Real Decreto 1474/1992, de 4 de diciembre, sobre ampliación de las funciones y los medios adscritos a los servicios traspasados a la Comunidad Autónoma de Aragón en materia de Cultura.
¿Qué dice esta ley?
═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-02 Fuente original: ES-BOE — Real Decreto 1474/1992, de 4 de diciembre, sobre ampliación de las funciones y l ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** El Real Decreto 1474/1992, de 4 de diciembre, aprueba el Acuerdo de la Comisión Mixta de Transferencias para ampliar las funciones y los medios adscritos a los servicios traspasados a la Comunidad Autónoma de Aragón en materia de cultura, con la finalidad de garantizar su adecuada gestión y financiación. 2. **CONTEXTO** El Real Decreto 3065/1983, de 5 de octubre, traspasó a la Comunidad Autónoma de Aragón funciones y servicios de la Administración del Estado en materia de cultura, junto con los medios personales, materiales y presupuestarios correspondientes. El Real Decreto 3991/1982, de 29 de diciembre, estableció el procedimiento para las transferencias de funciones y servicios a las comunidades autónomas. La Comisión Mixta de Transferencias, prevista en el Estatuto de Autonomía de Aragón, consideró necesario ampliar las funciones y medios adscritos a los servicios traspasados, lo que llevó a la aprobación del presente Real Decreto. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** El Real Decreto 1474/1992, de 4 de diciembre, aprueba el Acuerdo de la Comisión Mixta de Transferencias de fecha 3 de noviembre de 1992, que establece la ampliación de las funciones y los medios personales y patrimoniales adscritos a los servicios traspasados a la Comunidad Autónoma de Aragón en materia de cultura, según lo dispuesto en el Real Decreto 3065/1983, de 5 de octubre. El Acuerdo incluye una relación de funciones traspasadas, así como los medios personales y créditos presupuestarios que figuran en las relaciones adjuntas al acuerdo. En el artículo 2, se establece que las funciones a que se refiere el Acuerdo, junto con los medios personales y créditos presupuestarios, quedan traspasados a la Comunidad Autónoma de Aragón. El Real Decreto menciona que la financiación de la ampliación de medios se detalla en la relación número 2, y que durante el período transitorio, hasta que se determine el porcentaje de participación de la Comunidad Autónoma en los ingresos del Estado, el coste efectivo se financiará mediante la consolidación en la sección 32 de los Presupuestos Generales del Estado. Además, se establece que las posibles diferencias durante el período transitorio serán objeto de regularización al cierre del ejercicio económico, mediante la presentación de cuentas y estados justificativos ante una Comisión de Liquidación, que se constituirá en el Ministerio de Economía y Hacienda. En cuanto a la entrega de la documentación administrativa, se establece que la entrega de la documentación y expedientes de los servicios traspasados se realizará en el plazo de un mes desde la publicación del Real Decreto que aprueba el Acuerdo, de conformidad con lo establecido en el artículo 8 del Real Decreto 3991/1982, de 29 de diciembre. Finalmente, se establece que el traspaso de medios personales y presupuestarios tendrá efectividad a partir del día 1 de diciembre de 1992. El Real Decreto fue expedido en Madrid el 4 de noviembre de 1992, firmado por los Secretarios de la Comisión Mixta, Antonio Bueno Rodríguez y Gloria Palacio y de Montemayor. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** El Real Decreto 1474/1992 aprueba el Acuerdo de la Comisión Mixta de Transferencias para ampliar las funciones y medios traspasados a la Comunidad Autónoma de Aragón en materia de cultura. Establece la financiación de dicha ampliación, la entrega de documentación y la fecha de efectividad del traspaso. Es una norma de gran relevancia en el ámbito de la transferencia de funciones y recursos a las comunidades autónomas. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Ampliación de funciones y medios**: El Real Decreto establece la ampliación de funciones y medios adscritos a los servicios traspasados a la Comunidad Autónoma de Aragón en materia de cultura. ⚠️ **Financiación transitoria**: Durante un período transitorio, el coste efectivo de la ampliación se financiará mediante la consolidación en los Presupuestos Generales del Estado. 📋 **Entrega de documentación**: La documentación administrativa relativa a los servicios traspasados debe entregarse en un plazo de un mes desde la publicación del Real Decreto. ℹ️ **Fecha de efectividad**: El traspaso de medios personales y presupuestarios tendrá efectividad a partir del 1 de diciembre de 1992. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Real Decreto - **Tipo**: Norma de desarrollo - **Fecha**: 4 de diciembre de 1992 - **Materias**: Transferencia de funciones, cultura, autonomía, financiación, administración pública - **Relevancia**: ALTA - **Palabras clave**: Comisión Mixta de Transferencias, funciones traspasadas, medios personales, financiación, autonomía de Aragón ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. 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💬 Contexto ciudadano
Antes de este Real Decreto, las funciones y medios en materia de cultura ya habían sido transferidos a la Comunidad Autónoma de Aragón por el Real Decreto 3065/1983. Esta norma actualiza y amplía dichas competencias, siguiendo el procedimiento establecido por el Real Decreto 3991/1982, que regula las transferencias estatales a Aragón. La aprobación de este tipo de ampliaciones se realiza a través de Acuerdos de la Comisión Mixta de Transferencias, que luego deben ser ratificados por el Gobierno central mediante Real Decreto, como ocurre en este caso. La diferencia para el ciudadano radica en que estas ampliaciones de funciones y medios garantizan una gestión cultural más cercana y adaptada a las necesidades de Aragón, fortaleciendo la autonomía de la comunidad en esta materia, a diferencia de otras CCAA que pudieran tener un marco de competencias distinto o una evolución más lenta en sus transferencias. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────