Resolución de 3 de febrero de 2023, de la Presidencia del Instituto Nacional de Estadística y de la Dirección General de Cooperación Autonómica y Local, por la que se modifica la de 17 de febrero de 2020, por la que se dictan instrucciones técnicas a los Ayuntamientos sobre gestión del Padrón municipal.
¿Qué dice esta ley?
**¿Qué es?** Es una resolución conjunta del Instituto Nacional de Estadística y la Dirección General de Cooperación Autonómica y Local, publicada el 3 de febrero de 2023, que actualiza las instrucciones técnicas que los ayuntamientos deben seguir para gestionar el Padrón municipal. Su propósito es adaptar esas instrucciones a dos cambios recientes del Código Civil que afectan al empadronamiento de menores y de personas con discapacidad. **¿A quién afecta?** Afecta principalmente a los ayuntamientos, que son quienes gestionan el Padrón, pero también a los ciudadanos en dos situaciones concretas: padres o madres que quieran empadronar a sus hijos menores de edad actuando en solitario (por ejemplo, en casos de separación o custodia exclusiva), y personas con discapacidad que deseen inscribirse o modificar sus datos en el Padrón. **¿Qué cambia o establece?** En cuanto a los menores, se establece que, salvo que el otro progenitor haya sido privado de la patria potestad, empadronar a un hijo con un solo progenitor requiere ahora el consentimiento del otro progenitor o, en su defecto, una autorización judicial, incluso cuando uno de ellos tenga la custodia exclusiva. Solo en supuestos muy concretos se admite una declaración responsable como alternativa. En cuanto a las personas con discapacidad, se elimina toda referencia a la figura de la "incapacitación": con carácter general, estas personas se empadronan como cualquier ciudadano, y únicamente en los casos excepcionales en que exista un representante legal nombrado judicialmente será necesario acreditar dicha representación. Además, se corrigen los formularios de renovación de inscripción para extranjeros no comunitarios, sustituyendo el término "residencia permanente" por "residencia de larga duración".
💬 Contexto ciudadano
El Padrón Municipal de Habitantes, regulado por los arts. 15-18 LBRL y el RD 1690/1986, es el registro administrativo que refleja el domicilio de todos los vecinos de España. La Ley 8/2021 de apoyo a las personas con discapacidad —que adapta el derecho español a la Convención ONU sobre Derechos de las Personas con Discapacidad— modificó el régimen de capacidad jurídica, afectando al empadronamiento de personas con discapacidad bajo medidas de apoyo. Esta resolución conjunta del INE y la DGCAL actualiza las instrucciones para el empadronamiento de menores y de personas con discapacidad bajo los nuevos sistemas de apoyo que sustituyen a la tutela. Comparativamente, sistemas análogos en Francia y Alemania tienen procedimientos más automatizados y conectados con los registros civiles. La actualización resuelve dudas interpretativas detectadas en los ayuntamientos sobre cómo proceder cuando el representante legal o la persona de apoyo del empadronado actúa en nombre de este.