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Real DecretoNacionalvigente

Orden de 10 de marzo de 1994 por la que se desarrolla el Real Decreto 1462/1986, de 13 de junio, por el que se fomenta la mejora de las condiciones de transformación y comercialización de productos agrarios, pesqueros y alimentarios.

BOE-A-1994-6541Publicada: 21/03/1994MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-01 Fuente original: ES-BOE — Orden de 10 de marzo de 1994 por la que se desarrolla el Real Decreto 1462/1986, ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ **1. QUÉ RESUELVE** El Real Decreto 10/1994 establece el procedimiento para la solicitud de subvenciones en forma de bonificación de intereses en operaciones de crédito, destinadas a empresas que mejoren estructuras de manipulación, transformación y comercialización de productos agrarios, pesqueros y alimentarios. **2. CONTEXTO** El Real Decreto 1462/1986, modificado por el Real Decreto 59/1994, establece la aplicación de subvenciones en forma de bonificación de intereses en operaciones de crédito para empresas que mejoren estructuras de manipulación, transformación y comercialización mayorista de productos agrarios, pesqueros y alimentarios. La disposición final primera del Real Decreto 1462/1986 faculta al Ministro de Agricultura, Pesca y Alimentación para dictar las disposiciones necesarias para su cumplimiento. En su virtud, se dicta la presente Orden. **3. CONTENIDO JURÍDICO** El Real Decreto 10/1994, de 10 de marzo de 1994, regula el procedimiento para la solicitud de subvenciones en forma de bonificación de intereses en operaciones de crédito, destinadas a empresas que mejoren estructuras de manipulación, transformación y comercialización mayorista de productos agrarios, pesqueros y alimentarios. El objetivo principal es facilitar el acceso a financiación a empresas que realicen inversiones en infraestructuras y mejora de procesos productivos. En el artículo 1 se establece que la presente Orden instrumenta el procedimiento por el que los titulares de las empresas a que se refiere el apartado 1 del artículo 2 del Real Decreto 1462/1986 pueden solicitar la subvención correspondiente, en forma de bonificación de intereses en operaciones de crédito, prevista en el apartado 2 del precitado artículo. El artículo 2 detalla la presentación de las solicitudes. Las solicitudes de ayuda se presentarán, por duplicado, ante el órgano competente de la Comunidad Autónoma donde se prevea ejecutar la inversión, en modelo que, al menos, contenga los datos que figuran en el anexo A. A la solicitud se adjuntará la información especificada en el anexo B, que podrá presentarse en soporte informático apto para que pueda realizarse su análisis por los servicios de la Administración. Además, las solicitudes deberán acompañarse de los siguientes documentos: a) El proyecto de la inversión. b) Justificación de que las mejoras a que se refieren las inversiones presupuestadas en el proyecto presentado no se han iniciado con anterioridad a los seis meses previos a la presentación de la solicitud. c) Declaración, en su caso, de las subvenciones que ha solicitado u obtenido de otras Administraciones Públicas o Instituciones Oficiales de Crédito para los mismos fines, con expresión de las cuantías y de la entidad concedente. En el anexo B se detalla la información técnica que debe acompañar a la solicitud. En el anexo B.4.1, se solicita la memoria de las inversiones a realizar, que incluye la descripción de las instalaciones existentes y previstas, así como la descripción técnica detallada de las inversiones, con planos precisos diferenciando las construcciones o instalaciones existentes y las previstas. Además, se requiere un presupuesto estimativo de los trabajos previstos, indicando bases de cálculo y fecha de estimación. En el anexo B.4.2 se incluye un resumen de las inversiones, que debe contener información sobre el solicitante, la localización geográfica, y la descripción de las inversiones. El anexo C, denominado "Certificación de inversiones", debe certificar que la realización de actividades y trabajos comenzó en la fecha indicada, que las inversiones efectivamente realizadas importan una cantidad determinada, y que los trabajos e inversiones realizados son conformes con los descritos en el proyecto presentado. Estos requisitos garantizan que las solicitudes sean completas, documentadas y verificables, lo que permite a la Administración evaluar adecuadamente la idoneidad de las solicitudes de subvención. **4. CONCLUSIÓN SIMPLE** El Real Decreto 10/1994 establece un procedimiento detallado para la solicitud de subvenciones en forma de bonificación de intereses en operaciones de crédito. Establece requisitos específicos para la presentación de solicitudes, acompañamiento de documentos y certificaciones. El objetivo es garantizar la transparencia y la verificación de las inversiones solicitadas. **5. PUNTOS CLAVE** ✅ **Procedimiento formal**: Se establece un procedimiento detallado para la solicitud de subvenciones. ⚠️ **Documentación obligatoria**: Se requiere la presentación de diversos documentos, incluyendo el proyecto de inversión y certificaciones. 📋 **Requisitos específicos**: Se detallan requisitos técnicos y documentales para la justificación de las inversiones. ℹ️ **Control de la inversión**: Se exige la certificación de la realización de las inversiones, garantizando su veracidad. **6. FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Orden de 10 de marzo de 1994 - **Tipo**: Real Decreto - **Fecha**: 10 de marzo de 1994 - **Materias**: Subvenciones, créditos, agricultura, pesca, alimentación - **Relevancia**: ALTA - **Palabras clave**: subvenciones, bonificación de intereses, créditos, agricultura, pesca, alimentación, procedimiento, documentación, certificación, inversión ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Esta Orden de 1994 desarrolla un Real Decreto de 1986 que incentivaba la mejora de las estructuras de transformación y comercialización agroalimentaria mediante bonificaciones de intereses en créditos. Antes de esta Orden, el marco general lo establecía el Real Decreto de 1986, pero su aplicación concreta y el procedimiento para acceder a las ayudas se detallaban ahora. A diferencia de normativas posteriores o de otras Comunidades Autónomas que podrían haber optado por otros modelos de subvención o enfoques más directos, esta norma se centraba en la vía del crédito bonificado, un mecanismo común en la época para impulsar sectores estratégicos. La aprobación recaía en el Ministro de Agricultura, Pesca y Alimentación, pero la tramitación y la comprobación inicial de las inversiones se delegaba en las Comunidades Autónomas, quienes debían verificar el cumplimiento de los requisitos. Para el ciudadano, esta diferencia es crucial porque define el camino y los requisitos que debe seguir para obtener el apoyo financiero, implicando una gestión administrativa que involucra tanto al Estado como a su Comunidad Autónoma. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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