Real Decreto 992/1992, de 31 de julio, sobre ampliación de medios materiales correspondientes a las funciones y servicios traspasados a la Comunidad Autónoma de Andalucía en materia de deportes.
¿Qué dice esta ley?
═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-02 Fuente original: ES-BOE — Real Decreto 992/1992, de 31 de julio, sobre ampliación de medios materiales cor ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ **1. QUÉ RESUELVE** El Real Decreto 992/1992, de 31 de julio, aprueba el Acuerdo de la Comisión Mixta que amplía los medios patrimoniales traspasados a la Comunidad Autónoma de Andalucía en materia de deportes, incluyendo la transferencia de diversos inmuebles propiedad del Estado. **2. CONTEXTO** El Real Decreto 4096/1982, de 29 de diciembre, estableció la transferencia de funciones y servicios del Estado a la Junta de Andalucía en materia de cultura, deportes y promoción sociocultural. Posteriormente, el Real Decreto 1124/1984, de 29 de febrero, amplió y valoró los medios traspasados. La Junta de Andalucía solicitó la transferencia de inmuebles no incluidos en dichos Reales Decretos, lo cual fue aprobado por el Consejo Superior de Deportes. En este contexto, el Real Decreto 992/1992 completa y actualiza la transferencia de dichos inmuebles. **3. CONTENIDO JURÍDICO** El Real Decreto 992/1992, de 31 de julio, se basa en la disposición transitoria segunda del Estatuto de Autonomía para Andalucía, que permite la transferencia de funciones y servicios del Estado a la Comunidad Autónoma. El Real Decreto fue aprobado a propuesta del Ministro para las Administraciones Públicas y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 31 de julio de 1992. El Real Decreto establece que se aprueba el Acuerdo de la Comisión Mixta, adoptado en su reunión del 8 de julio de 1992, por el que se amplían los medios patrimoniales correspondientes a las funciones y servicios de la Administración del Estado traspasados a la Comunidad Autónoma de Andalucía en virtud de los Reales Decretos 4096/1982 y 1124/1984. El Acuerdo establece que los inmuebles que figuran en la relación anexa número 1 quedan traspasados a la Comunidad Autónoma de Andalucía. Estos inmuebles incluyen campos de fútbol, un trampolín de saltos de esquí, una escuela de esquí, y varios refugios forestales. Cada inmueble se describe con su nombre, ubicación, situación jurídica, superficie y observaciones. Por ejemplo, el campo de fútbol en Pago Jomaina Bajos, Granada, tiene una superficie de 13.977 m² y está adscrito al Consejo Superior de Deportes desde 30 de diciembre de 1977. El traspaso se efectúa en cumplimiento de lo dispuesto en la disposición transitoria segunda del Estatuto de Autonomía para Andalucía, que permite la transferencia de bienes y servicios. El Real Decreto establece que la entrega de la documentación de los medios traspasados se realizará en el plazo de un mes, a partir de la publicación del Real Decreto. Además, el traspaso tendrá efectividad el día 1 de septiembre de 1992. El Real Decreto fue emitido por las Secretarias de la Comisión Mixta, María Teresa Elías Díez y María de la Soledad Mateos Marcos, en Madrid a 13 de julio de 1992. La transferencia de estos inmuebles se realiza en virtud de la solicitud de la Junta de Andalucía y el informe favorable del Consejo Superior de Deportes. **4. CONCLUSIÓN SIMPLE** El Real Decreto 992/1992 completa la transferencia de inmuebles propiedad del Estado a la Comunidad Autónoma de Andalucía en materia de deportes. Se establece la entrega de documentación y la fecha de efectividad del traspaso. La norma se basa en la disposición transitoria segunda del Estatuto de Autonomía para Andalucía y en la aprobación del Consejo de Ministros. **5. PUNTOS CLAVE** ✅ **Transferencia de inmuebles**: Se traspasan diversos inmuebles propiedad del Estado, incluyendo campos de fútbol, refugios forestales y una escuela de esquí. ⚠️ **Documentación y plazo**: La entrega de la documentación se realizará en un mes desde la publicación del Real Decreto. 📋 **Efectividad del traspaso**: El traspaso tendrá efectividad el 1 de septiembre de 1992. ℹ️ **Base legal**: Se basa en la disposición transitoria segunda del Estatuto de Autonomía para Andalucía y en la aprobación del Consejo de Ministros. **6. FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Boletín Oficial del Estado - **Tipo**: Real Decreto - **Fecha**: 31 de julio de 1992 - **Materias**: Deportes, transferencia de bienes, autonomía - **Relevancia**: ALTA - **Palabras clave**: transferencia de inmuebles, Comunidad Autónoma de Andalucía, Consejo Superior de Deportes, Estatuto de Autonomía para Andalucía, traspaso de funciones, patrimonio público ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────
💬 Contexto ciudadano
Este Real Decreto de 1992 surge para complementar transferencias previas de funciones y servicios estatales a Andalucía en materia de deportes, iniciadas con el Real Decreto 4096/1982 y ampliadas por el 1124/1984. A diferencia de otras Comunidades Autónomas que pudieron haber recibido sus dotaciones materiales de forma más completa en sus respectivos procesos de descentralización, Andalucía, a través de este acuerdo de la Comisión Mixta, solicita y obtiene la inclusión de inmuebles no contemplados inicialmente. Esta diferencia es relevante para el ciudadano andaluz, ya que asegura que la Comunidad Autónoma disponga de los recursos físicos necesarios para ejercer plenamente sus competencias en materia deportiva, garantizando así una mejor prestación de servicios y desarrollo de políticas públicas en este ámbito. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────