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Ley OrdinariaNacionalvigente

Ley Foral 10/1992, de 2 de julio, por la que se modifican los artículos 31 y 34 de la Ley Foral 1/1987, de 13 de febrero, de Cuerpos de Policía de Navarra.

BOE-A-1992-20601Publicada: 01/09/1992COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-02 Fuente original: ES-BOE — Ley Foral 10/1992, de 2 de julio, por la que se modifican los artículos 31 y 34 ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ **1. QUÉ RESUELVE** La Ley Foral 10/1992 modifica los artículos 31 y 34 de la Ley Foral 1/1987, de Cuerpos de Policía de Navarra, eliminando el requisito de servicio militar para el acceso a las pruebas selectivas y reformando el procedimiento de ascenso en los Cuerpos de Policía. **2. CONTEXTO** La Ley Foral 1/1987 exigía el servicio militar o su sustituto como requisito para acceder a las pruebas selectivas de ingreso en los Cuerpos de Policía de Navarra. Sin embargo, la Ley Orgánica 13/1991, de 20 de diciembre, estableció que la permanencia en el Cuerpo Nacional de Policía o en la Policía Autonómica durante cinco años tenía los mismos efectos que el servicio militar. Esto hizo innecesario el requisito de servicio militar para los policías de Navarra. Además, se identificó la necesidad de mejorar el procedimiento de ascenso, especialmente en cuanto a la formación previa a los concursos-oposiciones. **3. CONTENIDO JURÍDICO** La Ley Foral 10/1992, aprobada el 2 de julio de 1992, modifica los artículos 31 y 34 de la Ley Foral 1/1987, de 13 de febrero, de Cuerpos de Policía de Navarra. En concreto, el artículo 1 suprime la letra g) del apartado 1 del artículo 31, que exigía el cumplimiento del servicio militar o su sustituto como requisito para acceder a las pruebas selectivas. Esta modificación se justifica por la entrada en vigor de la Ley Orgánica 13/1991, que establece que la permanencia en el Cuerpo Nacional de Policía o en la Policía Autonómica durante cinco años tiene los mismos efectos que el servicio militar. Por tanto, el requisito de servicio militar ya no es necesario para los policías de Navarra. Además, el artículo 2 modifica el apartado 2 del artículo 34, redactándolo para que las vacantes de Cabos y Sargentos se cubran mediante promoción interna a través de concurso-oposición, que incluirá un curso de capacitación para el ascenso. Esto busca mejorar el procedimiento de ascenso al permitir que los aspirantes que ya han superado pruebas selectivas puedan participar en el concurso-oposición y recibir formación específica para el ascenso. El artículo 3 suprime la letra c) del apartado 3 del artículo 34, que exigía la superación de un curso de formación previo a la convocatoria de un concurso-oposición. Esta modificación busca simplificar el proceso de ascenso y evitar duplicaciones en la formación. La disposición adicional establece que todas las referencias a la Escuela de Policía de Navarra deberán entenderse como referencias al Instituto Navarro de Administración Pública o al órgano que asuma sus funciones. Esto refleja una adaptación a la estructura institucional actual. Las disposiciones finales derogan todas las disposiciones que se opongan a esta Ley Foral y establecen que entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de Navarra. La promulgación de la Ley Foral se realiza en cumplimiento del artículo 22 de la Ley Orgánica de Reintegración y Amejoramiento del Régimen Foral de Navarra. **4. CONCLUSIÓN SIMPLE** La Ley Foral 10/1992 elimina el requisito de servicio militar para el acceso a las pruebas selectivas de Policía Foral y mejora el procedimiento de ascenso. La modificación se justifica por la entrada en vigor de la Ley Orgánica 13/1991 y la necesidad de simplificar y modernizar el sistema de promoción interna. **5. PUNTOS CLAVE** ✅ **Supresión del requisito de servicio militar**: Se elimina el requisito de servicio militar o su sustituto para el acceso a las pruebas selectivas. ⚠️ **Adaptación a la Ley Orgánica 13/1991**: La modificación se justifica por la entrada en vigor de la Ley Orgánica que establece que la permanencia en el Cuerpo Nacional de Policía o en la Policía Autonómica tiene los mismos efectos que el servicio militar. 📋 **Mejora en el procedimiento de ascenso**: Se modifica el artículo 34 para que las vacantes de Cabos y Sargentos se cubran mediante concurso-oposición que incluya un curso de capacitación. ℹ️ **Derogación de referencias a la Escuela de Policía**: Se establece que todas las referencias a la Escuela de Policía de Navarra se entenderán como referencias al Instituto Navarro de Administración Pública. **6. FICHA** - **Jurisdicción**: Foral (Navarra) - **Fuente**: Ley Foral 10/1992 - **Tipo**: Ley Foral - **Fecha**: 2 de julio de 1992 - **Materias**: Policía, Servicio Militar, Promoción Interna, Requisitos de Ingreso - **Relevancia**: ALTA - **Palabras clave**: Ley Foral, Policía Foral, Servicio Militar, Ascenso, Cuerpos de Policía, Navarra ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Antes de esta Ley Foral de 1992, la normativa navarra exigía el servicio militar o su exención para acceder a la Policía Foral, un requisito que se ha vuelto obsoleto tras la Ley Orgánica del Servicio Militar de 1991, la cual equipara la permanencia en cuerpos policiales a dicha prestación. Esta modificación navarra, aprobada por el Parlamento de Navarra, se alinea con la tendencia estatal de flexibilizar el acceso a las fuerzas de seguridad, aunque otras Comunidades Autónomas podrían tener requisitos distintos o haber adaptado sus normativas previamente. La supresión de esta exigencia beneficia al ciudadano al ampliar el abanico de aspirantes y potenciar el ingreso de nuevos miembros en la Policía Foral, eliminando barreras innecesarias y promoviendo la igualdad de oportunidades. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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