Real Decreto 1370/1992, de 13 de noviembre, por el que se amplía, con carácter permanente, la protección jurídica de las topografías de los productos semiconductores a las personas originarias de determinados países y territorios.
¿Qué dice esta ley?
═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-02 Fuente original: ES-BOE — Real Decreto 1370/1992, de 13 de noviembre, por el que se amplía, con carácter p ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ **1. QUÉ RESUELVE** El Real Decreto 1370/1992, de 13 de noviembre, amplía de forma permanente la protección jurídica de las topografías de los productos semiconductores a las personas originarias de determinados países y territorios, incluyendo a aquellos que no pertenecen a la Comunidad Económica Europea y no se benefician de la protección establecida por los órganos europeos. **2. CONTEXTO** La Ley 11/1988, de 3 de mayo, establece la protección jurídica de las topografías de los productos semiconductores, permitiendo al Gobierno ampliar dicha protección a personas originarias de terceros países o territorios que no pertenezcan a la Comunidad Económica Europea. El Real Decreto 855/1989, de 7 de julio, había ampliado temporalmente esta protección, pero solo hasta el 7 de noviembre de 1990. La Decisión 90/510/CEE del Consejo de las Comunidades Europeas, de 9 de octubre de 1990, estableció la protección permanente a países y territorios con legislación adecuada. Con base en estas normas, se adopta el Real Decreto 1370/1992 para establecer la protección a personas originarias de los países y territorios mencionados en el anexo. **3. CONTENIDO JURÍDICO** El Real Decreto 1370/1992, de 13 de noviembre, se basa en la disposición final tercera de la Ley 11/1988, de 3 de mayo, que autoriza al Gobierno a modificar el artículo 3 para ampliar la protección a personas originarias de países y territorios que no pertenezcan a la Comunidad Económica Europea y que no se beneficien de la protección establecida por los órganos europeos. Además, se considera la Decisión 90/510/CEE del Consejo de las Comunidades Europeas, de 9 de octubre de 1990, que establece la protección permanente a países y territorios con legislación adecuada. El Real Decreto establece que se beneficiarán de la protección prevista en la Ley 11/1988 las personas naturales que sean nacionales de un país o territorio que figuren en el anexo de esta disposición o que tengan su residencia habitual en uno de dichos países o territorios. Asimismo, se beneficiarán igualmente de la misma protección las personas jurídicas de un país o territorio que figuren en el citado anexo y que tengan un establecimiento industrial o comercial real y efectivo en dicho país o territorio. La ampliación de protección se entenderá desde el día 8 de noviembre de 1990. El Real Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el <Boletín Oficial del Estado>, según se establece en la Disposición Final Única. El anexo detalla los países y territorios que se benefician de esta protección, incluyendo Australia, Austria, Colectividad territorial de Mayotte, Colectividad territorial de Sanint-Pierre y Miquelon, Japón, Nueva Caledonia y dependencias, Polinesia francesa, Suecia, Territorios franceses australes y antárticos, y Wallis y Futuna. La protección se extiende a personas naturales y jurídicas, lo que significa que tanto individuos como entidades pueden beneficiarse de la protección jurídica de las topografías de los productos semiconductores si cumplen con los requisitos establecidos. Esta norma se fundamenta en la necesidad de garantizar una protección equitativa a los países y territorios que no están dentro del marco europeo, pero que han demostrado una legislación adecuada en materia de protección de topografías. **4. CONCLUSIÓN SIMPLE** El Real Decreto 1370/1992 amplía de forma permanente la protección jurídica de las topografías de los productos semiconductores a personas originarias de países y territorios específicos. Se basa en la autorización prevista en la Ley 11/1988 y en la Decisión 90/510/CEE. La protección se extiende a personas naturales y jurídicas que residen o tienen establecimientos en dichos países o territorios. **5. PUNTOS CLAVE** ✅ **Ampliación permanente**: La protección se establece de forma definitiva, no provisional. ⚠️ **Exclusión de la Comunidad Europea**: Solo se aplica a países y territorios que no pertenecen a la Comunidad Económica Europea. 📋 **Criterios de acceso**: Se requiere residencia o establecimiento industrial/comercial en los países o territorios mencionados. ℹ️ **Anexo detallado**: Se incluye una lista específica de países y territorios que se benefician de esta protección. **6. FICHA** - **Jurisdicción**: España - **Fuente**: Boletín Oficial del Estado - **Tipo**: Real Decreto - **Fecha**: 13 de noviembre de 1992 - **Materias**: Derecho de propiedad industrial, protección de topografías de productos semiconductores - **Relevancia**: ALTA - **Palabras clave**: protección jurídica, topografías, productos semiconductores, países y territorios, derecho de propiedad industrial ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────
💬 Contexto ciudadano
Antes de este Real Decreto, la protección jurídica de las topografías de productos semiconductores en España se regía por la Ley 11/1988, con una ampliación provisional a terceros países mediante el Real Decreto 855/1989, que expiró en 1990. Esta nueva norma, aprobada por el Gobierno español a propuesta del Ministro de Industria, Comercio y Turismo, consolida de forma permanente la protección para nacionales de países que dispongan de legislación similar, en línea con la Decisión 90/510/CEE del Consejo de las Comunidades Europeas. A diferencia de la provisionalidad anterior, esta medida busca una armonización y reciprocidad, importando para el ciudadano al garantizar que los creadores españoles de semiconductores puedan obtener protección en otros territorios que cumplan requisitos equivalentes, y viceversa. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────