Real Decreto 1431/1992, de 27 de noviembre, por el que se aprueba el Plan de Ordenación de los Recursos Naturales del Parque Nacional Marítimo-Terrestre del Archipiélago de Cabrera.
¿Qué dice esta ley?
═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-01 Fuente original: ES-BOE — Real Decreto 1431/1992, de 27 de noviembre, por el que se aprueba el Plan de Ord ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ **1. QUÉ RESUELVE** El Real Decreto 1431/1992 aprueba el Plan de Ordenación de los Recursos Naturales del Parque Nacional Marítimo-Terrestre del Archipiélago de Cabrera, con el objetivo de garantizar la conservación y protección de los recursos naturales, ecosistemas y paisajes del área. **2. CONTEXTO** El Plan se elabora en cumplimiento de la Ley 4/1989, que exige la redacción de un Plan de Ordenación previo a la declaración de un espacio natural. El Parque Nacional de Cabrera fue creado por la Ley 14/1991, y el Plan se aprobó con posterioridad, conforme a lo previsto en su disposición final segunda. La elaboración del Plan se basa en la información disponible sobre el Archipiélago y en la experiencia acumulada en la gestión de otros parques nacionales. La Comunidad Autónoma de Baleares participó en su redacción, cumpliendo los trámites establecidos en el artículo 6 de la Ley 4/1989. **3. CONTENIDO JURÍDICO** El Real Decreto 1431/1992 establece el Plan de Ordenación de los Recursos Naturales del Parque Nacional Marítimo-Terrestre del Archipiélago de Cabrera, que se aprueba como anexo de la disposición. El Plan se fundamenta en el Título II de la Ley 4/1989, de Conservación de los Espacios Naturales y de la Flora y Fauna Silvestres, y en la Ley 14/1991, que crea el Parque. El Plan establece medidas de protección y gestión de los recursos naturales, con el fin de garantizar su conservación y uso sostenible. En materia de investigación científica, el Plan establece que se autorizarán únicamente proyectos de investigación justificados y avalados por instituciones o autoridades científicas. La recolección de especímenes y muestras se limitará a los casos estrictamente necesarios, y se depositarán en el propio Parque o en instituciones científicas. Además, se regularán las actividades de investigación que puedan afectar a especies animales o hábitats, y se favorecerá la investigación, la creación de fondos documentales y la protección del patrimonio arqueológico. En cuanto a la protección de los recursos pesqueros, el Plan establece que las Administraciones pesqueras deberán establecer medidas específicas para favorecer la conservación de áreas marinas próximas al Parque. Se realizará un seguimiento estadístico de la actividad pesquera y se tomarán medidas para erradicar el furtivismo y garantizar el cumplimiento de la normativa de pesca. El Plan Rector de Uso y Gestión determinará la regulación de las actividades pesqueras, con el objetivo de alcanzar los objetivos establecidos en la Ley 14/1991 y en el presente Plan. El Plan también establece criterios para la protección de los recursos pesqueros, incluyendo la regulación de la pesca profesional y la protección de los ecosistemas marinos. Además, se establecen medidas para prevenir la contaminación y garantizar que las actividades humanas no supongan ningún peligro para los recursos, ecosistemas y paisajes del Parque. **4. CONCLUSIÓN SIMPLE** El Real Decreto 1431/1992 aprobó el Plan de Ordenación de los Recursos Naturales del Parque Nacional de Cabrera, con el objetivo de garantizar su conservación y protección. El Plan establece medidas de gestión, investigación y protección de los recursos naturales, incluyendo la regulación de la pesca y la investigación científica. El Plan se basa en la normativa vigente y en la experiencia acumulada en la gestión de otros parques nacionales. **5. PUNTOS CLAVE** ✅ **Aprobación del Plan de Ordenación**: El Real Decreto 1431/1992 aprueba el Plan de Ordenación de los Recursos Naturales del Parque Nacional de Cabrera. ⚠️ **Cumplimiento de la normativa**: El Plan se basa en la Ley 4/1989 y en la Ley 14/1991, que establecen la necesidad de un Plan de Ordenación previo a la declaración del espacio natural. 📋 **Medidas de protección**: El Plan establece medidas para la protección de los recursos naturales, incluyendo la regulación de la investigación científica y la pesca. ℹ️ **Participación de la Comunidad Autónoma de Baleares**: La Comunidad Autónoma de Baleares participó en la elaboración del Plan, cumpliendo los trámites establecidos en la Ley 4/1989. **6. FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Real Decreto 1431/1992 - **Tipo**: Norma de creación de un Plan de Ordenación - **Fecha**: 27 de noviembre de 1992 - **Materias**: Conservación de espacios naturales, gestión de recursos, protección ambiental, investigación científica, pesca - **Relevancia**: ALTA **Palabras clave**: Parque Nacional de Cabrera, Plan de Ordenación, conservación de recursos naturales, investigación científica, gestión de la pesca, protección ambiental. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────
💬 Contexto ciudadano
Antes de este Real Decreto, la Ley 4/1989 exigía la elaboración de Planes de Ordenación de Recursos Naturales (PORN) previos a la declaración de espacios protegidos, aunque permitía su aprobación posterior. El Parque Nacional Marítimo-Terrestre del Archipiélago de Cabrera, declarado por la Ley 14/1991, se encontraba en este último supuesto. Este PORN se alinea con la normativa estatal general de conservación, y su elaboración ha contado con la participación de la Comunidad Autónoma de Baleares, a diferencia de otros parques nacionales cuya gestión podría tener un enfoque distinto o una participación autonómica variable. La aprobación de este plan es crucial para el ciudadano, ya que establece las directrices específicas para la protección y el uso sostenible de un ecosistema único, garantizando la preservación de su biodiversidad y paisajes para las generaciones futuras. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────