Orden de 14 de mayo de 1993 por la que se modifica el artículo 4 del Reglamento del Juego del Bingo, aprobado por Orden de 9 de enero de 1979.
¿Qué dice esta ley?
═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-01 Fuente original: ES-BOE — Orden de 14 de mayo de 1993 por la que se modifica el artículo 4 del Reglamento ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. 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La Orden busca adaptar el régimen de autorización de Salas de Bingo a esta nueva realidad legal. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** La Orden de 14 de mayo de 1993, publicada en el Boletín Oficial del Estado, modifica el artículo 4 del Reglamento del Juego del Bingo, aprobado por Orden de 9 de enero de 1979. El objetivo principal es permitir que las Sociedades Anónimas Deportivas, en cumplimiento de la Ley 10/1990 y el Real Decreto 1084/1991, puedan ser titulares de autorizaciones para la explotación de Salas de Bingo, en igualdad de condiciones que otras entidades autorizadas. En el texto de la Orden se establece que, al amparo del artículo 4, 2, del Real Decreto 444/1977, de 11 de marzo, y a propuesta de la Comisión Nacional del Juego, se adiciona al apartado a) del artículo 4 del Reglamento del Juego del Bingo el siguiente párrafo: *«También podrán ser autorizadas para la explotación de Salas de Bingo las Sociedades Anónimas Deportivas constituidas de acuerdo con lo dispuesto en la Ley 10/1990, de 5 de octubre, del Deporte, y en el Real Decreto 1084/1991, de 5 de julio.»* Esta modificación responde a la necesidad de adaptar el régimen de autorización de Salas de Bingo a los cambios normativos en el ámbito del deporte. La Ley 10/1990 y el Real Decreto 1084/1991 exigen que los clubes deportivos profesionales se conviertan en Sociedades Anónimas Deportivas, lo que los convierte en entidades con fin de lucro. Esto los excluye de las condiciones previamente establecidas para ser titulares de autorizaciones de Salas de Bingo, que exigían que las entidades no tuvieran fin de lucro. La Orden busca evitar que esta transformación de los clubes deportivos genere dificultades adicionales en el proceso de obtención de autorizaciones para la explotación de Salas de Bingo. Por ello, se modifica el régimen legal para incluir a las Sociedades Anónimas Deportivas como entidades autorizadas, siempre que cumplan con los requisitos establecidos en la Ley 10/1990 y el Real Decreto 1084/1991. La disposición final establece que la Orden entrará en vigor el día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial del Estado. La Orden fue firmada por el Sr. Corcuera Cuesta, en Madrid, el 14 de mayo de 1993. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** La Orden de 1993 modifica el régimen de autorización de Salas de Bingo para incluir a las Sociedades Anónimas Deportivas. Esta modificación responde a la necesidad de adaptar la normativa a los cambios en el ámbito del deporte. La Orden busca evitar dificultades en la transformación de los clubes deportivos en entidades con fin de lucro. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Modificación del artículo 4 del Reglamento del Juego del Bingo**: Se incluyen las Sociedades Anónimas Deportivas como entidades autorizadas. ⚠️ **Adaptación a la Ley 10/1990**: La transformación de clubes deportivos en Sociedades Anónimas Deportivas exige su inclusión en el régimen de autorización de Salas de Bingo. 📋 **Requisitos para la autorización**: Las Sociedades Anónimas Deportivas deben cumplir con los requisitos establecidos en la Ley 10/1990 y el Real Decreto 1084/1991. ℹ️ **Vigencia**: La Orden entró en vigor el día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial del Estado. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Orden Ministerial - **Tipo**: Orden de Ministerio de Cultura - **Fecha**: 14 de mayo de 1993 - **Materias**: Juego, Bingo, Deporte, Sociedades Anónimas Deportivas, Autorizaciones - **Relevancia**: ALTA - **Palabras clave**: Sociedades Anónimas Deportivas, Bingo, Ley 10/1990, Real Decreto 1084/1991, autorizaciones, transformación de clubes deportivos ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. 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💬 Contexto ciudadano
Antes de esta Orden de 1993, el Reglamento del Juego del Bingo de 1979 establecía que solo entidades sin ánimo de lucro, como clubes deportivos, culturales o benéficos, podían explotar salas de bingo. Esta normativa nacional se ve superada por la Ley del Deporte de 1990 y su reglamento, que obligaron a muchos clubes a transformarse en Sociedades Anónimas Deportivas, entidades con ánimo de lucro. A diferencia de otras CCAA o normativas estatales que pudieran haber adaptado sus criterios, esta orden ministerial nacional es la que introduce el cambio, permitiendo ahora a estas Sociedades Anónimas Deportivas obtener autorizaciones. Para el ciudadano, esta diferencia es relevante porque amplía el abanico de entidades que pueden operar bingos, potencialmente afectando la oferta y la competencia en el sector, y facilita la adaptación de los clubes deportivos a la nueva legislación sin penalizar su actividad lúdica. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────