Real Decreto 376/1993, de 12 de marzo, por el que se establecen las especificaciones técnicas de los «modems» para circuitos analógicos alquilados de banda vocal.
¿Qué dice esta ley?
═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-01 Fuente original: ES-BOE — Real Decreto 376/1993, de 12 de marzo, por el que se establecen las especificaci ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** El Real Decreto 376/1993 establece las especificaciones técnicas que deben cumplir los modems para circuitos analógicos alquilados de banda vocal, con el fin de garantizar su compatibilidad con las redes de telecomunicación y la protección del espectro radioeléctrico. 2. **CONTEXTO** Este Real Decreto se basa en la Ley 31/1987 de Ordenación de las Telecomunicaciones, modificada por la Ley 32/1992, que otorga al Gobierno la competencia para definir y aprobar especificaciones técnicas de equipos y dispositivos. El Real Decreto 1066/1989, de desarrollo de dicha ley, establece que la resolución de certificación debe ser expedida en forma específica y requerir la aprobación previa por Real Decreto. El presente Real Decreto se emite en cumplimiento de dichas normas. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** El Real Decreto 376/1993, de 12 de marzo de 1993, establece las especificaciones técnicas que deben cumplir los modems para circuitos analógicos alquilados de banda vocal. Estas especificaciones son necesarias para garantizar el funcionamiento eficiente de las redes de telecomunicación y la adecuada utilización del espectro radioeléctrico, según lo previsto en el artículo 29 de la Ley 31/1987, de 18 de diciembre, de Ordenación de las Telecomunicaciones, modificada por la Ley 32/1992, de 3 de diciembre. El Real Decreto 1066/1989, de 28 de agosto, establece en sus artículos 5 y 8 que la resolución de certificación de cumplimiento de especificaciones técnicas se extenderá en la forma prevista en ese Reglamento, recibiendo la denominación de Certificado de Aceptación. Para su expedición, se requiere la previa aprobación por Real Decreto de las especificaciones técnicas a cumplir por los equipos, dispositivos y sistemas que pretendan obtener dicho certificado. Este Real Decreto 376/1993 tiene por objeto la aprobación de las especificaciones técnicas de los modems mencionados, que deberán cumplirse para que estos equipos obtengan el correspondiente Certificado de Aceptación. De esta forma, se evitará cualquier menoscabo de las redes públicas de telecomunicación a las que se conecten, o la perturbación del funcionamiento normal de los servicios de telecomunicación. En cuanto a la forma de presentación de las especificaciones técnicas, se establece que la solicitud de certificación se realizará según el modelo que se publica como anexo II de este Real Decreto. En materia de transitoria, se establece que los modems que ya estén amparados por un título habilitante para su conexión a la red podrán seguir conectándose durante un plazo de cuatro meses desde la entrada en vigor del Real Decreto, siempre que se notifique a la Dirección General de Telecomunicaciones el título habilitante, la normativa técnica aplicada y las características técnicas del equipo. La Dirección General de Telecomunicaciones acordará mediante resolución motivada la transformación del título en Certificado de Aceptación o el otorgamiento de un plazo para obtenerlo. En este último caso, podrá eximirse de parte de las pruebas si se aporta documentación suficiente que garantice su cumplimiento. Finalmente, se faculta al Ministro de Obras Públicas y Transportes para dictar cuantas disposiciones se precisen para el desarrollo del presente Real Decreto. El Real Decreto entrará en vigor el día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial del Estado. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** El Real Decreto 376/1993 establece las especificaciones técnicas para los modems analógicos alquilados de banda vocal, con el objetivo de garantizar su compatibilidad con las redes de telecomunicación. Establece un régimen de certificación y una disposición transitoria para los equipos ya existentes. El Real Decreto entra en vigor al día siguiente de su publicación. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Aprobación de especificaciones técnicas**: El Real Decreto establece las especificaciones técnicas que deben cumplir los modems para circuitos analógicos alquilados de banda vocal. ⚠️ **Certificación obligatoria**: Para comercializar y utilizar estos equipos, es necesario obtener el Certificado de Aceptación, que solo se otorga tras cumplir con las especificaciones técnicas. 📋 **Procedimiento de certificación**: La resolución de certificación se extiende en la forma prevista en el Reglamento de desarrollo de la Ley 31/1987, y requiere la aprobación previa por Real Decreto. ℹ️ **Disposición transitoria**: Los modems ya existentes pueden seguir conectándose durante cuatro meses, siempre que se notifique a la Dirección General de Telecomunicaciones. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Real Decreto 376/1993 - **Tipo**: Norma reguladora - **Fecha**: 12 de marzo de 1993 - **Materias**: Telecomunicaciones, especificaciones técnicas, certificación, modems - **Relevancia**: ALTA - **Palabras clave**: modems, especificaciones técnicas, certificación, telecomunicaciones, Real Decreto, Ley 31/1987, espectro radioeléctrico, redes públicas, servicios de telecomunicación ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────
💬 Contexto ciudadano
Antes de este Real Decreto de 1993, la Ley de Ordenación de las Telecomunicaciones de 1987, modificada en 1992, ya otorgaba al Gobierno la competencia para aprobar especificaciones técnicas de equipos de telecomunicación, y un reglamento de desarrollo de 1989 detallaba el procedimiento para obtener un Certificado de Aceptación. Esta normativa estatal se alinea con el espíritu de las directivas europeas, como la 83/189/CEE, que establecen procedimientos de información a la Comisión Europea para evitar barreras técnicas al comercio, y a diferencia de normativas autonómicas que no suelen tener este nivel de detalle técnico específico para equipos. La aprobación recae en el Consejo de Ministros, a propuesta del Ministerio competente, y se ha dado audiencia a asociaciones de consumidores. Esta diferencia es crucial para el ciudadano porque garantiza que los módems cumplan estándares técnicos que aseguran la correcta interconexión y evitan interferencias en las redes públicas, protegiendo así la calidad del servicio y la seguridad de las comunicaciones. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────