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Real DecretoNacionalvigente

Corrección de erratas del Real Decreto 1112/1992, de 18 de septiembre, por el que se modifica, parcialmente, el Reglamento General para desarrollo y ejecución de la Ley 22/1988, de 28 de julio, de Costas, aprobado por el Real Decreto 1471/1989, de 1 de diciembre.

BOE-A-1992-26986Publicada: 04/12/1992MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-02 Fuente original: ES-BOE — Corrección de erratas del Real Decreto 1112/1992, de 18 de septiembre, por el qu ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** El Real Decreto corrige una errata en el texto del Real Decreto 1112/1992, que modifica parcialmente el Reglamento General para desarrollo y ejecución de la Ley de Costas. 2. **CONTEXTO** El Real Decreto 1112/1992 fue publicado en el Boletín Oficial del Estado el 6 de octubre de 1992. Posteriormente, se detectó una errata en su texto. Esta errata afecta al punto 23, párrafo segundo, quinta línea, donde se menciona incorrectamente «expolación» en lugar de «explotación». La corrección busca garantizar la precisión legal del texto. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** El Real Decreto corrige una errata en el texto del Real Decreto 1112/1992, de 18 de septiembre, que modifica parcialmente el Reglamento General para desarrollo y ejecución de la Ley 22/1988, de 28 de julio, de Costas, aprobado por el Real Decreto 1471/1989, de 1 de diciembre. La errata se encuentra en la página 33802, segunda columna, en el punto 23, párrafo segundo, quinta línea, donde se menciona incorrectamente «... o de explotación ...» en lugar de «... o de expoliación ...». Esta corrección se realiza para garantizar la precisión del texto legal y evitar malentendidos en la interpretación de las normas. La errata afecta a un párrafo que establece las condiciones de acceso a las zonas costeras y la gestión de los recursos marinos. La corrección de esta errata es fundamental para mantener la coherencia del sistema normativo y asegurar que las disposiciones se interpreten correctamente. La errata se refiere a un texto que, en su forma original, mencionaba «expoliación», lo cual se interpretaba como una forma de aprovechamiento ilegal de los recursos marinos. La corrección de esta errata permite que el texto se interprete de manera precisa, evitando confusiones entre el aprovechamiento legal y el aprovechamiento ilegal. La corrección se realiza mediante una transcripción de la oportuna rectificación, que se publica en el Boletín Oficial del Estado. Esta acción se enmarca en el procedimiento de corrección de errores en normas vigentes, que es una práctica común en el sistema legal español para mantener la exactitud de las normas. Esta errata no introduce cambios sustanciales en el contenido legal del Real Decreto 1112/1992, sino que solo corrige un error de redacción. No obstante, su corrección es relevante para garantizar la claridad y la precisión del texto legal, lo cual es fundamental para la aplicación correcta de las normas. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** El Real Decreto corrige una errata en el texto del Real Decreto 1112/1992, que afecta a un párrafo relacionado con el acceso a las zonas costeras. La corrección busca garantizar la precisión del texto legal. No se introducen cambios sustanciales en el contenido normativo. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Corrección de errata**: Se corrige un error de redacción en el texto del Real Decreto 1112/1992. ⚠️ **Impacto limitado**: La corrección no modifica el contenido sustancial de la norma, solo su redacción. 📋 **Precisión legal**: La errata afecta a un párrafo que establece condiciones de acceso a las zonas costeras. ℹ️ **Procedimiento de corrección**: La errata se corrige mediante una transcripción en el Boletín Oficial del Estado. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Boletín Oficial del Estado - **Tipo**: Real Decreto - **Fecha**: 6 de octubre de 1992 (publicación original), fecha de corrección no especificada - **Materias**: Costas, normativa marítima, redacción legal - **Relevancia**: ALTA - **Palabras clave**: errata, Real Decreto 1112/1992, Ley de Costas, Reglamento General, Boletín Oficial del Estado ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Este Real Decreto, de ámbito nacional, no introduce una nueva regulación, sino que corrige un error material en un Real Decreto anterior de 1992 que a su vez modificaba el Reglamento de la Ley de Costas de 1989. La Ley de Costas estatal, desarrollada por este reglamento, establece el marco general para la protección y ordenación del litoral español, un régimen que, si bien puede tener desarrollos autonómicos, se basa en esta normativa básica. La corrección de la errata, que cambia "explotación" por "expoliación", es crucial para el ciudadano porque clarifica la prohibición de actividades ilegales en la zona de servidumbre de protección, garantizando así una interpretación uniforme y evitando posibles interpretaciones erróneas que pudieran favorecer actividades no permitidas, protegiendo el dominio público marítimo-terrestre. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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