Real DecretoNacionalvigente

Real Decreto 144/2023, de 28 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de los Institutos de Medicina Legal y Ciencias Forenses.

BOE-A-2023-5368Publicada: 01/03/2023Ministerio de Justicia

¿Qué dice esta ley?

**¿Qué es?** Es el reglamento que regula el funcionamiento de los Institutos de Medicina Legal y Ciencias Forenses, aprobado por Real Decreto el 28 de febrero de 2023. Estos institutos son organismos técnicos especializados dependientes del Ministerio de Justicia o de las comunidades autónomas con competencias en justicia, cuya tarea principal es apoyar a los tribunales mediante la realización de pruebas periciales médicas —clínicas, de patología y de laboratorio— y también llevan a cabo funciones de enseñanza e investigación en ciencias forenses. **¿A quién afecta?** Afecta directamente a los propios institutos y a sus profesionales: médicos forenses, psicólogos, trabajadores sociales y otros especialistas integrados en ellos. También afecta a la Administración de Justicia en su conjunto, ya que estos institutos le prestan servicios periciales. Igualmente puede afectar a particulares, puesto que la normativa contempla la posibilidad de que ciudadanos y aseguradoras soliciten informes periciales a los institutos de forma extrajudicial, en concreto para la valoración de daños derivados de accidentes de tráfico. **¿Qué cambia o establece?** El nuevo reglamento actualiza el marco anterior (vigente desde 1996) para adaptarlo a todos los cambios legislativos y sociales ocurridos desde entonces. Entre las novedades más destacadas: se incorporan equipos multidisciplinares con psicólogos y trabajadores sociales para atender casos de violencia de género, menores y personas con discapacidad; se exige que los nuevos médicos forenses posean además el título de especialista en Medicina Legal y Forense; se permite que los institutos se acrediten como unidades de formación sanitaria especializada; y se integra la protección integral de la infancia y la adolescencia frente a la violencia como ámbito de actuación de estos organismos.

💬 Contexto ciudadano

Los Institutos de Medicina Legal operaban sin un marco orgánico unificado desde la Ley 38/1988 de Demarcación Judicial. El RD 144/2023 desarrolla la Ley Orgánica 7/2015 estableciendo equipos multidisciplinares especializados en violencia de género, menores y personas con discapacidad, incorporando psicólogos forenses de forma reglamentaria. Comparado con el Instituto Nacional de Medicina Legal portugués o los services médicaux légaux franceses —dependientes del sistema sanitario—, España opta por una estructura dependiente del Ministerio de Justicia. La novedad principal respecto al anterior RD 386/1996 es la obligatoriedad de los equipos psicosociales en todos los institutos territoriales, alineándose con el Convenio de Estambul de 2011. La medida tiene especial relevancia en el contexto del incremento de causas judiciales por violencia de género donde el informe forense multidisciplinar resulta determinante para la protección efectiva de las víctimas.

Comparte:🦋 Bluesky𝕏 Twitterin LinkedIn

¿Esta ley afecta a tu empresa o clientes?

Consulta el articulado completo con jurisprudencia del Tribunal Supremo, doctrina DGT y resoluciones TEAC en Atlas Iuris.

Explorar Atlas Iuris →