 13/1991 establece que los alistados pueden expresar sus preferencias sobre la localización geográfica, Ejército y cometidos. Para garantizar la participación de quienes se inscribirán durante 1992, se precisa actualizar el modelo de ficha de inscripción. La Orden 62/1986, de 1986, era el modelo vigente, pero se requiere una modificación para incluir las nuevas preferencias. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** La Orden 61/1992, de 31 de julio de 1992, aprueba el nuevo modelo de ficha de inscripción para el alistamiento del año 1992. Este modelo se incluye en el anexo de la Orden y se adapta a las necesidades del nuevo proceso de alistamiento. La ficha será bilingüe en las Comunidades Autónomas que tengan reconocida oficialmente otra lengua española en sus Estatutos, además del castellano. La Dirección General del Servicio Militar se encarga de la distribución gratuita de las fichas a los interesados. La Orden entra en vigor el día siguiente a su publicación en el *Boletín Oficial del Estado* y derogada la Orden 62/1986, de 1986, que era el modelo anterior. La Ley Orgánica 13/1991, de 20 de diciembre de 1991, en su artículo 15.2, establece que los alistados podrán manifestar sus preferencias sobre la localización geográfica, Ejército y áreas de cometidos en los que desean prestar el servicio militar. Esta norma se fundamenta en el derecho a la elección del lugar y tipo de servicio militar, garantizando una mayor personalización del proceso de alistamiento. La Orden 61/1992 se emite con el objetivo de permitir la participación de quienes deban inscribirse durante 1992, ya que el modelo anterior no contemplaba las nuevas preferencias. Por ello, se modifica el modelo de ficha de inscripción aprobado por la Orden 62/1986, de 28 de julio de 1986, que se derogó con la nueva Orden. La derogación de la Orden anterior se realiza para garantizar que el nuevo modelo sea el único vigente y que se cumplan las exigencias legales establecidas en la Ley Orgánica 13/1991. La nueva ficha de inscripción se distribuirá gratuitamente por la Dirección General del Servicio Militar, lo que facilita el acceso a todos los ciudadanos interesados en el alistamiento. La vigencia de la Orden se establece en el día siguiente a su publicación, lo que permite una rápida entrada en vigor del nuevo modelo. Esta norma refleja la adaptación del sistema de alistamiento a las necesidades de los ciudadanos, garantizando una mayor transparencia y participación en el proceso. La derogación del modelo anterior y la aprobación del nuevo modelo son medidas necesarias para cumplir con las disposiciones legales vigentes y mejorar la eficacia del sistema de alistamiento. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** La Orden 61/1992 modifica el modelo de ficha de inscripción para el alistamiento, permitiendo la manifestación de preferencias por parte de los ciudadanos. La nueva ficha es bilingüe en las Comunidades Autónomas con lengua oficial distinta al castellano. La Orden entra en vigor al día siguiente de su publicación y derogada la anterior norma. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Modificación del modelo de ficha de inscripción**: Se aprueba un nuevo modelo que permite la manifestación de preferencias por parte de los ciudadanos. ⚠️ **Derogación de la Orden 62/1986**: El modelo anterior se sustituye para garantizar la actualización del proceso de alistamiento. 📋 **Distribución gratuita de las fichas**: La Dirección General del Servicio Militar se encarga de su distribución. ℹ️ **Vigencia inmediata**: La Orden entra en vigor al día siguiente de su publicación en el *Boletín Oficial del Estado*. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Orden Ministerial - **Tipo**: Norma reglamentaria - **Fecha**: 31 de julio de 1992 - **Materias**: Servicio Militar, Alistamiento, Derecho Administrativo - **Relevancia**: ALTA - **Palabras clave**: Alistamiento, preferencias, ficha de inscripción, Servicio Militar, Ley Orgánica 13/1991 ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Antes de esta Orden de 1992, el modelo de ficha de inscripción para el alistamiento del servicio militar estaba regulado por la Orden de 1986, la cual se modifica para adaptarse a la Ley Orgánica del Servicio Militar de 1991 que permitía manifestar preferencias geográficas y de destino. Esta normativa estatal, al ser de ámbito nacional, se aplicaba a todo el territorio español, sin que las Comunidades Autónomas tuvieran competencias para establecer modelos de ficha distintos en este ámbito. La principal novedad para el ciudadano es la posibilidad de expresar sus preferencias de forma más estructurada en la propia ficha de inscripción, lo que podría influir en su asignación de destino, aunque la decisión final recayera en la Administración. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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