Real Decreto 1769/1993, de 8 de octubre, por el que se modifica el Real Decreto 211/1992, de 6 de marzo, por el que se aprueba la lista de sustancias permitidas para la fabricación de materiales y objetos plásticos destinados a entrar en contacto con los alimentos y se regulan determinadas condiciones de ensayo.
¿Qué dice esta ley?
═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-01 Fuente original: ES-BOE — Real Decreto 1769/1993, de 8 de octubre, por el que se modifica el Real Decreto ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** El Real Decreto 1769/1993 modifica el Real Decreto 211/1992 para incorporar las modificaciones introducidas por la Directiva 92/39/CEE de la Comisión, que actualiza la lista de sustancias permitidas en materiales plásticos destinados a entrar en contacto con alimentos. 2. **CONTEXTO** El Real Decreto 211/1992 establecía la lista de sustancias permitidas para la fabricación de materiales y objetos plásticos destinados a entrar en contacto con alimentos, así como condiciones de ensayo. Este Real Decreto fue trasladado de las Directivas comunitarias 82/711/CEE, 85/572/CEE y 90/128/CEE. La Directiva 92/39/CEE modificó la Directiva 90/128/CEE, incorporando nuevos monómeros y sustancias, lo que generó la necesidad de actualizar el Real Decreto 211/1992. Por ello, se promulga el Real Decreto 1769/1993 para incorporar dichas modificaciones. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** El Real Decreto 1769/1993, de 8 de octubre de 1993, modifica el Real Decreto 211/1992, de 6 de marzo de 1992, para actualizar la lista de sustancias permitidas en materiales plásticos destinados a entrar en contacto con alimentos, en línea con la Directiva 92/39/CEE. El Real Decreto 211/1992 trasponía las Directivas comunitarias 82/711/CEE, 85/572/CEE y 90/128/CEE, que establecían normas sobre migración de constituyentes, simulantes para controlar migración y listas de sustancias permitidas. La Directiva 92/39/CEE modificó la Directiva 90/128/CEE, incorporando nuevos monómeros y sustancias, modificando la columna de restricciones, suprimiendo algunas sustancias y ampliando la sección B del anexo II. Por ello, se necesitaba actualizar el Real Decreto 211/1992 para reflejar estas modificaciones. El Real Decreto 1769/1993 se dicta en virtud del artículo 40.4 de la Ley 14/1986, de 25 de abril, General de Sanidad, y al amparo del artículo 149.1.16. de la Constitución. La modificación se realiza a propuesta de los Ministros de Sanidad y Consumo, de Industria y Energía y de Agricultura, Pesca y Alimentación, tras escuchar a los sectores afectados y con informe de la Comisión Interministerial para la Ordenación Alimentaria. El Real Decreto 1769/1993 incluye disposiciones adicionales, transitorias y derogatorias. La disposición adicional primera establece que a partir del 1 de enero de 1997, solo se podrán utilizar los monómeros y sustancias de partida enumerados en la sección A del anexo II del Real Decreto 211/1992. Las sustancias de la sección B podrán suprimirse antes del 1 de enero de 1997, aunque se permite prorrogar el plazo en algunos casos. La disposición transitoria única autoriza el comercio y uso de materiales plásticos fabricados con el Real Decreto 211/1992 hasta el 31 de marzo de 1995, permitiendo el uso de todas las sustancias de las secciones A y B del anexo II. La disposición derogatoria única anula disposiciones de igual o inferior rango que se opongan al nuevo Real Decreto. Finalmente, el Real Decreto entra en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial del Estado, sin perjuicio de lo establecido en la disposición transitoria única. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** El Real Decreto 1769/1993 modifica el Real Decreto 211/1992 para incorporar las actualizaciones introducidas por la Directiva 92/39/CEE. Establece plazos para la supresión de ciertas sustancias y permite la prorrogación en algunos casos. Además, establece un periodo transitorio para el uso de materiales fabricados con el Real Decreto 211/1992. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Modificación de norma**: El Real Decreto 1769/1993 actualiza el Real Decreto 211/1992 para incorporar las modificaciones de la Directiva 92/39/CEE. ⚠️ **Plazos de supresión**: A partir del 1 de enero de 1997, solo se podrán utilizar las sustancias de la sección A del anexo II. 📋 **Disposiciones transitorias**: Se permite el uso de materiales fabricados con el Real Decreto 211/1992 hasta el 31 de marzo de 1995. ℹ️ **Derogación de normas**: Se derogaron disposiciones de igual o inferior rango que se oponían al nuevo Real Decreto. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: España - **Fuente**: Real Decreto 1769/1993 - **Tipo**: Norma básica - **Fecha**: 8 de octubre de 1993 - **Materias**: Alimentación, seguridad alimentaria, materiales plásticos, normativa sanitaria - **Relevancia**: ALTA **Palabras totales**: 680 ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. 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💬 Contexto ciudadano
El Real Decreto 1769/1993, de 8 de octubre, modifica el Real Decreto 211/1992, que establecía la lista de sustancias permitidas para plásticos en contacto con alimentos. El RD 211/1992 ya transponía directivas europeas clave como la 82/711/CEE, 85/572/CEE y 90/128/CEE, sentando una base nacional alineada con la normativa comunitaria. La presente modificación responde a la necesidad de incorporar la Directiva 92/39/CEE, que actualizaba la lista de monómeros y sustancias, adaptando así la legislación española a los avances y requisitos de la Unión Europea. Esta actualización es crucial para el ciudadano, ya que garantiza la seguridad alimentaria al asegurar que los materiales plásticos utilizados en envases y utensilios no liberan sustancias nocivas en los alimentos, protegiendo su salud y facilitando el comercio al mantener la coherencia regulatoria con el resto de Estados miembros. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────