Real Decreto 476/1993, de 2 de abril, por el que se declaran las materias primas minerales y actividades con ellas relacionadas, calificadas como prioritarias a efectos de lo previsto en la Ley 6/1977, de 4 de enero, de Fomento de la Minería.
¿Qué dice esta ley?
═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-01 Fuente original: ES-BOE — Real Decreto 476/1993, de 2 de abril, por el que se declaran las materias primas ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ **1. QUÉ RESUELVE** El Real Decreto 476/1993 establece la declaración de materias primas minerales y actividades relacionadas como prioritarias, con el fin de garantizar su desarrollo y protección legal, en aplicación de la Ley 6/1977 de Fomento de la Minería. **2. CONTEXTO** Este Real Decreto se emitió en 1993 con el objetivo de continuar la protección de materias primas minerales y actividades vinculadas, declaradas prioritarias en anteriores normativas. La Ley 6/1977 establece que estas materias pueden beneficiarse de un factor de agotamiento reducido. El Real Decreto 499/1992 había declarado previamente ciertas materias prioritarias hasta 1992. Este Real Decreto 476/1993 extiende dicha declaración hasta 1993, manteniendo la protección de estas actividades. La norma se emitió en virtud de la propuesta del Ministro de Industria, Comercio y Turismo y previa deliberación del Consejo de Ministros. **3. CONTENIDO JURÍDICO** El Real Decreto 476/1993, de 2 de abril, se basa en la Ley 6/1977, de 4 de enero, de Fomento de la Minería, y en el Real Decreto 499/1992, de 8 de mayo, que había declarado materias primas minerales prioritarias hasta 1992. Este nuevo Real Decreto extiende dicha declaración hasta 1993, manteniendo la protección de dichas materias y actividades. Según el artículo 31.2 de la Ley 6/1977, las personas físicas o jurídicas que realicen el aprovechamiento de materias primas minerales declaradas prioritarias pueden optar a que el factor de agotamiento sea de hasta el 15 por 100 del valor de los minerales vendidos. Esto incluye los minerales consumidos por las mismas empresas para su posterior tratamiento o transformación. El Real Decreto 499/1992 había declarado hasta 1992 la relación de materias primas minerales y actividades con ellas relacionadas que fueron declaradas prioritarias por el Real Decreto 890/1979, de 16 de marzo, y otros sucesivos. Este Real Decreto 476/1993 mantiene dicha declaración, extendiéndola hasta 1993, con la finalidad de garantizar la continuidad de dichas actividades. El desarrollo y la ejecución de los programas de acción plurianuales, así como la efectividad de los instrumentos derivados de la aplicación de las disposiciones mencionadas, aconsejan esta declaración, de modo que las actividades, tanto públicas como privadas, no se vean afectadas. En virtud de ello, se dispone que se declaran, hasta el 31 de diciembre de 1993, como prioritarias las materias primas minerales y actividades con ellas relacionadas que se incluyen en el anexo del Real Decreto. El anexo detalla una lista extensa de materias primas minerales y actividades, entre las que se incluyen: carbones, cinc, cobre, estaño, fosfatos, hierro, manganeso, plomo, recursos geotérmicos, uranio, caolín, fluorita, granito ornamental, magnesita, mármol ornamental, materiales arcillosos especiales, piritas, pizarras ornamentales, potasa, volframio, metales preciosos (oro y plata), feldespatos, glauburita y thenardita, mercurio, barita. Cada materia o actividad está acompañada de la descripción de su explotación, tratamiento o beneficio, lo que refleja el alcance y la importancia de estas actividades en el sector minero. Este Real Decreto se emitió en Madrid el 2 de abril de 1993, firmado por el Rey Juan Carlos I, y firmado por el Ministro de Industria, Comercio y Turismo, José Claudio Aranzadi Martínez. **4. CONCLUSIÓN SIMPLE** El Real Decreto 476/1993 declara como prioritarias diversas materias primas minerales y actividades relacionadas, con el objetivo de garantizar su desarrollo y protección legal. Se basa en la Ley 6/1977 y en anteriores normativas, extendiendo la protección hasta 1993. La norma incluye un anexo detallado con la lista de materias y actividades. **5. PUNTOS CLAVE** ✅ **Declaración de materias prioritarias**: El Real Decreto 476/1993 declara como prioritarias diversas materias primas minerales y actividades relacionadas. ⚠️ **Extensión de la protección**: La protección se extiende hasta 1993, manteniendo la vigencia de las normas anteriores. 📋 **Lista detallada en el anexo**: El anexo incluye una lista extensa de materias y actividades, con su respectiva descripción. ℹ️ **Aplicación de la Ley 6/1977**: La norma se basa en el artículo 31.2 de la Ley 6/1977, que permite un factor de agotamiento reducido. **6. FICHA** - **Jurisdicción**: España - **Fuente**: Real Decreto - **Tipo**: Norma de desarrollo - **Fecha**: 2 de abril de 1993 - **Materias**: Minería, economía, desarrollo, protección de recursos naturales - **Relevancia**: ALTA - **Relevancia**: Alta, por su importancia en la regulación de materias primas minerales y su impacto en el sector minero. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────
💬 Contexto ciudadano
Este Real Decreto de 1993, que declara prioritarias ciertas materias primas minerales y sus actividades asociadas hasta finales de ese año, se enmarca en la Ley de Fomento de la Minería de 1977, la cual permitía beneficios fiscales, como un factor de agotamiento del 15% sobre el valor de los minerales vendidos o consumidos. Anteriormente, normativas como el Real Decreto 499/1992 ya habían establecido listados similares, sucediendo a otros reales decretos que actualizaban esta declaración anualmente. A diferencia de normativas estatales o directivas de la UE que puedan tener enfoques más amplios o permanentes sobre recursos estratégicos, este decreto es temporal y específico, aprobado por el Consejo de Ministros a propuesta del Ministerio de Industria. Para el ciudadano, esta diferencia es relevante porque la declaración de prioridad puede influir en la viabilidad económica de proyectos mineros, afectando la disponibilidad de ciertos materiales, la creación de empleo en zonas mineras y, en última instancia, el precio de productos derivados. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────