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Orden MinisterialNacionalvigente

Orden 93/1993, de 21 de septiembre, por la que se establece una nueva clasificación de las Bases Aéreas y Aeródromos Militares del Ejército del Aire.

BOE-A-1993-23765Publicada: 28/09/1993MINISTERIO DE DEFENSA

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-01 Fuente original: ES-BOE — Orden 93/1993, de 21 de septiembre, por la que se establece una nueva clasificac ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** La Orden 93/1993, de 21 de septiembre, establece una nueva clasificación de las Bases Aéreas y Aeródromos Militares del Ejército del Aire, derogando disposiciones anteriores y adaptando la clasificación a la organización actual de la Fuerza Aérea. 2. **CONTEXTO** El Real Decreto 494/1984, de 22 de febrero, establece que las Bases Aéreas y los Aeródromos Militares son elementos fundamentales de la infraestructura operativa del Ejército del Aire. La clasificación previa, establecida por la Orden 2321/1967, había sufrido modificaciones que ya no se ajustaban a la organización actual del Ejército del Aire. Por ello, se decidió actualizar dicha clasificación. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** La Orden 93/1993, de 21 de septiembre, introduce una nueva clasificación de las Bases Aéreas y Aeródromos Militares del Ejército del Aire, sustituyendo la anterior establecida en la Orden 2321/1967, modificada en varias ocasiones. La nueva clasificación se basa en las definiciones de "Base Aérea" y "Aeródromo Militar" contenidas en el artículo 9 del Real Decreto 494/1984, que establece que las Bases Aéreas son instalaciones que cumplen funciones operativas, logísticas, de entrenamiento o de apoyo, mientras que los Aeródromos Militares son instalaciones destinadas al aterrizaje y despegue de aeronaves. La Orden establece una lista de Bases Aéreas, entre las que se incluyen Albacete, Alcantarilla, Armilla, Cuatro Vientos, Gando, Getafe, Málaga, Manises, Matacán, Morón, San Javier, Son San Juan, Talavera la Real, Torrejón y Villanubla, así como Zaragoza. Por otro lado, se mencionan los Aeródromos Militares como Lanzarote, León, Pollensa, Reus, Santiago. La Orden también establece que quedan derogadas las Ordenes 2321/1967, modificada por las Ordenes 106/1969, 1017/1969, 1492/1969, 1872/1973 y 863/1976, así como otras disposiciones de igual o inferior rango que se opongan a lo establecido en esta Orden. La nueva clasificación se introduce con el objetivo de adaptarla a las necesidades y circunstancias actuales de la Fuerza Aérea, garantizando una organización operativa más eficiente y actualizada. La Orden entrará en vigor el día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial del Estado. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** La Orden 93/1993 actualiza la clasificación de las Bases Aéreas y Aeródromos Militares del Ejército del Aire, sustituyendo disposiciones anteriores. La nueva clasificación se basa en el Real Decreto 494/1984 y se adapta a la organización actual de la Fuerza Aérea. La Orden entra en vigor al día siguiente de su publicación. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Nueva clasificación**: Se establece una nueva clasificación de Bases Aéreas y Aeródromos Militares del Ejército del Aire. ⚠️ **Derogación de normas anteriores**: Se derogan las Ordenes 2321/1967 y otras disposiciones que ya no se ajustan a la organización actual. 📋 **Base legal**: La clasificación se basa en el artículo 9 del Real Decreto 494/1984. ℹ️ **Entrada en vigor**: La Orden entra en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial del Estado. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Militar (Ejército del Aire) - **Fuente**: Orden Ministerial - **Tipo**: Orden Ministerial - **Fecha**: 21 de septiembre de 1993 - **Materias**: Organización del Ejército del Aire, infraestructura militar, clasificación de bases y aeródromos - **Relevancia**: ALTA - **Palabras clave**: Bases Aéreas, Aeródromos Militares, Ejército del Aire, Orden Ministerial, clasificación, derogación, infraestructura militar ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Antes de esta Orden de 1993, la clasificación de las Bases y Aeródromos Militares del Ejército del Aire se regía por la Orden de 1967, la cual había quedado desfasada ante la evolución organizativa. Esta normativa estatal, aprobada por el Ministerio de Defensa, no tiene un paralelo directo en normativas autonómicas específicas, ya que la gestión de infraestructuras militares es competencia exclusiva del Estado. Tampoco existe una directiva de la UE que regule este tipo de clasificaciones internas militares. La diferencia es relevante para el ciudadano porque una clasificación actualizada y precisa de estas instalaciones es fundamental para la planificación operativa, la seguridad y la asignación de recursos del Ejército del Aire, impactando indirectamente en la eficiencia y capacidad de defensa del país. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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