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Ley OrdinariaNacionalvigente

Ley 10/1993, de 8 de octubre, reguladora del acceso al entorno de las personas con disminución visual acompañadas de perros lazarillo.

BOE-A-1993-26844Publicada: 10/11/1993COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CATALUÑA

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-01 Fuente original: ES-BOE — Ley 10/1993, de 8 de octubre, reguladora del acceso al entorno de las personas c ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ **1. QUÉ RESUELVE** La Ley 10/1993, de 8 de octubre, establece normas para garantizar el acceso al entorno de las personas con disminución visual acompañadas de perros lazarillo, asegurando su integración social y accesibilidad. **2. CONTEXTO** La norma se inscribe en el marco constitucional y autonómico que reconoce los derechos de las personas con discapacidad. El artículo 49 de la Constitución y el artículo 8.2 del Estatuto de Autonomía de Cataluña garantizan la igualdad y la participación efectiva de las personas con discapacidad. La Ley 13/1982 y el Decreto 100/1984 han sido anteriores referentes en materia de accesibilidad. La Ley 26/1985, de servicios sociales, también establece una política integrada en Cataluña. La presente ley busca complementar y desarrollar estas normativas en el ámbito específico de las personas con disminución visual y sus perros lazarillo. **3. CONTENIDO JURÍDICO** La Ley 10/1993, de 8 de octubre, regula el acceso al entorno de las personas con disminución visual acompañadas de perros lazarillo, estableciendo un marco legal que garantiza su integración social y accesibilidad. La norma se fundamenta en el artículo 49 de la Constitución, que reconoce el derecho a la realización personal completa y a la integración total de las personas con discapacidad, y en el artículo 8.2 del Estatuto de Autonomía de Cataluña, que establece la obligación de la Generalidad de remover obstáculos que dificulten la plenitud del individuo. Además, el artículo 9.25 del Estatuto otorga a la Generalidad competencia exclusiva en materia de asistencia social. La ley establece que las administraciones públicas deben garantizar el acceso al entorno de estas personas, incluyendo la adaptación de espacios, la eliminación de barreras arquitectónicas y la facilitación de la movilidad. En el ámbito de la sanción, el artículo 2 establece que en la resolución de los expedientes sancionadores se tendrán en cuenta los informes emitidos por los distintos departamentos afectados, que son preceptivos pero no vinculantes. El artículo 14 establece la prescripción de las infracciones administrativas: las leves prescriben a los seis meses, las graves al año y las muy graves a los dos años. En materia de promoción, la disposición adicional primera establece que el Gobierno de la Generalidad promoverá campañas informativas y educativas para sensibilizar a la población sobre las personas con disminución visual y sus perros lazarillo. Además, el gobierno puede actualizar por decreto los máximos de las sanciones pecuniarias establecidas en el artículo 9. La disposición adicional segunda establece que el cumplimiento de la garantía de accesibilidad no perjudica lo establecido en la Ley 20/1991, de promoción de la accesibilidad y de supresión de barreras arquitectónicas. Finalmente, la disposición final faculta al gobierno y a los consejeros competentes para dictar normas necesarias para la aplicación de la ley. **4. CONCLUSIÓN SIMPLE** La Ley 10/1993 establece un marco legal para garantizar el acceso al entorno de las personas con disminución visual acompañadas de perros lazarillo. Establece normas de accesibilidad, sanciones y promoción de la sensibilización social. Es una norma de relevancia alta en el ámbito autonómico y social. **5. PUNTOS CLAVE** ✅ **Garantía de acceso**: La ley establece que las personas con disminución visual acompañadas de perros lazarillo deben tener acceso al entorno sin barreras. ⚠️ **Sanciones administrativas**: Se establecen plazos de prescripción para infracciones leves, graves y muy graves. 📋 **Promoción social**: El gobierno debe promover campañas informativas para sensibilizar a la población. ℹ️ **Compatibilidad con otras normas**: El cumplimiento de esta ley no perjudica lo establecido en la Ley 20/1991. **6. FICHA** - **Jurisdicción**: Autonómica (Cataluña) - **Fuente**: Ley 10/1993 - **Tipo**: Ley Ordinaria - **Fecha**: 8 de octubre de 1993 - **Materias**: Discapacidad, accesibilidad, derechos de las personas con discapacidad, perros lazarillo - **Relevancia**: ALTA **Palabras totales**: 680 ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Antes de esta ley catalana de 1993, la normativa estatal principal era la Ley 13/1982, de integración social de los minusválidos, y en Cataluña existían antecedentes como el Decreto 100/1984 sobre supresión de barreras arquitectónicas y la Ley 26/1985 de servicios sociales, culminando en la Ley 20/1991 de accesibilidad. A diferencia de otras Comunidades Autónomas que pudieron haber desarrollado normativas similares posteriormente, o de la ausencia de una directiva europea específica en ese momento que abordara directamente el acceso con perros guía, esta ley catalana, aprobada por el Parlamento de Cataluña, supuso un avance significativo al reconocer explícitamente el derecho de las personas con discapacidad visual a acceder a entornos públicos y privados acompañadas de sus perros lazarillo. Esta diferencia es crucial para el ciudadano, ya que establece un derecho concreto y exigible que facilita su autonomía y plena participación social, eliminando barreras físicas y de acceso que antes podían impedir su movilidad. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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