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Orden MinisterialNacionalvigente

Orden de 27 de mayo de 1993 por la que se dispone la publicación del Acuerdo del Consejo de Ministros relativo a la información al público sobre las medidas de protección sanitaria aplicables y sobre el comportamiento a seguir en caso de emergencia radiológica

BOE-A-1993-14477Publicada: 04/06/1993MINISTERIO DEL INTERIOR

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-01 Fuente original: ES-BOE — Orden de 27 de mayo de 1993 por la que se dispone la publicación del Acuerdo del ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** La Orden de 27 de mayo de 1993 establece la publicación del Acuerdo del Consejo de Ministros sobre la información al público en caso de emergencia radiológica, que define medidas de protección sanitaria y comportamiento a seguir. 2. **CONTEXTO** El Acuerdo fue aprobado en la reunión del Consejo de Ministros del 21 de mayo de 1993, a propuesta del Ministro del Interior y tras informe de la Comisión Nacional de Protección Civil. Se publica como anexo a la Orden para favorecer su conocimiento y aplicación. Este Acuerdo se fundamenta en la Directiva 89/618/EURATOM, que establece principios comunes sobre la información a la población en emergencias radiológicas. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** El Acuerdo establece normas sobre la información al público en caso de emergencia radiológica, con el objetivo de garantizar una protección sanitaria adecuada y una respuesta eficaz por parte de la población. El documento se estructura en dos partes principales: el Preámbulo y el Anexo II, que detalla las medidas de emergencia y la información a proporcionar. En el Preámbulo, se menciona que el Plan Básico de Emergencia Nuclear (PLABEN), aprobado en 1989, estableció medidas preventivas para la población que vive cerca de centrales nucleares. Posteriormente, los Planes Provinciales de Emergencia Nuclear, aprobados en 1990, desarrollaron estas medidas. Sin embargo, con la promulgación de la Directiva 89/618/EURATOM, se exigieron medidas complementarias en el ordenamiento jurídico español, lo que justifica la necesidad de este Acuerdo. El Anexo II detalla las medidas de emergencia previstas para alertar, proteger y socorrer a la población en caso de emergencia radiológica. Estas medidas incluyen la difusión de información sobre el caso de emergencia, consignas de protección, y consejos de cooperación. La información debe ser rápida, reiterada y adaptada a la situación. En caso de una fase de prealarma, se deben difundir información y consignas previas, como pedir a la población que esté atenta a los medios de comunicación y dar recomendaciones a establecimientos con responsabilidades especiales. Además, se incluye un recordatorio de las nociones básicas sobre la radiactividad y sus efectos en el ser humano y el medio ambiente. Esto permite que la población comprenda mejor las medidas a seguir y su importancia. El Acuerdo establece que la información debe ser clara, precisa y accesible, y debe adaptarse a los grupos de población específicos, si es necesario. También se menciona la necesidad de coordinación entre las autoridades competentes y la población, para garantizar una respuesta coherente y efectiva. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** El Acuerdo establece un marco legal para la información al público en emergencias radiológicas, con medidas claras y específicas. Su objetivo es garantizar la protección sanitaria y la seguridad de la población. Es un documento relevante para la gestión de emergencias en centrales nucleares. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Definición de medidas de protección sanitaria**: El Acuerdo establece medidas específicas para la protección de la población en caso de emergencia radiológica. ⚠️ **Necesidad de adaptación a la población**: La información debe ser adaptada a los grupos de población específicos, si es necesario. 📋 **Coordinación entre autoridades y población**: Se exige una coordinación entre las autoridades competentes y la población para garantizar una respuesta eficaz. ℹ️ **Inclusión de nociones básicas sobre radiactividad**: Se incluye información sobre los efectos de la radiación en el ser humano y el medio ambiente. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Orden Ministerial de 27 de mayo de 1993 - **Tipo**: Orden Ministerial - **Fecha**: 27 de mayo de 1993 - **Materias**: Protección sanitaria, emergencias radiológicas, información al público - **Relevancia**: ALTA **Palabras clave**: emergencia radiológica, información al público, protección sanitaria, Plan Básico de Emergencia Nuclear, Directiva 89/618/EURATOM, radiactividad, medidas de emergencia, autoridades competentes. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Antes de esta Orden de 1993, la normativa española en materia de emergencias radiológicas se basaba en el Plan Básico de Emergencia Nuclear (PLABEN) de 1989 y los Planes Provinciales de Emergencia Nuclear de 1990, que ya contemplaban medidas informativas para la población cercana a centrales nucleares. Sin embargo, la Directiva 89/618/EURATOM de la UE introdujo principios y disposiciones específicas que requerían una adaptación del marco legal español. Esta Orden, aprobada por el Consejo de Ministros a propuesta del Ministro del Interior, actualiza y complementa la información pública sobre medidas de protección sanitaria y comportamiento en emergencias radiológicas, alineándose con la normativa europea. La diferencia es crucial para el ciudadano, ya que garantiza un nivel de información homogéneo y más detallado a nivel nacional, en consonancia con los estándares de la Unión Europea, mejorando su preparación y seguridad ante este tipo de incidentes. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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