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Real DecretoNacionalvigente

Real Decreto 851/1993, de 4 de junio, por el que se modifica el Real Decreto 1887/1991, de 30 de diciembre, sobre mejora de las estructuras agrarias.

BOE-A-1993-17586Publicada: 07/07/1993MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-01 Fuente original: ES-BOE — Real Decreto 851/1993, de 4 de junio, por el que se modifica el Real Decreto 188 ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ **1. QUÉ RESUELVE** El Real Decreto 851/1993 modifica el Real Decreto 1887/1991, con el objetivo de actualizar los montantes máximos de las ayudas y inversiones agrarias en función de la variación del tipo de conversión del ecu a la moneda española, y adaptar la normativa nacional a los nuevos montantes comunitarios. **2. CONTEXTO** El Real Decreto 1887/1991 regula ayudas agrarias enmarcadas en el Reglamento (CEE) 2328/91, estableciendo límites en pesetas basados en ecus. Posteriormente, el Reglamento (CEE) 870/93 modifica dichos montantes debido a la variación de los tipos de conversión. La modificación del Real Decreto 851/1993 busca adaptar la normativa española a los nuevos montantes comunitarios, permitiendo que los beneficiarios accedan a los valores máximos establecidos en la acción común. **3. CONTENIDO JURÍDICO** El Real Decreto 851/1993 modifica el Real Decreto 1887/1991, de 30 de diciembre de 1991, con el fin de actualizar los montantes máximos de las ayudas y inversiones agrarias en función de la variación del tipo de conversión del ecu a la moneda española. Dicha modificación se justifica por la necesidad de adaptar la normativa nacional a los nuevos montantes comunitarios establecidos en el Reglamento (CEE) 870/93, que modifica el Reglamento (CEE) 2328/91. El Real Decreto 1887/1991 establecía límites en pesetas para las ayudas y inversiones, basados en ecus. Sin embargo, debido a la variación de los tipos de conversión, se generó la necesidad de actualizar dichos montantes. El Real Decreto 851/1993 introduce modificaciones en diversos artículos del Real Decreto 1887/1991, actualizando los montantes máximos de las ayudas y inversiones en función del nuevo tipo de conversión. Por ejemplo, en el artículo 10.2, el importe anterior era de 9.200.000 pesetas, y se actualiza a 10.160.000 pesetas. En el artículo 14.1, el importe anterior era de 9.200.000 pesetas, y se actualiza a 10.160.000 pesetas. En el artículo 15.4, el importe anterior era de 55.200.000 pesetas, y se actualiza a 60.960.000 pesetas. Estas actualizaciones se aplican a diferentes líneas de ayuda, como las ayudas a la instalación por vía asociativa de jóvenes, entre otras. Además, el Real Decreto 851/1993 introduce modificaciones en aspectos puntuales del Real Decreto 1887/1991, con el objetivo de perfeccionar el tratamiento de ciertas líneas de ayuda, mejorar la agilidad y eficacia de los mecanismos de financiación, y clarificar ciertos conceptos. Por ejemplo, se establece que las ayudas a la instalación por vía asociativa de jóvenes se aplicarán a todas las entidades indicadas en el artículo 36 del Real Decreto 1887/1991. También se introduce una disposición adicional segunda, que establece que hasta que se suscriban los convenios bilaterales contemplados en el artículo 35 del Real Decreto 1887/1991, los solicitantes de las ayudas expresamente reguladas en dicho Real Decreto podrán percibirlas hasta la cuantía resultante de aplicar los porcentajes correspondientes a la participación financiera del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, fijados en el apartado 3 del artículo 35. En cuanto a las solicitudes acogidas al Real Decreto 1887/1991, anteriores a la fecha de entrada en vigor del presente Real Decreto, se les aplicarán las condiciones favorables que les afecten de éste, según la disposición transitoria única. Finalmente, el Real Decreto 851/1993 entra en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Estado, y fue firmado por el Rey Juan Carlos y el Ministro de Agricultura, Pesca y Alimentación, Pedro Solbes Mira. **4. CONCLUSIÓN SIMPLE** El Real Decreto 851/1993 actualiza los montantes máximos de las ayudas y inversiones agrarias en función del tipo de conversión del ecu a la moneda española. Se modifica el Real Decreto 1887/1991 para adaptar la normativa nacional a los nuevos montantes comunitarios. Se introducen modificaciones puntuales para mejorar la eficacia y claridad de las ayudas. **5. PUNTOS CLAVE** ✅ **Actualización de montantes**: Se actualizan los montantes máximos de las ayudas y inversiones en función del tipo de conversión del ecu a la moneda española. ⚠️ **Adaptación a normativa comunitaria**: Se adapta la normativa española a los nuevos montantes establecidos en el Reglamento (CEE) 870/93. 📋 **Modificaciones puntuales**: Se introducen cambios en aspectos específicos del Real Decreto 1887/1991 para mejorar la eficacia de las ayudas. ℹ️ **Disposiciones transitorias**: Se establecen condiciones para la aplicación de las ayudas durante el período de transición. **6. FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Real Decreto 851/1993 - **Tipo**: Modificación de norma - **Fecha**: 4 de junio de 1993 - **Materias**: Agricultura, ayudas agrarias, política agraria común - **Relevancia**: ALTA **Palabras clave**: Real Decreto 851/1993, Real Decreto 1887/1991, ayudas agrarias, política agraria común, ecu, montantes máximos, adaptación normativa. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Antes de este Real Decreto de 1993, la normativa española, concretamente el Real Decreto 1887/1991, ya establecía límites para las ayudas a la mejora de estructuras agrarias, alineándose con el Reglamento (CEE) 2328/91. Esta modificación de 1993 surge para adaptar los límites monetarios españoles a las actualizaciones del Reglamento comunitario (CEE) 870/93, que ajustó los importes en ecus debido a variaciones en los tipos de conversión. A diferencia de las normativas autonómicas que podrían tener desarrollos específicos, esta norma estatal buscaba armonizar los máximos permitidos por la política agraria común, permitiendo a los agricultores españoles acceder a ayudas potencialmente mayores. La diferencia importa al ciudadano porque un límite de ayuda más alto puede significar un mayor apoyo financiero para inversiones en sus explotaciones, mejorando su competitividad y viabilidad. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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