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Real DecretoNacionalvigente

Real Decreto 139/1993, de 29 de enero, por el que se modifica el Real Decreto 2349/1984, de 28 de noviembre, que regula la pesca con artes de cerco en el caladero nacional.

BOE-A-1993-5423Publicada: 26/02/1993MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-01 Fuente original: ES-BOE — Real Decreto 139/1993, de 29 de enero, por el que se modifica el Real Decreto 23 ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** El Real Decreto 139/1993 modifica el Real Decreto 2349/1984 para adaptar la normativa nacional de pesca con artes de cerco en el Caladero Nacional a la normativa comunitaria vigente, estableciendo nuevas tallas mínimas y condiciones técnicas. 2. **CONTEXTO** El Reglamento (CEE) 3094/86, que establece medidas técnicas de conservación de recursos pesqueros, fue modificado por el Reglamento (CEE) 3034/92, introduciendo nuevas medidas y tallas mínimas para especies en la Región 3, que incluye el Caladero Nacional. La normativa nacional necesitaba adaptarse a esta evolución comunitaria. El Real Decreto 2349/1984, que regula la pesca con artes de cerco en el Caladero Nacional, debía actualizarse para garantizar la coherencia con la normativa comunitaria, sin afectar la aplicación directa de esta última. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** El Real Decreto 139/1993, de 29 de enero de 1993, modifica el Real Decreto 2349/1984, de 28 de noviembre de 1984, con el objetivo de adaptar la normativa nacional de pesca con artes de cerco en el Caladero Nacional a la normativa comunitaria vigente. Esta modificación se efectúa en virtud de la necesidad de armonizar la legislación nacional con el Reglamento (CEE) 3094/86, que ha sido modificado en múltiples ocasiones, incluyendo el Reglamento (CEE) 3034/92, que estableció nuevas medidas técnicas y tallas mínimas para especies en la Región 3, que comprende el Caladero Nacional, excepto el Mediterráneo y las aguas de las islas Canarias. El artículo único del Real Decreto 139/1993 establece que el artículo 4 del Real Decreto 2349/1984 queda redactado de la siguiente forma: 1. El ejercicio de la pesca de cerco en el Caladero Nacional, en aguas de la Región 3, se efectuará de acuerdo con lo preceptuado en el Reglamento (CEE) 3094/86, del Consejo, de 7 de octubre, por el que se establecen determinadas medidas técnicas de conservación de los recursos pesqueros, y disposiciones que lo desarrollan. 2. Las tallas mínimas de las especies autorizadas para su captura con artes de cerco, a los buques de pabellón español, en aguas sometidas a soberanía o jurisdicción española, así como para su circulación y venta, son las siguientes: - Especies autorizadas con artes de cerco (CUADRO OMITIDO). Además, se incluyen dos disposiciones finales: - La primera establece que el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación podrá actualizar las condiciones técnicas y las tallas mínimas establecidas en el presente Real Decreto para su adecuación a la normativa comunitaria que se dicte en la materia. - La segunda indica que el presente Real Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Estado. Este Real Decreto se emitió a propuesta del Ministro de Agricultura, Pesca y Alimentación, previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 29 de enero de 1993. El texto final fue firmado por el Rey Juan Carlos I y por el Ministro Pedro Solbes Mira. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** El Real Decreto 139/1993 adapta la normativa nacional de pesca con artes de cerco al marco comunitario, estableciendo nuevas tallas mínimas y condiciones técnicas. Se garantiza la coherencia con la normativa comunitaria sin afectar su aplicación directa. La normativa entra en vigor al día siguiente de su publicación. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Adaptación a la normativa comunitaria**: El Real Decreto modifica la normativa nacional para alinearse con el Reglamento (CEE) 3094/86 y sus modificaciones. ⚠️ **Diferenciación de la Región 3**: La Región 3, que incluye el Caladero Nacional, está sujeta a la normativa comunitaria, mientras que otras zonas están reguladas por normativa nacional. 📋 **Tallas mínimas**: Se establecen nuevas tallas mínimas para especies autorizadas, aunque el cuadro correspondiente fue omitido. ℹ️ **Actualización futura**: El Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación podrá actualizar las condiciones técnicas y tallas mínimas conforme a la normativa comunitaria. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Real Decreto 139/1993 - **Tipo**: Norma de desarrollo - **Fecha**: 29 de enero de 1993 - **Materias**: Pesca, conservación de recursos marinos, normativa comunitaria - **Relevancia**: ALTA - **Palabras clave**: pesca con artes de cerco, Caladero Nacional, Región 3, normativa comunitaria, tallas mínimas, Real Decreto 2349/1984, Reglamento (CEE) 3094/86 ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Antes de este Real Decreto de 1993, la pesca con artes de cerco en el Caladero Nacional se regía por el Real Decreto 2349/1984. La principal novedad de esta norma de 1993 es su adaptación a la normativa comunitaria, específicamente al Reglamento (CEE) 3094/86 y sus modificaciones, que establecen medidas técnicas y tallas mínimas para la Región 3, que incluye el Caladero Nacional salvo el Mediterráneo y Canarias. A diferencia de otras Comunidades Autónomas que podrían tener normativas propias o estar sujetas a regulaciones específicas, este Real Decreto armoniza la pesca de cerco a nivel estatal con las directivas europeas. La aprobación recae en el Consejo de Ministros, a propuesta del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, y su importancia para el ciudadano reside en la uniformidad de las reglas de pesca y las tallas mínimas, garantizando la sostenibilidad de los recursos y la equidad en el mercado. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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