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Orden MinisterialNacionalvigente

Corrección de erratas de la Orden de 12 de noviembre de 1992, por la que se autorizan los precios de determinadas actividades de la Oficina Española de Patentes y Marcas.

BOE-A-1992-28258Publicada: 22/12/1992MINISTERIO DE INDUSTRIA, COMERCIO Y TURISMO

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-02 Fuente original: ES-BOE — Corrección de erratas de la Orden de 12 de noviembre de 1992, por la que se auto ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** La norma corrige erratas en la Orden de 12 de noviembre de 1992, que autorizaba los precios de determinadas actividades de la Oficina Española de Patentes y Marcas. 2. **CONTEXTO** La Orden de 1992 fue publicada en el «Boletín Oficial del Estado» número 280, de 21 de noviembre de 1992. Posteriormente se detectaron errores en su redacción, que afectaban a la precisión de la información sobre precios y servicios. Esta corrección busca garantizar la exactitud de los datos oficiales. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** La norma corresponde a un **Orden Ministerial** emitido por el Ministerio de Industria, Comercio y Turismo, y se publica en el «Boletín Oficial del Estado» como una corrección de erratas. El texto corrige errores en la redacción de la Orden de 12 de noviembre de 1992, que autorizaba los precios de determinadas actividades de la Oficina Española de Patentes y Marcas. Las correcciones incluyen: - En la página 39625, columna de la izquierda, tercer párrafo, primera línea, se corrige «Oficina Española de Patentes» por «Oficina Europea de Patentes». - En la misma página, columna de la derecha, apartado 1.2, Otras publicaciones, línea 16, se corrige «Gastos de envío de las publicaciones anteriores:» por «Gastos de envío de las publicaciones anteriores: .......... 1,57». - En la línea 17 del mismo apartado, se corrige «España (ejemplar) ...... 1,57 ...90» por «España (ejemplar) .......90». - En la misma página, columna de la derecha, apartado 2, punto a), columna de la izquierda, líneas 21, 22 y 23, se corrige «a solicitantes determinados a países de prioridad,» por «a solicitantes de determinados países de prioridad,». - En la página 39627, columna de la izquierda, líneas 38 y 39, se corrige «el Registro de la Propiedad Industrial» por «la Oficina Española de Patentes y Marcas». Estas correcciones son relevantes para garantizar que los precios y servicios establecidos en la Orden de 1992 se encuentren en su forma exacta y legible. No se modifican los términos generales de la Orden, solo se corrigen errores de redacción. La norma no introduce nuevas disposiciones, sino que se limita a la rectificación de errores previamente publicados. La corrección se realiza en cumplimiento del derecho a la precisión de la información oficial, garantizando que los ciudadanos y empresas tengan acceso a datos correctos sobre los precios y servicios de la Oficina Española de Patentes y Marcas. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** La norma corrige errores en una Orden de 1992 sobre precios de servicios de la Oficina Española de Patentes y Marcas. No introduce cambios sustanciales, solo rectifica errores de redacción. La corrección es relevante para la precisión de la información oficial. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Corrección de erratas**: Se corrigen errores en la redacción de una Orden de 1992. ⚠️ **No modificación sustancial**: No se alteran los términos generales de la Orden, solo se corrigen errores. 📋 **Publicación en BOE**: La norma se publica en el «Boletín Oficial del Estado» como corrección. ℹ️ **Relevancia para precios**: Las correcciones afectan a la precisión de los precios y servicios establecidos. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Boletín Oficial del Estado - **Tipo**: Orden Ministerial - **Fecha**: 12 de noviembre de 1992 (original), corrección publicada posteriormente - **Materias**: Derecho administrativo, derecho de propiedad industrial, precios públicos - **Relevancia**: ALTA - **Palabras clave**: erratas, precios, Oficina Española de Patentes y Marcas, Boletín Oficial del Estado, rectificación ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Esta corrección de erratas de 1992, de ámbito nacional y aprobada por Orden Ministerial, se refiere a la fijación de precios para actividades de la Oficina Española de Patentes y Marcas (OEPM). Previamente, la Orden original de noviembre de 1992 establecía estos precios, pero contenía errores de transcripción que ahora se subsanan. A diferencia de normativas autonómicas que podrían regular aspectos de propiedad industrial a nivel regional, esta orden es de competencia estatal, alineándose con la estructura de la OEPM. La normativa europea, a través de directivas, también influye en la protección de la propiedad industrial, pero la fijación de tasas específicas para la OEPM recae en el Estado español. La corrección de estas erratas es crucial para el ciudadano, ya que asegura la correcta aplicación de las tarifas y evita confusiones o posibles reclamaciones derivadas de errores en la publicación oficial, garantizando así la transparencia y seguridad jurídica en los trámites ante la OEPM. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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