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Orden MinisterialNacionalvigente

Orden de 18 de noviembre de 1993 por la que se crea la Comisión Ministerial de Retribuciones del Departamento.

BOE-A-1993-27634Publicada: 19/11/1993MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-01 Fuente original: ES-BOE — Orden de 18 de noviembre de 1993 por la que se crea la Comisión Ministerial de R ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** La Orden Ministerial de 18 de noviembre de 1993 crea la Comisión Ministerial de Retribuciones del Departamento, estableciendo su composición, funciones y estructura de dependencia, con el objetivo de regular las remuneraciones del personal del Ministerio de la Presidencia. 2. **CONTEXTO** La Orden se emite en virtud del Real Decreto 1486/1993, de 3 de septiembre, que establece la estructura orgánica básica del Ministerio de la Presidencia. Dicha norma requiere la regulación de la Comisión Ministerial de Retribuciones para adecuarla a las disposiciones vigentes. La Orden se publica en el Boletín Oficial del Estado y entra en vigor al día siguiente de su publicación. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** La Orden Ministerial de 18 de noviembre de 1993 establece la creación de la Comisión Ministerial de Retribuciones del Departamento, con la finalidad de regular la composición, funciones y organización de dicha Comisión. La norma se fundamenta en el Real Decreto 1486/1993, de 3 de septiembre, que establece la estructura orgánica del Ministerio de la Presidencia. La Comisión Ministerial de Retribuciones se compone de un Presidente, Vicepresidente, Vocales y un Secretario. El Presidente es el Subsecretario, el Vicepresidente el Director general de Servicios, y los Vocales incluyen representantes de distintos organismos y órganos del Departamento, como la Subsecretaría, las Secretarías Generales, los Directores de Organismos autónomos y Entidades públicas, entre otros. El Secretario es el Subdirector general de Personal y Asuntos Generales, quien actúa con voz y voto. Los Vocales deben tener al menos categoría de Subdirector general y ser designados por el Ministro del Departamento, a propuesta de los titulares de los órganos respectivos. La Comisión Ministerial de Retribuciones depende directamente del Ministerio de la Presidencia y tiene funciones como la elaboración de propuestas de gratificación, la aprobación de dichas propuestas y la elaboración de criterios generales para el complemento de productividad. Bajo la dependencia de la Comisión Ministerial de Retribuciones se crea una Comisión Ejecutiva, que tiene una composición similar, con el Presidente y Vicepresidente idénticos y vocales incluyendo representantes de los Centros directivos del Departamento. La Comisión Ejecutiva puede asumir funciones delegadas por la Comisión Ministerial de Retribuciones. La Comisión Ministerial de Retribuciones puede delegar funciones en la Comisión Ejecutiva con carácter ordinario. Los Vocales pueden ser sustituidos por funcionarios con nivel orgánico de Subdirector general o asimilado. La sustitución del Interventor delegado corresponde al Interventor adjunto, y la del Secretario al Subdirector general adjunto de Personal y Asuntos Generales. La Comisión Ministerial de Retribuciones se regirá por las normas establecidas en el capítulo II del título II de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, con excepción de las peculiaridades previstas en la presente Orden. La norma entra en vigor el día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial del Estado, y se emitió en Madrid el 18 de noviembre de 1993. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** La Orden Ministerial de 18 de noviembre de 1993 crea la Comisión Ministerial de Retribuciones del Departamento, estableciendo su composición, funciones y estructura. La norma se fundamenta en el Real Decreto 1486/1993 y se regula bajo la Ley 30/1992. La Comisión se encarga de la elaboración de propuestas de gratificación y criterios de complemento de productividad. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Creación de la Comisión Ministerial de Retribuciones**: Se establece la estructura y composición de la Comisión, con Presidente, Vicepresidente, Vocales y Secretario. ⚠️ **Funciones específicas**: La Comisión tiene funciones como la elaboración de propuestas de gratificación y la aprobación de criterios de complemento de productividad. 📋 **Dependencia y delegación**: La Comisión puede delegar funciones en la Comisión Ejecutiva, que opera bajo su dependencia directa. ℹ️ **Regulación legal**: La norma se regula bajo la Ley 30/1992 y el Real Decreto 1486/1993, con excepción de sus peculiaridades. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Orden Ministerial - **Tipo**: Norma reglamentaria - **Fecha**: 18 de noviembre de 1993 - **Materias**: Administración pública, retribuciones, organismos autónomos, funciones públicas - **Relevancia**: ALTA Palabras totales: 685 ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Antes de esta Orden Ministerial de 1993, la regulación de las retribuciones en el Ministerio de la Presidencia se basaba en el Real Decreto 469/1987, que establecía un marco general para las comisiones interministeriales y ministeriales de retribuciones. Esta norma estatal, que afectaba a todos los ministerios, se complementaba con la estructura orgánica del propio departamento, determinada por el Real Decreto 1486/1993. A diferencia de otras Comunidades Autónomas que podrían tener sus propios órganos de gestión retributiva, esta orden se centra en el ámbito nacional y en la estructura específica del Ministerio de la Presidencia, aprobado por el Ministro para las Administraciones Públicas. La creación de esta comisión ministerial y su comisión ejecutiva es relevante para el ciudadano porque define los órganos encargados de estudiar y aprobar las propuestas de gratificación al personal, lo que indirectamente puede influir en la eficiencia y la motivación del servicio público que reciben. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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