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Real DecretoNacionalvigente

Real Decreto 226/1994, de 11 de febrero, por el que se modifica el Real Decreto 472/1990, de 6 de abril, por el que se regulan los disolventes de extracción utilizados en la elaboración de productos alimenticios y de sus ingredientes.

BOE-A-1994-6962Publicada: 25/03/1994MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-01 Fuente original: ES-BOE — Real Decreto 226/1994, de 11 de febrero, por el que se modifica el Real Decreto ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** El Real Decreto 226/1994 modifica el Real Decreto 472/1990 para adaptarlo a la Directiva 92/115/CEE, que modifica la Directiva 88/344/CEE sobre los disolventes de extracción utilizados en la elaboración de productos alimenticios y de sus ingredientes. 2. **CONTEXTO** El Real Decreto 472/1990 incorporó a la legislación española la Directiva 88/344/CEE, que establecía normas sobre los disolventes de extracción utilizados en la fabricación de productos alimenticios. Posteriormente, la Directiva 92/115/CEE modificó dicha Directiva, lo que obligó a actualizar el Real Decreto 472/1990. Esta modificación se lleva a cabo mediante el Real Decreto 226/1994, que se dicta en aplicación de la Constitución Española y de la Ley 14/1986 de Sanidad. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** El Real Decreto 226/1994 modifica el Real Decreto 472/1990, que regula los disolventes de extracción utilizados en la elaboración de productos alimenticios y de sus ingredientes. La modificación se realiza en virtud de la Directiva 92/115/CEE, que modifica la Directiva 88/344/CEE, con el fin de adaptar la normativa española a los nuevos requisitos comunitarios. En concreto, el Real Decreto 226/1994 introduce dos modificaciones principales al Real Decreto 472/1990. La primera es la adición de un párrafo al artículo 1 del Real Decreto 472/1990, que establece que el presente Real Decreto se aplicará sin perjuicio de las disposiciones adoptadas en el marco de las reglamentaciones más específicas. Esta disposición busca garantizar que las normas más específicas no se vean anuladas por esta norma general. La segunda modificación se refiere al anexo del Real Decreto 472/1990, que se sustituye por el anexo incluido en el Real Decreto 226/1994. Este anexo detalla los límites máximos de residuos de disolventes en los productos alimenticios, así como las condiciones de utilización de cada uno de ellos. Por ejemplo, se establece que el hexano no debe exceder de 50 mg/Kg en el disolvente metiletilcetona, y que está prohibido el uso conjunto del hexano y la metiletilcetona. Además, el Real Decreto 226/1994 establece límites específicos para cada disolvente, como el etilenglicol, el hexano, el ciclohexano, el acetato de metilo, el 1-butanol, el 2-butanol, la metiletilcetona, el diclorometano, el metil-1-propanol y el propanol-1. Estos límites se expresan en miligramos por kilogramo (mg/Kg) y están destinados a garantizar que los residuos de disolventes en los productos alimenticios no superen los niveles considerados seguros para la salud humana. También se establecen condiciones específicas para la utilización de ciertos disolventes, como el diclorometano, que no debe exceder de 0,02 mg/Kg en los productos alimenticios. Además, se prohíbe el uso conjunto de ciertos disolventes, como el hexano y la metiletilcetona, para evitar riesgos sanitarios. El Real Decreto 226/1994 se dicta en aplicación del artículo 149.1 y 16 de la Constitución Española, así como del artículo 40.4 de la Ley 14/1986, de 25 de abril, General de Sanidad. Este Real Decreto tiene el carácter de norma básica, lo que significa que su contenido es de especial importancia y se ha elaborado tras escuchar a los sectores afectados. En resumen, el Real Decreto 226/1994 modifica el Real Decreto 472/1990 para adaptarlo a la Directiva 92/115/CEE, estableciendo nuevos límites y condiciones de utilización de los disolventes de extracción en la elaboración de productos alimenticios, con el objetivo de garantizar la seguridad alimentaria y la protección de la salud pública. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** El Real Decreto 226/1994 modifica el Real Decreto 472/1990 para adaptarlo a la Directiva 92/115/CEE. Establece nuevos límites y condiciones de utilización de los disolventes de extracción en la elaboración de productos alimenticios. La norma busca garantizar la seguridad alimentaria y la protección de la salud pública. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Modificación de norma**: El Real Decreto 226/1994 modifica el Real Decreto 472/1990 para adaptarlo a la Directiva 92/115/CEE. ⚠️ **Adaptación a la Directiva**: La norma se ajusta a los nuevos requisitos comunitarios, lo que refleja la integración de España en el marco de la Unión Europea. 📋 **Límites de residuos**: Se establecen límites específicos para cada disolvente, expresados en mg/Kg, para garantizar la seguridad alimentaria. ℹ️ **Prohibiciones y condiciones**: Se prohíbe el uso conjunto de ciertos disolventes y se establecen condiciones específicas para su utilización. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: España - **Fuente**: Real Decreto 226/1994 - **Tipo**: Norma básica - **Fecha**: 11 de febrero de 1994 - **Materias**: Alimentación, Salud, Sanidad, Regulación de productos - **Relevancia**: ALTA - **Tipo de norma**: Reglamento de desarrollo - **Ámbito de aplicación**: Nacional - **Relevancia para la práctica jurídica**: ALTA - **Relevancia para la legislación europea**: ALTA - **Relevancia para la seguridad alimentaria**: ALTA ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

El Real Decreto 226/1994, que modifica el Real Decreto 472/1990, actualiza la normativa nacional sobre disolventes de extracción en alimentos para adaptarla a la Directiva europea 92/115/CEE, que a su vez modificaba la Directiva 88/344/CEE. Antes de esta modificación, el RD 472/1990 ya había incorporado la directiva original. Esta normativa, de carácter básico y de ámbito nacional, se dicta bajo el amparo del artículo 149.1.16 de la Constitución Española, lo que significa que el Estado central tiene competencia exclusiva en esta materia, sin que las Comunidades Autónomas puedan legislar de forma contradictoria. La diferencia es crucial para el ciudadano porque garantiza una uniformidad en la seguridad alimentaria a nivel nacional y europeo, asegurando que los disolventes utilizados en la fabricación de alimentos cumplen con los estándares de seguridad establecidos por la Unión Europea, independientemente de dónde se produzca el alimento. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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