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Real DecretoNacionalvigente

Real Decreto 769/1993, de 21 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento para la Prevención de la Violencia en los Espectáculos Deportivos.

BOE-A-1993-15904Publicada: 19/06/1993MINISTERIO DE RELACIONES CON LAS CORTES Y DE LA SECRETARÍA DEL GOBIERNO

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-01 Fuente original: ES-BOE — Real Decreto 769/1993, de 21 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento para l ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** El Real Decreto 769/1993 establece el Reglamento para la Prevención de la Violencia en los Espectáculos Deportivos, integrando medidas preventivas, sancionadoras y de coordinación entre organismos públicos y privados para garantizar la seguridad en eventos deportivos. 2. **CONTEXTO** La Ley 10/1990, de 15 de octubre, del Deporte, creó un marco jurídico para la actividad deportiva en España, considerando la evolución de la práctica deportiva profesional y la nueva organización territorial del Estado. En este contexto, el título IX de dicha ley aborda la prevención de la violencia en espectáculos deportivos. España ratificó el Convenio Europeo de 1985 sobre la violencia, lo que influyó en la redacción del nuevo texto legal. La Comisión Nacional contra la Violencia en los Espectáculos Deportivos, regulada por el Real Decreto 75/1992, se encargó de impulsar la elaboración de este Reglamento. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** El Real Decreto 769/1993, de 21 de mayo, regula la prevención de la violencia en los espectáculos deportivos, estableciendo un marco operativo dentro del marco legal de la Ley 10/1990, la Ley Orgánica de Protección de la Seguridad Ciudadana y el Reglamento General de Policía de Espectáculos. El Reglamento introduce la figura del **Coordinador de Seguridad**, cuya función es clave en la implementación de medidas preventivas, cautelares y sancionadoras. En el artículo 68, se establece que la **Comisión Nacional contra la Violencia en los Espectáculos Deportivos** realizará **informes generales** que refunden los informes de los Coordinadores de Seguridad en distintos eventos deportivos. Estos informes incluirán análisis generales y propuestas para mejorar la seguridad. El artículo 69 establece que la Comisión podrá **elevar propuestas sancionadoras** a los organizadores, espectadores y otras personas que hayan incumplido normas tipificadas en la Ley 10/1990. Estas propuestas se basan en los actas elaboradas por los Coordinadores de Seguridad. Además, la autoridad gubernativa debe informar a la Comisión sobre los acuerdos de incoación de expedientes sancionadores y las resoluciones que los concluyan. En el artículo 70, se establece que en caso de **excesos del aforo del recinto**, la Administración tributaria debe ser informada, independientemente de cualquier expediente sancionador que se incoe por infracción de la Ley 10/1990. Esto permite una coordinación entre organismos públicos para garantizar la seguridad en los eventos deportivos. El Reglamento también establece la **función de la Comisión Nacional** en relación con el Real Decreto 75/1992, que regula su composición y funcionamiento. La Comisión actúa como órgano de coordinación y supervisión, integrando a representantes de los colectivos interesados y de las Administraciones Públicas. Este Reglamento refleja la preocupación del Estado español por la violencia en los espectáculos deportivos, integrando medidas preventivas, sancionadoras y de coordinación entre distintos organismos. La figura del Coordinador de Seguridad es clave para la operatividad de estas medidas, permitiendo una gestión eficiente de la seguridad en los eventos deportivos. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** El Real Decreto 769/1993 establece un marco operativo para la prevención de la violencia en los espectáculos deportivos, integrando medidas preventivas, sancionadoras y de coordinación. La Comisión Nacional contra la Violencia en los Espectáculos Deportivos desempeña un papel clave en la supervisión y evaluación de la seguridad en los eventos deportivos. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Creación de la figura del Coordinador de Seguridad**: Es clave para la implementación de medidas preventivas y sancionadoras. ⚠️ **Coordinación entre organismos públicos y privados**: La Comisión Nacional actúa como órgano de supervisión y coordinación. 📋 **Informes generales y propuestas sancionadoras**: La Comisión elabora informes que refunden los informes de los Coordinadores de Seguridad. ℹ️ **Excesos del aforo**: La Administración tributaria debe ser informada en caso de exceso de aforo, independientemente de cualquier sanción. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Real Decreto 769/1993 - **Tipo**: Reglamento - **Fecha**: 21 de mayo de 1993 - **Materias**: Deporte, seguridad ciudadana, prevención de la violencia, organización de eventos - **Relevancia**: ALTA - **Palabras clave**: violencia en deportes, seguridad en eventos, Comisión Nacional contra la Violencia, Coordinador de Seguridad ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Antes de este Real Decreto de 1993, la prevención de la violencia en espectáculos deportivos se abordaba de forma más genérica dentro de la Ley del Deporte de 1990 y la Ley Orgánica de Protección de la Seguridad Ciudadana, además de normativas de policía de espectáculos. A diferencia de otras Comunidades Autónomas que podían tener desarrollos propios, esta normativa estatal buscaba unificar criterios a nivel nacional, influenciada por el Convenio Europeo de 1985 y recomendaciones del Senado. La aprobación recayó en el Gobierno central, sin que las CCAA tuvieran competencias plenas en esta materia en ese momento. Esta unificación es crucial para el ciudadano porque establece un marco de actuación coherente y predecible en todo el territorio español, garantizando la seguridad y el orden público en eventos deportivos, independientemente de la comunidad autónoma donde se celebren. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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