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Ley OrdinariaNacionalvigente

Ley 13/1992, de 18 de diciembre, sobre actualización de las retribuciones del personal al servicio de la Comunidad Autónoma de Aragón en el ejercicio de 1992.

BOE-A-1993-2330Publicada: 30/01/1993COMUNIDAD AUTÓNOMA DE ARAGÓN

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-02 Fuente original: ES-BOE — Ley 13/1992, de 18 de diciembre, sobre actualización de las retribuciones del pe ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** La Ley 13/1992, de 18 de diciembre, establece la actualización de las retribuciones del personal al servicio de la Comunidad Autónoma de Aragón para el ejercicio de 1992, basándose en los fondos presupuestarios aprobados en la Ley de Presupuestos de 1992. 2. **CONTEXTO** La Ley 6/1992, de 4 de mayo, de Presupuestos de la Comunidad Autónoma de Aragón para 1992, prevé fondos adicionales para mejorar las retribuciones del personal. La Diputación General de Aragón aprobó en julio de 1992 un acuerdo de la Mesa General de Negociación que estableció un incremento salarial del 7,5 por 100 para 1992. La presente Ley formaliza y regula dicha actualización. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** La Ley 13/1992, de 18 de diciembre, sobre actualización de las retribuciones del personal al servicio de la Comunidad Autónoma de Aragón en el ejercicio de 1992, se fundamenta en la Ley de Presupuestos de 1992 y en el acuerdo de la Mesa General de Negociación. En el preámbulo se detalla que el apartado 2 del artículo 28 de la Ley 6/1992 establece un fondo adicional equivalente al 1,3 por 100 del importe de los créditos señalados en el apartado anterior, con destino a mejorar retribuciones del personal. Asimismo, el apartado 1 del mismo artículo establece un fondo de incremento legal equivalente al 5,7 por 100 de los créditos de personal en valores correspondientes al ejercicio de 1991. Ambos fondos disponen de una cobertura presupuestaria equivalente al 7 por 100 de los créditos de personal, en valores correspondientes al ejercicio de 1991, para los incrementos retributivos del personal al servicio de la Administración de la Comunidad Autónoma correspondiente al ejercicio de 1992. El acuerdo de la Mesa General de Negociación, publicado en el Boletín Oficial de Aragón del 14 de agosto de 1992, establece un incremento salarial del 7,5 por 100 para 1992, proporcional al año anterior. Además, se establece una cláusula de revisión salarial aplicable si el índice de precios al consumo interanual registrado el 30 de noviembre de 1992 supera el 7,5 por 100. Esta cláusula se aplica sobre el incremento anteriormente señalado, y se aplicará a todos los empleados públicos de la Administración de la Comunidad Autónoma, incluyendo a los que se encuentren en situación de cese o suspensión de la actividad laboral. El artículo 5 de la Ley autoriza a la Intervención General a efectuar ajustes en los créditos del presupuesto de gastos para imputar el importe de las obligaciones a reconocer con cargo a las mismas. Esto permite compensar las insuficiencias de los créditos que no puedan dar cobertura a las obligaciones correspondientes con la financiación disponible en los créditos que sobrepasen el importe de las obligaciones que les sean imputables. En las disposiciones adicionales, se fija el Fondo de Acción Social en 264 millones de pesetas, y se establecen 40 millones de pesetas como fondos adicionales para 1992, distribuidos en condiciones de trabajo, carrera administrativa, carrera técnica y formación. Los remanentes de los fondos al cierre del ejercicio de 1992 podrán ser incorporados al presupuesto del ejercicio de 1993. En las disposiciones finales, se autoriza a la Diputación General y a los Consejeros de Economía y Hacienda, y de Presidencia y Relaciones Institucionales, para dictar disposiciones necesarias para el desarrollo y aplicación de la Ley. La Ley entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial de Aragón. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** La Ley 13/1992 regula la actualización salarial del personal de la Comunidad Autónoma de Aragón para 1992, basándose en los fondos presupuestarios aprobados y en el acuerdo de la Mesa General de Negociación. Establece un incremento del 7,5 por 100 y una cláusula de revisión salarial. La Ley entra en vigor al día de su publicación. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Actualización salarial**: Se establece un incremento del 7,5 por 100 para 1992, con cláusula de revisión si el índice de precios al consumo supera el 7,5 por 100. ⚠️ **Fondos presupuestarios**: La Ley se fundamenta en los fondos aprobados en la Ley de Presupuestos de 1992, que cubren el 7 por 100 de los créditos de personal. 📋 **Autorización de ajustes presupuestarios**: El artículo 5 autoriza a la Intervención General a efectuar ajustes en los créditos para imputar obligaciones. ℹ️ **Remanentes de fondos**: Los fondos no utilizados al cierre de 1992 pueden incorporarse al presupuesto de 1993. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Comunidad Autónoma de Aragón - **Fuente**: Ley 13/1992 - **Tipo**: Ley Ordinaria - **Fecha**: 18 de diciembre de 1992 - **Materias**: Salarios, Presupuesto, Personal público, Administración pública - **Relevancia**: ALTA - **Palabras clave**: retribuciones, personal público, presupuesto, incremento salarial, fondos adicionales, cláusula de revisión, Ley de Presupuestos, Mesa General de Negociación, Boletín Oficial de Aragón ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Esta Ley 13/1992 de Aragón, aprobada por las Cortes autonómicas, actualiza las retribuciones del personal de la Comunidad Autónoma para 1992, basándose en la Ley de Presupuestos de ese mismo año que ya contemplaba fondos para mejoras salariales. Previamente, existía la Ley de Presupuestos 6/1992 que dotaba de fondos específicos para este fin. La normativa estatal y las directivas de la UE no regulan directamente las retribuciones del personal autonómico, si bien establecen marcos generales. Otras Comunidades Autónomas también aprueban sus propias normativas de actualización retributiva anual, siguiendo lógicas similares. La diferencia para el ciudadano radica en que esta ley concreta la aplicación de incrementos salariales y fondos adicionales para los empleados públicos aragoneses, afectando directamente a la gestión de los recursos públicos y a la calidad de los servicios que estos empleados prestan. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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