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Real Decreto-ley 4/1993, de 26 de marzo, por el que se autoriza el resarcimiento de los daños causados como consecuencia de la rotura de la presa de Tous y se concede un crédito extraordinario por importe de 19.000 millones de pesetas.

BOE-A-1993-8367Publicada: 30/03/1993JEFATURA DEL ESTADO

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-01 Fuente original: ES-BOE — Real Decreto-ley 4/1993, de 26 de marzo, por el que se autoriza el resarcimiento ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** El Real Decreto-ley 4/1993, de 26 de marzo, autoriza el resarcimiento de los daños causados por la rotura de la presa de Tous y concede un crédito extraordinario de 19.000 millones de pesetas para atender las indemnizaciones derivadas. 2. **CONTEXTO** En octubre de 1982, lluvias torrenciales en la cuenca del río Júcar provocaron avenidas y desbordamientos que se agravaron con la rotura de la presa de Tous, causando graves daños a la población aguas abajo. El gobierno adoptó medidas para paliar los efectos, incluyendo subvenciones, créditos excepcionales y exenciones fiscales. A pesar de ello, las reclamaciones administrativas fueron desestimadas por el Consejo de Estado, considerando que la responsabilidad patrimonial del Estado estaba anulada por la fuerza mayor. Paralelamente, se inició una causa penal para investigar responsabilidades, incluyendo la responsabilidad civil subsidiaria del Estado. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** El Real Decreto-ley 4/1993, de 26 de marzo, establece un marco legal para el resarcimiento de los daños causados por la rotura de la presa de Tous, así como la concesión de un crédito extraordinario para financiar las indemnizaciones. El texto legal se estructura en varios artículos que regulan los aspectos más relevantes del resarcimiento y la financiación. En el **artículo 1**, se establece que el resarcimiento de los daños causados por la rotura de la presa de Tous se realizará mediante el pago de indemnizaciones, con la finalidad de reparar los daños personales y materiales sufridos por la población afectada. Se menciona explícitamente que el daño se originó por la rotura de la presa, lo que implica una responsabilidad del Estado, aunque se limita a la responsabilidad civil subsidiaria. El **artículo 2** concede un crédito extraordinario de 19.000 millones de pesetas al Presupuesto en vigor de la Sección 16 del Ministerio del Interior, Servicio 04, Programa 223.A, Concepto 483, con el fin de cubrir las obligaciones derivadas del resarcimiento. Este crédito se financiará mediante recursos al Banco de España o deuda pública, según lo previsto en el artículo 101 del Texto refundido de la Ley General Presupuestaria. En el **artículo 6**, se establece la forma y plazo de participación en el convenio transaccional, que deberá formalizarse mediante escritos individuales o por asociaciones y municipios, dirigidos al Delegado del Gobierno en la Comunidad Valenciana, dentro de los dos meses siguientes a la publicación del Real Decreto-ley en el Boletín Oficial del Estado. Las **disposiciones finales** del Real Decreto-ley establecen que el texto entrará en vigor el mismo día de su publicación y que el Gobierno y los Departamentos ministeriales deberán dictar las disposiciones necesarias para su cumplimiento. Este Real Decreto-ley se fundamenta en el derecho administrativo y en la legislación presupuestaria, con el objetivo de garantizar el resarcimiento de los daños causados por un evento catastrófico y la financiación de las indemnizaciones correspondientes. La norma refleja la necesidad de equilibrar la responsabilidad del Estado con la limitación de su patrimonio, especialmente en casos de fuerza mayor, y establece un mecanismo de financiación a través del crédito extraordinario, que se ajusta a los principios de la Ley General Presupuestaria. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** El Real Decreto-ley 4/1993 establece un mecanismo de resarcimiento para los daños causados por la rotura de la presa de Tous y concede un crédito extraordinario para financiar las indemnizaciones. La norma se fundamenta en el derecho administrativo y presupuestario, con el objetivo de garantizar la reparación de los daños y la financiación necesaria. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Resarcimiento de daños**: El Real Decreto-ley autoriza el pago de indemnizaciones por los daños causados por la rotura de la presa de Tous. ⚠️ **Responsabilidad del Estado**: Aunque se reconoce la responsabilidad civil subsidiaria del Estado, se limita por la concurrencia de fuerza mayor. 📋 **Crédito extraordinario**: Se concede un crédito de 19.000 millones de pesetas para financiar las indemnizaciones. ℹ️ **Procedimiento de participación**: Las personas afectadas deben participar en el convenio transaccional dentro de un plazo de dos meses. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Real Decreto-ley - **Tipo**: Ley - **Fecha**: 26 de marzo de 1993 - **Materias**: Responsabilidad civil, daños, indemnizaciones, crédito público, derecho administrativo - **Relevancia**: ALTA - **Palabras clave**: rotura de presa, daños, indemnizaciones, crédito extraordinario, responsabilidad del Estado ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Este Real Decreto-ley de 1993 surge tras la catástrofe de la presa de Tous en 1982, un evento que causó graves daños y para el cual el Gobierno ya había desplegado un importante paquete de ayudas (RD-ley 20/1982) y un crédito extraordinario. A diferencia de otras normativas que podrían establecer indemnizaciones directas o mecanismos de responsabilidad patrimonial más ágiles, este RD-ley se enfoca en autorizar un nuevo crédito para resarcir daños, reconociendo la complejidad y el retraso en la resolución judicial penal y administrativa, donde la Administración había negado su responsabilidad patrimonial alegando fuerza mayor. La diferencia para el ciudadano radica en que, a pesar de la inacción judicial prolongada, el Estado interviene con financiación adicional para paliar las consecuencias, reconociendo implícitamente la necesidad de una solución práctica ante la lentitud del sistema. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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