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Ley OrdinariaNacionalvigente

Ley 2/1993, de 30 de marzo, de creación del Parque Balear de Innovación Tecnológica.

BOE-A-1993-21446Publicada: 18/08/1993COMUNIDAD AUTÓNOMA DE LAS ISLAS BALEARES

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-01 Fuente original: ES-BOE — Ley 2/1993, de 30 de marzo, de creación del Parque Balear de Innovación Tecnológ ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** La Ley 2/1993, de 30 de marzo, crea el Parque Balear de Innovación Tecnológica (PBIT) con el objetivo de fomentar la innovación, la investigación y el desarrollo en las Islas Baleares, promoviendo la atracción de empresas de alto valor añadido y profesionales cualificados. 2. **CONTEXTO** La transición de la sociedad industrial a la informacional exige adaptaciones a las nuevas tecnologías, especialmente en telecomunicaciones e informática. La Ley busca mejorar la calidad de vida y la competitividad económica mediante la promoción de empleo, diversificación de fuentes de riqueza y cualificación de recursos humanos. Para lograrlo, se establece el PBIT como instrumento de desarrollo económico, alineado con políticas de otras regiones dinámicas. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** La Ley 2/1993, de 30 de marzo, de creación del Parque Balear de Innovación Tecnológica, establece un marco legal para la promoción de la innovación y el desarrollo tecnológico en las Islas Baleares. La norma se fundamenta en el artículo 27.2 del Estatuto de Autonomía, que otorga al Presidente de la Comunidad Autónoma la facultad de promulgar leyes en materia de desarrollo económico y social. El PBIT se define como un espacio destinado a la investigación, desarrollo y transferencia de tecnología, con el objetivo de fomentar la creación de empleo y la diversificación económica. Para su ubicación, se establecen criterios específicos que buscan garantizar su eficacia y viabilidad. Estos incluyen la proximidad a una ciudad de tamaño medio o pequeño, la disponibilidad de una red moderna de telecomunicaciones con la Universidad de las Islas Baleares, la incidencia positiva en el desarrollo territorial, un entorno ambiental agradable y la colaboración de los Ayuntamientos implicados. Además, se exige que el emplazamiento esté bien comunicado por transporte público, minimice riesgos de inundaciones y cuente con servicios básicos como agua, electricidad, telecomunicaciones, gas, depuración y alcantarillado. Se busca también evitar impactos ambientales negativos, especialmente en áreas con alto valor natural. La Ley establece que el PBIT debe ser un núcleo inicial y difusor de la innovación, vinculado a la actividad universitaria y de investigación, y que permita la creación de empleo y la atracción de empresas de alto valor añadido. Para garantizar su éxito, se exige que se cumplan los objetivos con el menor coste posible para el Gobierno de la Comunidad. En cuanto a la regulación de la actividad dentro del PBIT, se establecen normas de uso y desarrollo que deben ser aprobadas por el órgano competente, garantizando que se respeten los principios de sostenibilidad, calidad y eficiencia. La norma también establece que el PBIT debe ser un referente para el desarrollo tecnológico en la región, alineado con las políticas de otras regiones europeas que han implementado parques tecnológicos exitosos. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** La Ley 2/1993 crea el Parque Balear de Innovación Tecnológica como herramienta de desarrollo económico y tecnológico. Establece criterios para su ubicación y funcionamiento, con el objetivo de fomentar la innovación, la atracción de empresas y profesionales cualificados, y la mejora de la competitividad de la economía balearia. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ Creación del Parque Balear de Innovación Tecnológica como instrumento de desarrollo económico. ⚠️ Establecimiento de criterios específicos para la ubicación del PBIT, incluyendo proximidad a ciudades, infraestructura de telecomunicaciones y minimización de riesgos ambientales. 📋 Regulación de la actividad dentro del PBIT, con normas de uso y desarrollo aprobadas por el órgano competente. ℹ️ Alineación con políticas de otras regiones europeas que han implementado parques tecnológicos exitosos. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Comunidad Autónoma de las Islas Baleares - **Fuente**: Ley 2/1993, de 30 de marzo - **Tipo**: Ley Ordinaria Nacional - **Fecha**: 30 de marzo de 1993 - **Materias**: Desarrollo económico, innovación tecnológica, investigación, infraestructura, urbanismo - **Relevancia**: ALTA - **Palabras clave**: Parque Balear de Innovación Tecnológica, desarrollo económico, innovación, investigación, infraestructura, urbanismo, sostenibilidad, competitividad, empleo, tecnología, telecomunicaciones, universidad, empresas de alto valor añadido ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Antes de la Ley 2/1993, la creación de parques tecnológicos en España era una iniciativa incipiente, con ejemplos notables como el Parque Tecnológico de Andalucía en Málaga, pero sin una estrategia estatal unificada ni una proliferación comparable a la de otras regiones europeas más dinámicas como la Costa Azul francesa o zonas de Italia y Japón, que ya contaban con numerosos parques. Esta ley balear, aprobada por el Parlamento de las Islas Baleares, se alinea con la tendencia regional de desarrollo económico impulsada por las nuevas tecnologías, a diferencia de enfoques más centralizados observados en Japón. La diferencia radica en que esta norma autonómica crea un instrumento específico para atraer empresas de alto valor añadido y profesionales cualificados, buscando diversificar la economía insular más allá del turismo, lo cual es crucial para el ciudadano balear al ofrecer oportunidades de empleo cualificado y potenciar la competitividad de su territorio en el mercado único europeo. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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