Corrección de errores de la Orden de 3 de junio de 1992 por la que se establecen las normas para la tramitación y concesión de primas en el sector de tabaco verde.
¿Qué dice esta ley?
═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-02 Fuente original: ES-BOE — Corrección de errores de la Orden de 3 de junio de 1992 por la que se establecen ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** La norma corrige errores en la Orden de 3 de junio de 1992, que establece normas para la tramitación y concesión de primas en el sector del tabaco verde. 2. **CONTEXTO** La Orden de 3 de junio de 1992 fue publicada en el «Boletín Oficial del Estado» número 147, de 19 de junio de 1992. Durante su revisión, se detectaron errores en el texto de dicha orden. Estos errores afectan la precisión de la normativa aplicable al sector del tabaco verde. Por ello, se emite una corrección de errores para garantizar la correcta aplicación de las normas. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** La norma corrige dos errores presentes en la Orden de 3 de junio de 1992. El primer error se encuentra en el preámbulo, página 20705, donde se menciona el Reglamento (CEE) 409176 de la Comisión, de 23 de febrero de 1976. La redacción correcta es «El Reglamento (CEE) 409/76 de la Comisión, de 23 de febrero de 1976, establece los métodos comunitarios para la determinación del grado de humedad del tabaco crudo». Este cambio corrige la numeración incorrecta del Reglamento, lo cual es fundamental para la correcta interpretación de las normas derivadas de dicho instrumento comunitario. El segundo error se encuentra en la Disposición Derogatoria, página 20706, donde se menciona la Orden del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación de 23 de septiembre de 1988. La redacción correcta es «... la Orden del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación de 22 de septiembre de 1988...». Este error afecta la referencia a una norma previa que se deroga, lo cual es relevante para la vigencia y aplicación de las normas actualizadas. Ambos errores no alteran el contenido general de la Orden, pero su corrección es necesaria para garantizar la precisión y coherencia de la normativa aplicable al sector del tabaco verde. La corrección se realiza mediante la transcripción de las rectificaciones en el texto original, sin modificar el resto de la norma. La norma no introduce nuevas disposiciones, sino que se limita a corregir errores en el texto de una Orden ya publicada. Esto refleja una acción de corrección de errores, que es un mecanismo común en el derecho administrativo para garantizar la exactitud de las normas. La corrección se realiza en el marco de la legislación vigente, sin necesidad de nuevos trámites legislativos, ya que se trata de una rectificación de errores en un texto ya aprobado. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** La norma corrige errores en una Orden ya publicada, sin introducir nuevas disposiciones. La corrección se realiza en el texto original para garantizar la precisión de la normativa aplicable al sector del tabaco verde. La norma no modifica el contenido general de la Orden, sino que corrige errores específicos en su redacción. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ Corrección de errores en una Orden ya publicada. ⚠️ Errores afectan la precisión de la normativa aplicable al sector del tabaco verde. 📋 Rectificaciones en el preámbulo y en la Disposición Derogatoria. ℹ️ No se introduce nueva normativa, solo se corrige el texto original. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Orden Ministerial - **Tipo**: Corrección de errores - **Fecha**: 3 de junio de 1992 (publicación original), fecha de corrección no especificada - **Materias**: Sector del tabaco verde, tramitación de primas, normativa administrativa - **Relevancia**: ALTA - **Palabras clave**: corrección de errores, Orden Ministerial, sector tabaco, normativa administrativa, Boletín Oficial del Estado **Total de palabras**: 650 ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────
💬 Contexto ciudadano
Esta Orden Ministerial de 1992, que corrige errores en una disposición anterior de junio del mismo año, aborda la tramitación y concesión de primas en el sector del tabaco verde, un ámbito regulado a nivel nacional. Antes de esta corrección, la normativa de referencia era la Orden de 3 de junio de 1992, la cual a su vez se basaba en reglamentos comunitarios, como el CEE 409/76, para establecer criterios técnicos. La corrección específica sobre la pérdida de peso o el grado de humedad, así como la fecha de una orden ministerial previa, es relevante para los agricultores y empresas del sector al clarificar los procedimientos y requisitos que determinan el acceso a ayudas económicas, impactando directamente en la rentabilidad y la correcta aplicación de las subvenciones. La rectificación de errores, aunque técnica, asegura la seguridad jurídica y la correcta interpretación de la normativa vigente en su momento. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────