Corrección de errores de la Orden de 15 de octubre de 1993 por la que se fijan los valores estándares brutos y netos a 31 de diciembre de 1992, el valor actualizado neto estándar a efectos de retribución y la modalidad de actualización de las instalaciones de generación eléctrica que han entrado en explotación durante 1992 y se determina su integración en el Sistema Eléctrico Nacional.
¿Qué dice esta ley?
═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-01 Fuente original: ES-BOE — Corrección de errores de la Orden de 15 de octubre de 1993 por la que se fijan l ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** La norma corrige un error en el texto publicado del anexo de la Orden de 15 de octubre de 1993, que establecía los valores estándares brutos y netos a 31 de diciembre de 1992, así como la modalidad de actualización de instalaciones eléctricas. Se corrige la denominación de la empresa "Eléctrica de Viesgo, Sociedad Anónima" por "Electra de Viesgo, Sociedad Anónima". 2. **CONTEXTO** La Orden de 15 de octubre de 1993 establecía los valores estándares brutos y netos para el cálculo de retribuciones en el sector eléctrico, así como la forma de actualización de las instalaciones eléctricas que entraron en explotación en 1992. Dicha norma fue publicada en el Boletín Oficial del Estado (BOE) número 280 del 23 de noviembre de 1993. Posteriormente, se detectó un error en el texto del anexo de dicha Orden. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** La norma corrige un error en el texto del anexo de la Orden de 15 de octubre de 1993, que fue publicada en el BOE número 280 del 23 de noviembre de 1993. El error consiste en la denominación de la empresa "Eléctrica de Viesgo, Sociedad Anónima", que debe corregirse a "Electra de Viesgo, Sociedad Anónima". La rectificación se realiza en la página 32742, columna derecha, anexo, segunda línea. La norma no modifica los principios generales establecidos en la Orden original, sino que solo corrige un error tipográfico en la denominación de la empresa. La corrección no afecta los valores estándares brutos y netos, ni la modalidad de actualización de las instalaciones eléctricas, ni el cálculo de retribuciones. La norma se limita a corregir un error en el texto del anexo, sin alterar el contenido principal de la Orden. La rectificación se realiza mediante una norma de corrección de errores, que se ajusta a los principios de transparencia y precisión en la publicación de normas jurídicas. La corrección se realiza en el marco del derecho administrativo, en particular en el ámbito de la regulación del sector eléctrico. La norma no introduce nuevos elementos jurídicos, sino que se limita a corregir un error en la redacción del anexo de la Orden original. La corrección se realiza en cumplimiento de los principios de legalidad y formalidad en la elaboración de normas administrativas. La norma se publica en el BOE, lo que garantiza su validez y trámite legal. La corrección no afecta a la vigencia de la Orden original, sino que solo corrige un error en su texto. La norma se enmarca en el derecho de la administración pública, en particular en el ámbito de la regulación del sector eléctrico y la gestión de instalaciones de generación eléctrica. La corrección se realiza en cumplimiento de la normativa vigente en materia de publicación de normas, que exige la precisión y la exactitud en la redacción de los textos oficiales. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** La norma corrige un error en el texto del anexo de la Orden de 15 de octubre de 1993. La corrección se realiza en el marco del derecho administrativo y no afecta los principios generales de la norma original. La norma se publica en el BOE y garantiza la precisión en la redacción de normas oficiales. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Corrección de error tipográfico**: Se corrige la denominación de la empresa "Eléctrica de Viesgo" a "Electra de Viesgo". ⚠️ **No modificación de contenido principal**: La norma no altera los valores estándares ni la modalidad de actualización. 📋 **Publicación en BOE**: La corrección se publica en el Boletín Oficial del Estado para garantizar su validez legal. ℹ️ **Relevancia en sector eléctrico**: La norma afecta a la regulación del sector eléctrico y a la gestión de instalaciones de generación eléctrica. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Boletín Oficial del Estado (BOE) - **Tipo**: Orden Ministerial - **Fecha**: 23 de noviembre de 1993 - **Materias**: Derecho administrativo, sector eléctrico, regulación de instalaciones de generación eléctrica - **Relevancia**: ALTA (por su impacto en la regulación del sector eléctrico y la precisión en la redacción de normas oficiales) ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────
💬 Contexto ciudadano
Esta Orden Ministerial de 1993, que corrige un error tipográfico menor en una orden previa sobre retribución de instalaciones eléctricas, se enmarca en un contexto nacional de regulación del sector energético. Anteriormente, la Orden de 15 de octubre de 1993 establecía los valores para la integración de nuevas centrales eléctricas en el sistema. La presente corrección es un detalle técnico que no altera el fondo de la regulación, la cual a nivel estatal definía los marcos retributivos y de integración, sin que existieran normativas autonómicas específicas que la contradijeran en este punto concreto, ni tampoco directivas europeas que impusieran un modelo radicalmente distinto en 1993. Para el ciudadano, la importancia radica en la seguridad jurídica y la transparencia del marco regulatorio que afecta a la estabilidad del suministro eléctrico y, en última instancia, a los costes de la energía. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────