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Real DecretoNacionalvigente

Real Decreto 1026/1993, de 25 de junio, sobre selección y reproducción de ganado equino de razas puras.

BOE-A-1993-19377Publicada: 23/07/1993MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-01 Fuente original: ES-BOE — Real Decreto 1026/1993, de 25 de junio, sobre selección y reproducción de ganado ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ **1. QUÉ RESUELVE** El Real Decreto 1026/1993 establece las condiciones zootécnicas y genealógicas para la selección y reproducción de ganado equino de razas puras, con el objetivo de regular los intercambios intracomunitarios de équidos, esperma, óvulos y embriones. Regula la inscripción en libros genealógicos, la definición de equidos registrados y la autorización de organismos responsables de dichas funciones. **2. CONTEXTO** Este Real Decreto transpone la Directiva 90/427/CEE del Consejo, que establece normas sobre condiciones zootécnicas y genealógicas para el intercambio de équidos dentro de la Comunidad Europea. La Directiva establece que los libros genealógicos pueden ser gestionados por asociaciones autorizadas o por servicios oficiales de los Estados miembros. En España, el Servicio de Cría Caballar del Ministerio de Defensa es considerado el servicio oficial correspondiente. La norma busca adaptar la legislación nacional a los estándares comunitarios, garantizando la pureza y la calidad de las razas equinas. **3. CONTENIDO JURÍDICO** El Real Decreto 1026/1993, de 25 de junio de 1993, se fundamenta en la Directiva 90/427/CEE del Consejo, de 26 de junio, relativa a las condiciones zootécnicas y genealógicas que regulan los intercambios intracomunitarios de équidos. Este Real Decreto establece las condiciones zootécnicas y genealógicas que regulan los intercambios comunitarios de équidos, de su esperma, sus óvulos y sus embriones (Artículo 1). En el Artículo 2, se define el concepto de "equido" como el animal doméstico de la especie equina o asnal o el obtenido del cruce de las mismas. Se define también el "equido registrado" como aquel inscrito o que pueda ser inscrito en un libro genealógico, identificado mediante el documento del anexo I. El "libro genealógico" se define como cualquier libro, registro, fichero o sistema informático llevado por una organización o asociación autorizada o reconocida oficialmente al menos por un Estado miembro o por un servicio oficial del mismo, y en el que se lleve a cabo la selección de raza (Artículo 2). Las Comunidades Autónomas realizarán las funciones correspondientes respecto a las organizaciones o asociaciones de su ámbito (Artículo 3). El Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación determinará los criterios básicos para la regulación de los libros y registros genealógicos, así como para el control de rendimientos y valoración de los reproductores inscritos (Artículo 8). La Disposición adicional primera establece que los artículos 2, 3, 6 y 8 tienen carácter de normativa básica estatal, de conformidad con el artículo 149.1.13 de la Constitución. La Disposición adicional segunda permite la creación de un libro genealógico o registro fundacional para razas autóctonas sin genealogía conocida, hasta que cumplan los requisitos generales del Real Decreto. La Disposición derogatoria única deroga cuantas disposiciones de igual o inferior rango se opongan a lo establecido en el Real Decreto. La Disposición final primera faculta al Ministro de Agricultura, Pesca y Alimentación para dictar disposiciones necesarias y adoptar medidas para el desarrollo del Real Decreto, incluida la modificación de los anexos I y II. La Disposición final segunda establece que el Real Decreto entrará en vigor el día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial del Estado. **4. CONCLUSIÓN SIMPLE** El Real Decreto 1026/1993 transpone la Directiva 90/427/CEE, estableciendo normas sobre selección y reproducción de ganado equino. Regula la inscripción en libros genealógicos y define los criterios para la pureza de las razas. Es una norma clave en la regulación de équidos en España. **5. PUNTOS CLAVE** ✅ **Transposición de la Directiva 90/427/CEE**: El Real Decreto se fundamenta en la normativa comunitaria sobre condiciones zootécnicas y genealógicas. ⚠️ **Derogación de normas anteriores**: Se derogaron disposiciones que se oponían a la nueva normativa. 📋 **Definición de términos clave**: Se establecen conceptos como "equido", "equido registrado" y "libro genealógico". ℹ️ **Autorización de organismos**: Las Comunidades Autónomas y el Ministerio de Agricultura pueden gestionar las funciones relacionadas con los libros genealógicos. **6. FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Real Decreto - **Tipo**: Norma de aplicación - **Fecha**: 25 de junio de 1993 - **Materias**: Ganadería, equinos, libros genealógicos, intercambio comunitario - **Relevancia**: ALTA - **Palabras clave**: Real Decreto 1026/1993, Directiva 90/427/CEE, libros genealógicos, equidos, selección de razas, intercambio comunitario ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Antes de este Real Decreto de 1993, la regulación de la selección y reproducción de ganado equino de razas puras en España se basaba en normativas internas que debían adaptarse a la creciente armonización europea. La Directiva 90/427/CEE sentó las bases para la transposición de la normativa comunitaria, permitiendo que los libros genealógicos fueran gestionados tanto por entidades privadas autorizadas como por servicios oficiales estatales, como el Servicio de Cría Caballar del Ministerio de Defensa. Esta norma, aprobada por el Consejo de Ministros, unifica criterios a nivel nacional, a diferencia de otras Comunidades Autónomas que podrían tener normativas específicas dentro de su ámbito competencial. La diferencia es crucial para el ciudadano, ya que garantiza la uniformidad en el reconocimiento de los équidos registrados y sus intercambios intracomunitarios, facilitando la trazabilidad y el comercio de animales de raza pura en toda la Unión Europea. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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