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Orden MinisterialNacionalvigente

Orden de 9 de marzo de 1994 por la que se modifica el apartado 3.2.1 de la Instrucción Técnica Complementaria ITC-MIG-5.1 del Reglamento de Redes y Acometidas de Combustibles Gaseosos.

BOE-A-1994-6540Publicada: 21/03/1994MINISTERIO DE INDUSTRIA Y ENERGÍA

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-01 Fuente original: ES-BOE — Orden de 9 de marzo de 1994 por la que se modifica el apartado 3.2.1 de la Instr ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ **1. QUÉ RESUELVE** La Orden Ministerial de 9 de marzo de 1994 modifica el apartado 3.2.1 de la Instrucción Técnica Complementaria ITC-MIG-5.1 del Reglamento de Redes y Acometidas de Combustibles Gaseosos, estableciendo nuevos requisitos sobre la instalación de válvulas de seccionamiento en canalizaciones de gas en alta presión B. **2. CONTEXTO** El Reglamento de Redes y Acometidas de Combustibles Gaseosos, aprobado en 1974 y modificado en 1983, precisa su actualización debido a los avances tecnológicos desde entonces. La Orden de 1994 busca incorporar estas novedades para garantizar la seguridad en la distribución de gas. La modificación se enmarca en la necesidad de adaptar las normas técnicas a los nuevos estándares y condiciones operativas. **3. CONTENIDO JURÍDICO** La Orden Ministerial de 9 de marzo de 1994 introduce una modificación en el apartado 3.2.1 de la Instrucción Técnica Complementaria ITC-MIG-5.1 del Reglamento de Redes y Acometidas de Combustibles Gaseosos. Esta modificación establece que las canalizaciones de transporte y distribución de gas en alta presión B deben contar con válvulas de seccionamiento, instaladas a intervalos no superiores a los indicados en una tabla que clasifica los emplazamientos según su categoría. La tabla establece los siguientes límites de separación máxima entre válvulas: 30 km para categoría 1, 20 km para categoría 2, 10 km para categoría 3 y 5 km para categoría 4. Además, el volumen de gas comprendido entre dos válvulas consecutivas no debe exceder los 700.000 m³. En el caso de emplazamientos de categoría 1, este volumen puede llegar hasta 2.000.000 m³, siempre que se cumplan condiciones adicionales de seguridad, como el uso de sistemas de teleinformación con aviso de alarma en caso de fugas, actuación automática o telemando en válvulas, o medidas equivalentes que deben justificarse en el proyecto técnico correspondiente. La modificación se aplica a las canalizaciones que se instalen o modifiquen a partir de la entrada en vigor de la Orden, que se establece para el día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial del Estado. La norma se basa en la necesidad de garantizar la seguridad en la explotación de las redes de gas, especialmente en condiciones de alta presión, y de adaptar las normas técnicas a los avances tecnológicos y a las mejores prácticas en el sector energético. La modificación del apartado 3.2.1 se incorpora al Reglamento de Redes y Acometidas de Combustibles Gaseosos, que fue aprobado por Orden del Ministerio de Industria y Energía de 18 de noviembre de 1974 y modificado posteriormente por Orden de 26 de octubre de 1983. La nueva redacción del apartado 3.2.1 se publica en el Boletín Oficial del Estado, y su aplicación se extiende a todas las instalaciones que cumplan con los requisitos establecidos en la norma. **4. CONCLUSIÓN SIMPLE** La Orden de 1994 actualiza el Reglamento de Redes y Acometidas de Combustibles Gaseosos para mejorar la seguridad en la distribución de gas. Establece nuevos límites para la instalación de válvulas de seccionamiento y condiciones de seguridad adicionales en ciertos casos. La norma entra en vigor al día siguiente de su publicación. **5. PUNTOS CLAVE** ✅ **Modificación de norma técnica**: Se actualiza el apartado 3.2.1 de la ITC-MIG-5.1 para establecer nuevos requisitos sobre válvulas de seccionamiento. ⚠️ **Seguridad en redes de gas**: Se establecen límites de separación entre válvulas y condiciones de seguridad adicionales para emplazamientos de categoría 1. 📋 **Aplicación a partir de la publicación**: La norma entra en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial del Estado. ℹ️ **Adaptación a avances tecnológicos**: La modificación busca incorporar los avances en el sector energético y mejorar la seguridad en la explotación de las redes. **6. FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Orden Ministerial de 9 de marzo de 1994 - **Tipo**: Orden Ministerial - **Fecha**: 9 de marzo de 1994 - **Materias**: Regulación de redes de gas, seguridad en instalaciones, normativa técnica - **Relevancia**: ALTA - **Palabras clave**: válvulas de seccionamiento, seguridad en redes de gas, Reglamento de Redes y Acometidas, ITC-MIG-5.1, Orden Ministerial 1994 ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Esta Orden Ministerial de 1994 actualiza el Reglamento de Redes y Acometidas de Combustibles Gaseosos de 1974, modificado en 1983, para incorporar avances tecnológicos en la instalación de válvulas de seccionamiento en canalizaciones de gas en alta presión. Antes de esta modificación, la normativa no especificaba con tanta precisión las distancias máximas entre válvulas ni los volúmenes máximos de gas entre ellas, basándose en criterios tecnológicos más antiguos. La norma estatal, aprobada por el Ministerio de Industria y Energía, no se compara directamente con normativas autonómicas específicas en este ámbito, ya que la seguridad en infraestructuras de gas es competencia estatal, aunque las CCAA pueden tener desarrollos o inspecciones. La diferencia es crucial para el ciudadano porque una mayor seguridad en la red de gas, garantizada por una correcta instalación de válvulas de seccionamiento, reduce el riesgo de accidentes graves y fugas, protegiendo así la vida y el patrimonio de las personas que residen o transitan cerca de estas instalaciones. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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