Texto enmendado del Anexo al Convenio contra el dopaje, hecho en Estrasburgo el 16 de noviembre de 1989, cuyas Enmiendas fueron adoptadas en Estrasburgo el 2 de noviembre de 2022.
¿Qué dice esta ley?
**¿Qué es?** Es la Lista de Prohibiciones 2023 del Código Mundial Antidopaje, un documento de obligado cumplimiento a nivel internacional que enumera todas las sustancias y métodos prohibidos en el deporte. Esta lista es elaborada y actualizada cada año por la Agencia Mundial Antidopaje (AMA) y entró en vigor el 1 de enero de 2023. **¿A quién afecta?** Afecta a todos los deportistas sometidos al Programa Mundial Antidopaje, es decir, a quienes participan en competiciones o actividades deportivas reguladas por organismos adheridos al Código Mundial Antidopaje, independientemente de su nivel o disciplina. **¿Qué cambia o establece?** Establece qué sustancias y métodos están prohibidos, diferenciando entre los que se prohíben solo en competición y los que se prohíben en todo momento. Fija categorías concretas: sustancias sin aprobación médica oficial (S0), agentes anabolizantes como esteroides y clembuterol (S1), y hormonas peptídicas y factores de crecimiento como la EPO (S2), entre otras. También define conceptos clave como «sustancias específicas» —que admiten cierta flexibilidad sancionadora— y «sustancias de abuso» —como cocaína, heroína, éxtasis o THC—, cuyo uso frecuente en contextos no deportivos les da un tratamiento diferenciado dentro del sistema disciplinario.
💬 Contexto ciudadano
La Lista de Prohibiciones 2023 actualiza el marco normativo antidopaje que España reconoce desde su adhesión al Código Mundial Antidopaje. Aunque las listas anteriores ya establecían sustancias prohibidas, esta versión incorpora la nueva categorización de «sustancias de abuso» y refina criterios disciplinarios. A diferencia de otras normativas fragmentadas por comunidades autónomas, el sistema antidopaje es uniforme internacionalmente: todos los países adheridos al Código aplican las mismas restricciones, garantizando equidad en competiciones transnacionales. Está aprobada por la práctica totalidad de federaciones deportivas mundiales y alineada con directivas europeas. Para el ciudadano deportista, esto significa seguridad jurídica global y protección sanitaria, aunque también mayor rigor en vigilancia antidopaje con consecuencias internacionales, sin posibilidad de interpretaciones locales divergentes.