Ley 13/1993, de 17 de diciembre, por la que se autoriza la contribución de España en el Fondo Multilateral de Inversiones por un importe de 50 millones de dólares.
¿Qué dice esta ley?
═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-01 Fuente original: ES-BOE — Ley 13/1993, de 17 de diciembre, por la que se autoriza la contribución de Españ ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** La Ley 13/1993 autoriza la contribución de España al Fondo Multilateral de Inversiones en un monto de 50 millones de dólares, con la posibilidad de pago en pesetas, y establece mecanismos para su ejecución. 2. **CONTEXTO** La Ley fue promulgada el 17 de diciembre de 1993, en el marco de la participación de España en el Fondo Multilateral de Inversiones, un instrumento financiero creado por Estados Unidos para apoyar a países en desarrollo de América Latina y el Caribe. España ya colaboraba con estos países a través de tratados de cooperación y acuerdos multilaterales. La Ley se aprobó tras el acuerdo del Consejo de Ministros y se publicó en el Boletín Oficial del Estado. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** La Ley 13/1993, de 17 de diciembre, establece que España contribuirá al Fondo Multilateral de Inversiones con un monto de 50 millones de dólares, según lo acordado en el Convenio Constitutivo del Fondo. El artículo 1 establece que la contribución se realizará de conformidad con el artículo 2, sección 2.c del Convenio Constitutivo, lo que permite el pago en pesetas. El artículo 2 autoriza al Banco de España para efectuar los desembolsos necesarios para el pago de la contribución, basándose en el artículo 21 del Decreto-ley 18/1962, de 7 de junio, de nacionalización y reorganización del Banco de España, y demás disposiciones vigentes. La Disposición final primera autoriza a los Ministros de Asuntos Exteriores y de Comercio y Turismo para adoptar las medidas necesarias para la ejecución de la Ley. La Disposición final segunda establece que la Ley entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial del Estado. La Ley fue promulgada por el Rey Juan Carlos I, quien la sancionó tras su aprobación por las Cortes Generales. La norma se basa en el Convenio Constitutivo del Fondo Multilateral de Inversiones y en el Convenio de Administración del Fondo, firmados por España con el Banco Interamericano de Desarrollo. La contribución se enmarca en el marco de la cooperación internacional y la ayuda al desarrollo, con la finalidad de apoyar a los países en desarrollo en su proceso de reforma económica. La Ley refleja la política exterior de España hacia América Latina y su compromiso con la cooperación internacional. La norma establece un marco legal para la ejecución de la contribución, garantizando su cumplimiento mediante la autorización de los órganos competentes y la coordinación entre los ministerios responsables. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** La Ley 13/1993 autoriza la contribución de España al Fondo Multilateral de Inversiones en un monto de 50 millones de dólares. Establece mecanismos para su ejecución, incluyendo la autorización al Banco de España y la coordinación entre ministerios. La norma refleja la política exterior de España hacia América Latina y su compromiso con la cooperación internacional. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Autorización de contribución**: La Ley autoriza la contribución de España al Fondo Multilateral de Inversiones en un monto de 50 millones de dólares. ⚠️ **Pago en pesetas**: Según el Convenio Constitutivo, el pago puede realizarse en pesetas. 📋 **Mecanismos de ejecución**: El Banco de España está autorizado para efectuar los desembolsos necesarios. ℹ️ **Vigencia**: La Ley entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial del Estado. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Ley 13/1993 - **Tipo**: Ley Ordinaria - **Fecha**: 17 de diciembre de 1993 - **Materias**: Cooperación internacional, desarrollo, economía, política exterior - **Relevancia**: ALTA - **Resumen**: La Ley 13/1993 autoriza la contribución de España al Fondo Multilateral de Inversiones, un instrumento financiero creado por Estados Unidos para apoyar a países en desarrollo de América Latina y el Caribe. La norma establece el monto de la contribución, la forma de pago y los mecanismos de ejecución, reflejando la política exterior de España hacia América Latina y su compromiso con la cooperación internacional. La Ley fue promulgada por el Rey Juan Carlos I y entró en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial del Estado. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────
💬 Contexto ciudadano
Esta Ley 13/1993 autoriza la contribución española de 50 millones de dólares al Fondo Multilateral de Inversiones, una iniciativa estadounidense para apoyar la reforma económica en América Latina y el Caribe. Antes de esta ley, España ya colaboraba con estos países a través de tratados bilaterales y otros acuerdos multilaterales, como el Fondo del V Centenario con el Banco Interamericano de Desarrollo (BID). La normativa estatal y las directivas de la UE no regulaban directamente este tipo de contribuciones a fondos internacionales de inversión gestionados por organismos como el BID, siendo una decisión soberana de España. La aprobación recayó en las Cortes Generales, tras un acuerdo del Consejo de Ministros. Para el ciudadano, esta diferencia es relevante porque demuestra cómo España, a través de este tipo de leyes, participa activamente en la cooperación internacional y el desarrollo económico de otras regiones, lo que puede tener implicaciones indirectas en la estabilidad global y las relaciones exteriores del país. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────