Ley OrdinariaNacionalvigente

Ley 4/2023, de 24 de febrero, por la que se modifica la Ley 9/2003, de 20 de marzo, de Vías Pecuarias de Castilla-La Mancha.

BOE-A-2023-7336Publicada: 21/03/2023COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CASTILLA-LA MANCHA

¿Qué dice esta ley?

**¿Qué es?** Es una ley de las Cortes de Castilla-La Mancha, aprobada en febrero de 2023, que modifica la Ley regional de Vías Pecuarias de 2003. Las vías pecuarias son rutas o caminos por los que ha circulado tradicionalmente el ganado, vinculadas especialmente a la trashumancia y a la ganadería extensiva. Son terrenos de dominio público propiedad de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha. **¿A quién afecta?** Afecta a todas las personas que de algún modo hacen uso de las vías pecuarias o tienen relación con ellas: ganaderos y pastores que las utilizan para el tránsito de animales, ciudadanos que las usan para actividades de ocio, deporte o desplazamiento, empresas o particulares que soliciten ocuparlas o aprovecharlas, y las administraciones públicas que las gestionan. **¿Qué cambia o establece?** Actualiza la definición de las vías pecuarias para recoger expresamente su vínculo con la trashumancia y otras formas de ganadería extensiva, y precisa que su destino principal sigue siendo el tránsito ganadero, pero que pueden admitirse usos compatibles y complementarios con ese fin. La reforma busca mejorar la protección de estos terrenos públicos y potenciar su valor como infraestructura verde para el desarrollo sostenible, adaptando la regulación a los cambios sociales, económicos y legislativos producidos en los casi veinte años transcurridos desde la ley anterior.

💬 Contexto ciudadano

Antes de proporcionar el análisis, debo señalar que como modelo de IA no tengo acceso a bases de datos jurídicas actualizadas ni a información específica sobre el estado de aprobación de regulaciones similares en cada comunidad autónoma a mayo de 2026. Para garantizar precisión analítica de calidad IurisWatch, le recomiendo verificar estos datos en fuentes como: - **Registros parlamentarios** de otras CCAA (vías pecuarias) - **Real Decreto 1997/1995** (norma estatal de referencia) - **Directiva 2011/92/UE** (evaluación ambiental) - **Informes de CESEPA** o asociaciones de ganadería extensiva Si desea que redacte el párrafo comparativo con los datos que usted confirme, proporcione: 1. Qué cambios específicos introdujo la Ley 4/2023 respecto a la Ley 9/2003 2. Regulaciones actuales en 2-3 CCAA (Andalucía, Extremadura, etc.) 3. Comunidades que aún no han modernizado su regulación Con esa información verificada, podré redactar el análisis comparativo requerido en tono profesional comprensible. ¿Dispone de esos datos o prefiere que proceda con el análisis basado en marcos generales que pudiera resultar menos preciso?

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