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Real DecretoNacionalvigente

Real Decreto 1852/1993, de 22 de octubre, sobre producción agrícola ecológica y su indicación en los productos agrarios y alimenticios.

BOE-A-1993-28231Publicada: 26/11/1993Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-01 Fuente original: ES-BOE — Real Decreto 1852/1993, de 22 de octubre, sobre producción agrícola ecológica y ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** El Real Decreto 1852/1993, de 22 de octubre, establece un marco legal para la producción agrícola ecológica en España, regulando la indicación de productos ecológicos, creando la Comisión Reguladora de la Agricultura Ecológica (CRAE) y estableciendo mecanismos de control y supervisión. 2. **CONTEXTO** Antes de este Real Decreto, la agricultura ecológica en España estaba regulada por el Real Decreto 759/1988 y la Orden ministerial de 1989, que permitían la denominación genérica "Agricultura Ecológica". Además, el Reglamento (CEE) 2092/91, de 1991, establecía normas sobre producción ecológica, etiquetado y control. Este Real Decreto busca adaptarse a dichas normas y facilitar su aplicación en el territorio nacional. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** El Real Decreto 1852/1993, de 22 de octubre, regula la producción agrícola ecológica y su indicación en productos agrarios y alimenticios. Este Real Decreto se fundamenta en el Reglamento (CEE) 2092/91, que establece normas sobre producción ecológica, etiquetado, control y importación de productos ecológicos. El objetivo principal es garantizar la calidad, seguridad y transparencia de los productos ecológicos en el mercado español. El Real Decreto establece que el control de los productos ecológicos será ejercido por autoridades competentes, y en su caso, podrán delegar dicho control en entidades privadas bajo su autorización y supervisión. Esta delegación facilita la participación de las Comunidades Autónomas en la regulación del sector, ya que las mismas pueden designar autoridades y entidades de control. Además, el Real Decreto prevé la creación de la Comisión Reguladora de la Agricultura Ecológica (CRAE), un órgano colegiado adscrito al Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, encargado de asesorar en materia de agricultura ecológica. La CRAE tendrá un presidente designado por el Ministro, y las Comunidades Autónomas podrán designar representantes en la Comisión. La CRAE contará con un máximo de veinte vocales, nombrados por el presidente entre especialistas reconocidos en la materia. El secretario de la CRAE será un funcionario de la Secretaría General de Alimentación, con voz pero sin voto. El presidente podrá crear grupos de trabajo con expertos en áreas específicas, para facilitar la aplicación y desarrollo de las normas. Además, el Real Decreto faculta al Ministro para dictar normas necesarias para su aplicación y desarrollo, y establece que entrará en vigor el día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial del Estado. Este Real Decreto busca facilitar la difusión y conocimiento de las normas establecidas en el Reglamento (CEE) 2092/91, adaptándolas al contexto nacional. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** El Real Decreto 1852/1993 establece un marco legal para la producción ecológica en España, crea la CRAE y establece mecanismos de control. Se basa en el Reglamento (CEE) 2092/91 y busca facilitar su aplicación en el territorio nacional. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Regulación de la producción ecológica**: El Real Decreto establece normas para la producción, etiquetado y control de productos ecológicos. ⚠️ **Control por autoridades y entidades privadas**: El control puede delegarse en entidades privadas bajo autorización y supervisión. 📋 **Creación de la CRAE**: Se establece un órgano colegiado para asesorar en materia de agricultura ecológica. ℹ️ **Adaptación al Reglamento (CEE) 2092/91**: El Real Decreto reproduce y adapta normas del Reglamento europeo para su aplicación en España. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Real Decreto - **Tipo**: Reglamento de desarrollo - **Fecha**: 22 de octubre de 1993 - **Materias**: Agricultura ecológica, etiquetado, control de productos, Comunidades Autónomas - **Relevancia**: ALTA Palabras totales: 680 ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Antes de este Real Decreto de 1993, la agricultura ecológica en España se regía principalmente por el Real Decreto 759/1988 y una Orden ministerial de 1989, que la vinculaban a las denominaciones de origen. La normativa europea, concretamente el Reglamento (CEE) 2092/91, supuso un avance significativo al establecer un marco unificado para la producción, etiquetado y control, permitiendo la delegación de la supervisión en entidades privadas. Si bien este reglamento europeo tenía aplicabilidad directa, el Real Decreto 1852/1993, aprobado por el Consejo de Ministros a propuesta del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación y tras consulta a las Comunidades Autónomas, buscaba facilitar su implementación y difusión a nivel nacional. La diferencia para el ciudadano radica en la mayor claridad y uniformidad de las normas, garantizando una protección más sólida de los productos ecológicos y facilitando su comercialización tanto dentro como fuera de España, al armonizar las normativas autonómicas con el estándar europeo. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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