Real Decreto 379/1993, de 12 de marzo, de Ordenación de Publicaciones Oficiales.
¿Qué dice esta ley?
═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-01 Fuente original: ES-BOE — Real Decreto 379/1993, de 12 de marzo, de Ordenación de Publicaciones Oficiales. ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** El Real Decreto 379/1993, de 12 de marzo, establece una nueva regulación para la ordenación de las publicaciones oficiales en la Administración del Estado, sustituyendo al Real Decreto 1434/1985, con el objetivo de modernizar y racionalizar su gestión. 2. **CONTEXTO** El Real Decreto 1434/1985 había supuesto un avance en la organización de las publicaciones oficiales, pero la experiencia mostró la necesidad de una mejora. El nuevo Real Decreto busca adaptar el marco normativo a las nuevas necesidades de la actividad editorial de la Administración. Las publicaciones oficiales deben ser el soporte informático y difusor de la actividad gubernamental, integrándose en el Plan General de Publicaciones Oficiales aprobado por el Consejo de Ministros. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** El Real Decreto 379/1993, de 12 de marzo, regula la ordenación de las publicaciones oficiales en la Administración del Estado, con el objetivo de modernizar y racionalizar su gestión. El texto establece que el Plan General de Publicaciones Oficiales de la Administración del Estado está constituido por el conjunto de criterios y objetivos a que ha de ajustarse el proceso de elaboración, el contenido y la ejecución de los Programas Editoriales anuales de cada Ministerio (art. 1.1). Este Plan debe ser conocido y aprobado por el Consejo de Ministros. El Real Decreto establece que las publicaciones oficiales deben corresponderse con las competencias de cada Ministerio y integrarse en el Plan General de Publicaciones Oficiales. Además, se establece el principio de adecuación de las publicaciones a los fines de la Administración y de cada Departamento concreto, así como el objetivo de modernización y control de los costes de la actividad editorial pública. El Real Decreto también establece la creación de la Junta de Coordinación de Publicaciones Oficiales, cuyas funciones incluyen la coordinación y supervisión de la actividad editorial de los Ministerios, así como la elaboración del Plan General. Además, se establece que la Junta de Coordinación y las Comisiones Asesoras se regirán por lo dispuesto sobre órganos colegiados en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (art. 17). Se establece que los Ministerios podrán establecer la relación de Organismos autónomos y entidades a los que se refieren los artículos 1.4 y 4 del presente Real Decreto (disposición adicional única). En cuanto a las disposiciones transitorias, se establece que el Ministerio de Economía y Hacienda y los Departamentos ministeriales realizarán las modificaciones presupuestarias para integrar en un único crédito presupuestario denominado “Publicaciones” todos los créditos correspondientes a las unidades afectadas. Hasta tanto se efectúen las pertinentes modificaciones presupuestarias, las unidades actualmente responsables de las publicaciones oficiales continuarán ejecutando el presupuesto aprobado para 1993 conforme al calendario previsto (disposición transitoria única). En materia de derogatoria, se establece que queda derogado el Real Decreto 1434/1985, de 1 de agosto, de Ordenación de las Publicaciones Oficiales, y cuantas disposiciones de igual o inferior rango se opongan a lo establecido en el presente Real Decreto (disposición derogatoria única). Finalmente, se establece que el presente Real Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Estado (disposición final única). 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** El Real Decreto 379/1993 introduce una nueva regulación para las publicaciones oficiales en la Administración del Estado, sustituyendo al anterior Real Decreto 1434/1985. Establece un marco normativo más moderno y racionalizado, con el objetivo de mejorar la gestión y control de las publicaciones oficiales. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Nueva regulación**: Sustituye al Real Decreto 1434/1985, introduciendo una normativa más moderna y racionalizada. ⚠️ **Derogación**: Se derogó el Real Decreto 1434/1985 y otras disposiciones contrarias. 📋 **Plan General**: Se establece un Plan General de Publicaciones Oficiales que debe ser aprobado por el Consejo de Ministros. ℹ️ **Control de costes**: Se establece el objetivo de control de los costes de la actividad editorial pública. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Real Decreto - **Tipo**: Reglamento - **Fecha**: 12 de marzo de 1993 - **Materias**: Publicaciones oficiales, Administración pública, Ordenación de la actividad editorial - **Relevancia**: ALTA - **Palabras clave**: publicaciones oficiales, Administración del Estado, Plan General, control de costes, modernización ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────
💬 Contexto ciudadano
El Real Decreto 379/1993 vino a sustituir al Real Decreto 1434/1985, buscando modernizar y racionalizar la actividad editorial de la Administración General del Estado. A diferencia de normativas autonómicas que pudieran tener enfoques más descentralizados o específicos, este real decreto establece un marco nacional, aprobado por el Consejo de Ministros, que coordina los programas editoriales ministeriales bajo un Plan General. La principal diferencia para el ciudadano radica en la garantía de que las publicaciones oficiales reflejen las competencias ministeriales y se ajusten a objetivos de modernización y control de costes, asegurando así una difusión más coherente y eficiente de la información pública, en lugar de depender de iniciativas departamentales aisladas. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────