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Real DecretoNacionalvigente

Real Decreto 2071/1993, de 26 de noviembre, relativo a las medidas de protección contra la introducción y difusión en el territorio nacional y de la Comunidad Económica Europea de organismos nocivos para los vegetales o productos vegetales, así como para la exportación y tránsito hacia países terceros.

BOE-A-1993-29872Publicada: 16/12/1993MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-01 Fuente original: ES-BOE — Real Decreto 2071/1993, de 26 de noviembre, relativo a las medidas de protección ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ **1. QUÉ RESUELVE** El Real Decreto 2071/1993 establece medidas de protección fitosanitaria contra la introducción y difusión en España de organismos nocivos para vegetales o productos vegetales, así como normas para la exportación y tránsito hacia países terceros. Regula los puntos de entrada en la Comunidad Europea para vegetales y productos vegetales procedentes de terceros países. **2. CONTEXTO** El Real Decreto se emite en el marco de la Directiva 77/93/CEE, que establece medidas fitosanitarias para proteger las Comunidades Europeas contra organismos nocivos. En 1993, se inicia la integración de España en un espacio comunitario sin fronteras, lo que exige una adaptación de la legislación nacional a las normas comunitarias. Para ello, se traspone la Directiva 91/683/CEE, que modifica la Directiva 77/93/CEE. Además, se incorporan modificaciones realizadas mediante Directivas 92/76/CEE, 92/103/CEE y 92/98/CEE, que establecen zonas protegidas y modifican anexos de la Directiva original. Estas Directivas ya habían sido incorporadas al ordenamiento español mediante una Orden ministerial de 1993, que ahora se derogada. **3. CONTENIDO JURÍDICO** El Real Decreto 2071/1993 se basa en la Directiva 77/93/CEE y sus modificaciones, incluyendo las Directivas 91/683/CEE, 92/76/CEE, 92/103/CEE y 92/98/CEE. Establece medidas de protección fitosanitaria contra la introducción y difusión en el territorio nacional y de la Comunidad Económica Europea de organismos nocivos para los vegetales o productos vegetales. Estas medidas incluyen controles fitosanitarios en los puntos de entrada, tránsito y destino de determinados vegetales, productos vegetales y otros objetos. El Real Decreto también regula la exportación y tránsito hacia países terceros, estableciendo que los controles fitosanitarios deben realizarse en origen, tránsito o destino, en lugar de en las fronteras. Esto se debe a la supresión de controles fitosanitarios en las fronteras, en línea con la integración de España en el espacio comunitario sin fronteras. En cuanto a los puntos de entrada en la Comunidad Europea para vegetales, productos vegetales u otros objetos procedentes de países terceros, el Real Decreto detalla los puntos de entrada en el territorio español, excluyendo las islas Canarias, Ceuta y Melilla. Los puntos de entrada incluyen aduanas terrestres, marítimas y aéreas. En el caso de aduanas marítimas, se mencionan puertos en diversas provincias, como Alicante, Almería, Asturias, Baleares, Barcelona, Cádiz, Cantabria, Castellón, Girona, Guipúzcoa, Huelva, La Coruña, Málaga, Murcia, Pontevedra, Sevilla, Tarragona, Valencia y Vizcaya. Para aduanas aéreas, se indican aeropuertos en Baleares, Barcelona, Madrid, Sevilla y Valencia. El Real Decreto también establece que los puntos de entrada deben cumplir con lo dispuesto en la Directiva 77/93/CEE, lo que implica que los vegetales, productos vegetales y otros objetos deben pasar por estos puntos para ser introducidos en la Comunidad Europea. Además, se menciona que los puntos de entrada están relacionados con el anexo V, parte B, de la Directiva 77/93/CEE, que detalla los productos vegetales sujetos a controles fitosanitarios. En cuanto a la derogación, el Real Decreto menciona que las Directivas 92/76/CEE, 92/103/CEE y 92/98/CEE ya habían sido incorporadas al ordenamiento jurídico español mediante una Orden ministerial de 27 de mayo de 1993, que modificó una anterior de 12 de marzo de 1987. Por tanto, estas Directivas quedan derogadas tras la entrada en vigor del Real Decreto 2071/1993. En resumen, el Real Decreto 2071/1993 adapta la legislación nacional a las normas comunitarias, establece puntos de entrada en la Comunidad Europea para vegetales y productos vegetales procedentes de terceros países, y modifica los controles fitosanitarios para garantizar la protección fitosanitaria en el territorio nacional y en la Comunidad Europea. **4. CONCLUSIÓN SIMPLE** El Real Decreto 2071/1993 adapta la legislación nacional a las normas comunitarias en materia fitosanitaria. Establece puntos de entrada en la Comunidad Europea y modifica los controles fitosanitarios para garantizar la protección fitosanitaria. Es una norma relevante en el ámbito fitosanitario. **5. PUNTOS CLAVE** ✅ **Adaptación a la Directiva 77/93/CEE y sus modificaciones**: El Real Decreto se basa en la Directiva 77/93/CEE y sus modificaciones, incluyendo las Directivas 91/683/CEE, 92/76/CEE, 92/103/CEE y 92/98/CEE. ⚠️ **Supresión de controles fitosanitarios en las fronteras**: Se elimina la necesidad de realizar controles fitosanitarios en las fronteras, en lugar de en origen, tránsito o destino. 📋 **Puntos de entrada en la Comunidad Europea**: Se detallan los puntos de entrada en el territorio español para vegetales, productos vegetales y otros objetos procedentes de terceros países. ℹ️ **Derogación de Directivas anteriores**: Las Directivas 92/76/CEE, 92/103/CEE y 92/98/CEE ya habían sido incorporadas al ordenamiento jurídico español, por lo que quedan derogadas tras la entrada en vigor del Real Decreto. **6. FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Real Decreto 2071/1993 - **Tipo**: Reglamento - **Fecha**: 26 de noviembre de 1993 - **Materias**: Fitosanitario, comercio internacional, control de productos vegetales - **Relevancia**: ALTA **Palabras clave**: fitosanitario, control, Comunidad Europea, puntos de entrada, Directiva 77/93/CEE, exportación, tránsito, organismos nocivos, vegetales, productos vegetales. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Antes de este Real Decreto de 1993, la normativa española en materia de protección fitosanitaria se basaba en la transposición de la Directiva 77/93/CEE, modificada por otras directivas europeas, y se articulaba a través de órdenes ministeriales. La principal novedad de este Real Decreto es la adaptación a la creación del espacio comunitario sin fronteras, lo que supuso la supresión de controles fitosanitarios en las fronteras interiores de la UE. Esto significa que España, al ser frontera exterior, asume un papel centralizado en los controles de importación y exportación de vegetales y productos vegetales, tanto para el territorio nacional como para el resto de la Comunidad. Esta diferencia es crucial para el ciudadano, ya que simplifica los trámites para el comercio intracomunitario, pero a la vez incrementa la responsabilidad del Estado español en la vigilancia fitosanitaria para evitar la entrada de plagas y enfermedades que puedan afectar a la agricultura y a la salud pública. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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