ResoluciónNacionalvigente

Corrección de errores de la Ley 6/2022, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el año 2023.

BOE-A-2023-3515Publicada: 10/02/2023COMUNIDAD AUTÓNOMA DE EXTREMADURA

¿Qué dice esta ley?

**¿Qué es?** Es una corrección oficial de errores de la Ley de Presupuestos Generales de Extremadura para 2023. Dos partes de esa ley contenían un texto equivocado y esta resolución lo sustituye por el texto correcto. **¿A quién afecta?** Afecta principalmente a empresas, contratistas y cualquier persona que tenga o vaya a tener contratos con la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, ya que la corrección modifica una disposición sobre procedimientos de contratación pública. **¿Qué cambia o establece?** Se corrigen dos fragmentos de la ley original. El primero es un párrafo de la exposición de motivos que describía mal el contenido de la disposición adicional vigésima. El segundo, y más importante, es la propia disposición adicional vigésima: el texto erróneo hablaba de un fondo de financiación para los municipios, cuando en realidad debía establecer un régimen transitorio para expedientes de contratación. La regla correcta indica que los contratos cuyo procedimiento se hubiera iniciado antes de la entrada en vigor de la ley seguirán rigiéndose por la normativa anterior, y ese mismo criterio se aplica a solicitudes posteriores relacionadas con esos mismos expedientes, siempre que se presenten durante la vigencia del contrato y antes de un mes desde la aprobación de la certificación final de obras.

💬 Contexto ciudadano

Esta corrección de la Ley de Presupuestos extremeña 2023 subsana un error en la Disposición Adicional Vigésima: el texto promulgado hacía referencia a un 'fondo de municipios' cuando el régimen aprobado por el Parlamento era de 'contratos programa' entre la Junta de Extremadura y los municipios de mayor población. La distinción es jurídicamente relevante: un fondo implica distribución automática según criterios prefijados, mientras los contratos programa implican negociación bilateral y compromisos recíprocos de inversión y gestión. El error afectaba a los acuerdos con los cuatro municipios de más de 20.000 habitantes (Badajoz, Cáceres, Mérida, Plasencia). Comparativamente, CCAA con mayor número de municipios grandes tienen sistemas más consolidados de contrato programa con régimen estable, mientras Extremadura está en proceso de consolidación de este modelo de financiación municipal selectiva. La corrección preserva el instrumento negociado entre Junta y municipios que había sido acordado políticamente en el proceso presupuestario.

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