Orden de 5 de mayo de 1993 por la que se prorrogan, para el período 1993/1994, las cantidades de referencia individuales de leche de vaca asignadas al amparo de la Orden del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación de 4 de diciembre de 1992.
¿Qué dice esta ley?
═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-01 Fuente original: ES-BOE — Orden de 5 de mayo de 1993 por la que se prorrogan, para el período 1993/1994, l ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** La Orden de 5 de mayo de 1993 prorroga las cantidades de referencia individuales de leche de vaca asignadas a los productores para el período 1993/1994, manteniendo las asignaciones realizadas para el período anterior. 2. **CONTEXTO** La Orden de 4 de diciembre de 1992 estableció el modelo de comunicación de las cantidades de referencia individuales de leche de vaca. Para el período 1993/1994, se consideró que no habían cambiado las circunstancias que habían dado lugar a la asignación. Por ello, se procedió a la prórroga de dichas cantidades. La Orden de 5 de mayo de 1993 se emitió con el objetivo de mantener la continuidad en la asignación de dichas cantidades. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** La Orden de 5 de mayo de 1993, emitida por el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, tiene por objeto prorrogar las cantidades de referencia individuales de leche de vaca asignadas a los productores para el período 1993/1994. Esta prórroga se basa en la constatación de que no han cambiado las circunstancias existentes en el momento de la asignación previa, lo cual justifica la continuidad de las asignaciones. La Orden se fundamenta en la Orden de 4 de diciembre de 1992, que estableció el modelo de comunicación de las cantidades de referencia individual de leche de vaca, y en la necesidad de mantener la estabilidad en el régimen de tasa suplementaria en el sector lácteo. El artículo único de la Orden establece que las cantidades de referencia individuales asignadas y comunicadas a los ganaderos productores, de acuerdo con lo establecido en la Orden de 4 de diciembre de 1992, quedan prorrogadas para el período 1993/1994, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 4 de dicha Orden. Este artículo 4 de la Orden de 1992 establece que las cantidades de referencia individual se asignan en base a criterios objetivos y transparentes, y que su comunicación se realiza mediante el modelo establecido como anexo. La disposición final de la Orden de 5 de mayo de 1993 establece que la presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Estado. Esta disposición final se ajusta a los principios de legalidad y formalidad requeridos para la entrada en vigor de normas reglamentarias. La Orden se emitió en Madrid, el 5 de mayo de 1993, y fue firmada por SOLBES MIRA, con la calificación de Ilmos. Sres. Secretario general de Producciones y Mercados Agrarios, Director general de Producciones y Mercados Ganaderos y Director general del SENPA. Esta firma refleja la autoridad competente para emitir dicha norma reglamentaria. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** La Orden de 1993 prorroga las cantidades de referencia individual de leche de vaca para el período 1993/1994. Se basa en la estabilidad de las circunstancias previas y en la Orden de 1992. La norma entra en vigor al día siguiente de su publicación. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ Prórroga de cantidades de referencia individual para el período 1993/1994. ⚠️ Basada en la estabilidad de las circunstancias previas. 📋 Se basa en la Orden de 4 de diciembre de 1992. ℹ️ Entrada en vigor al día siguiente de su publicación. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Orden Ministerial - **Tipo**: Norma reglamentaria - **Fecha**: 5 de mayo de 1993 - **Materias**: Agricultura, leche, productos lácteos, asignación de cuotas - **Relevancia**: ALTA - **Palabras clave**: cantidades de referencia, leche, productos lácteos, prórroga, asignación, normativa agraria ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────
💬 Contexto ciudadano
La Orden de 5 de mayo de 1993 prorroga las cantidades de referencia individuales de leche de vaca asignadas en 1992, basándose en la Orden Ministerial de 4 de diciembre de 1992. Esta normativa nacional se enmarca en el contexto de las políticas agrarias comunes de la Unión Europea, que establecen cuotas lácteas para gestionar la producción y evitar excedentes, un sistema que ha sido común en diversas CCAA y a nivel estatal. La decisión de prorrogar las cantidades sin cambios, aprobada por el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, busca mantener la estabilidad en el sector ante la ausencia de variaciones significativas en las circunstancias. Para el ciudadano productor de leche, esta prórroga significa una continuidad en sus derechos y obligaciones respecto a la producción y posible aplicación de tasas suplementarias, evitando la incertidumbre de nuevas asignaciones o modificaciones en un momento dado. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────