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Orden MinisterialNacionalvigente

Corrección de errores de la Orden de 9 de junio de 1992, por la que se sustituye el anexo de la Orden de 23 de julio de 1991, relativo a la lista de mercancías sometidas a los diferentes regímenes comerciales de exportación.

BOE-A-1992-18636Publicada: 05/08/1992MINISTERIO DE INDUSTRIA, COMERCIO Y TURISMO

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-02 Fuente original: ES-BOE — Corrección de errores de la Orden de 9 de junio de 1992, por la que se sustituye ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** La norma corrige errores en el anexo de la Orden de 23 de julio de 1991, que establecía la lista de mercancías sujetas a diferentes regímenes comerciales de exportación. 2. **CONTEXTO** La Orden de 23 de julio de 1991 establecía una lista de mercancías sometidas a diferentes regímenes comerciales de exportación. Posteriormente, se publicó la Orden de 9 de junio de 1992, que sustituía el anexo de dicha Orden. Sin embargo, se detectaron errores en el anexo de la Orden de 1992, publicada en el «Boletín Oficial del Estado» número 144, de fecha 16 de junio de 1992. Por ello, se emitió una corrección para corregir dichos errores. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** La norma corrige errores en el anexo de la Orden de 23 de julio de 1991, que establecía la lista de mercancías sometidas a diferentes regímenes comerciales de exportación. La Orden de 9 de junio de 1992 sustituía el anexo de dicha Orden, pero se detectaron errores en el anexo de la Orden de 1992, publicada en el «Boletículo Oficial del Estado» número 144, de fecha 16 de junio de 1992. Por ello, se emitió una corrección para corregir dichos errores. La corrección se refiere a la página 20185 del Boletín Oficial del Estado, donde se indican los códigos NC: 200920.11-30.39; 2009.30.91-40.99; 2009.70.11-90.99, en la columna correspondiente a la zona A2, debe figurar «MCI». Esta corrección se publicó en Madrid, el 26 de junio de 1992. La norma no introduce cambios sustanciales en el régimen general de exportación, sino que se limita a corregir errores en la clasificación de ciertos códigos NC. La corrección afecta a mercancías que se someten a diferentes regímenes comerciales, lo que puede influir en la aplicación de las normas de exportación. La norma se basa en la legislación vigente en el momento de su publicación, y no introduce nuevas disposiciones, sino que se limita a la rectificación de errores previos. La corrección se realiza mediante la sustitución del anexo de la Orden de 1992, lo que implica que los códigos NC mencionados deben ser interpretados con la corrección de la zona A2. La norma no establece nuevas sanciones ni procedimientos, sino que se limita a la corrección de errores en la clasificación de mercancías. La corrección se realiza en el marco de la regulación de la exportación, lo que puede afectar a la aplicación de los regímenes comerciales establecidos en la normativa vigente. La norma se publica en el Boletín Oficial del Estado, lo que garantiza su validez legal y su aplicación en el ámbito nacional. La corrección se realiza en el marco de la regulación de la exportación, lo que puede afectar a la aplicación de los regímenes comerciales establecidos en la normativa vigente. La norma se basa en la legislación vigente en el momento de su publicación, y no introduce nuevas disposiciones, sino que se limita a la rectificación de errores previos. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** La norma corrige errores en el anexo de la Orden de 1992, que sustituía el anexo de la Orden de 1991. La corrección afecta a ciertos códigos NC y se publica en el Boletín Oficial del Estado. No introduce cambios sustanciales, sino que se limita a la rectificación de errores previos. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ Corrección de errores en el anexo de la Orden de 1992. ⚠️ Afecta a mercancías sometidas a diferentes regímenes comerciales. 📋 Se publica en el Boletín Oficial del Estado. ℹ️ No introduce cambios sustanciales, sino que se limita a la rectificación de errores. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Boletín Oficial del Estado - **Tipo**: Orden Ministerial - **Fecha**: 26 de junio de 1992 - **Materias**: Exportación, clasificación de mercancías, regímenes comerciales - **Relevancia**: ALTA - **Palabras clave**: corrección, errores, mercancías, exportación, regímenes comerciales ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Esta Orden Ministerial de 5 de agosto de 1992 corrige errores en una orden anterior de junio de 1992, que a su vez modificaba otra de julio de 1991, relativa a la lista de mercancías sujetas a regímenes comerciales de exportación. Previamente, la normativa estatal establecía estas listas, alineándose con las directivas de la Unión Europea para armonizar el comercio. La corrección afecta a la designación "MCI" en la zona A2 para ciertos códigos de jugos de frutas, una modificación técnica que, aunque aparentemente menor, es crucial para la correcta aplicación de los controles aduaneros y arancelarios. La diferencia radica en la precisión de la clasificación, impactando directamente en los operadores económicos al determinar los requisitos y costes de exportación, y por ende, en la competitividad de sus productos en el mercado internacional. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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