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Ley 6/1994, de 11 de mayo, sobre suscripción por España de acciones del capital de la Corporación Financiera Internacional.

BOE-A-1994-10713Publicada: 12/05/1994JEFATURA DEL ESTADO

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-01 Fuente original: ES-BOE — Ley 6/1994, de 11 de mayo, sobre suscripción por España de acciones del capital ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ **1. QUÉ RESUELVE** La Ley 6/1994 autoriza al Gobierno español a suscribir 16.098 acciones nuevas de la Corporación Financiera Internacional, con un valor nominal de 1.000 dólares estadounidenses, como parte del aumento de capital aprobado por la Junta de Gobernadores. **2. CONTEXTO** En 1991, la Corporación Financiera Internacional propuso aumentar su capital en 1.000 millones de dólares, elevándolo a 2.300 millones. La Junta de Gobernadores aprobó esta medida el 4 de mayo de 1992. España, miembro desde 1960, había suscrito previamente 20.928 acciones. Para mantener su peso relativo en la institución, se decidió suscribir las 16.098 acciones ofrecidas en la Resolución 179. La Ley 6/1994 busca formalizar esta participación. **3. CONTENIDO JURÍDICO** La Ley 6/1994, de 11 de mayo, establece que el Gobierno español está autorizado para suscribir 16.098 acciones nuevas de la Corporación Financiera Internacional, con un valor nominal de 1.000 dólares estadounidenses. Esta medida forma parte del aumento de capital aprobado por la Junta de Gobernadores el 4 de mayo de 1992, mediante Resolución número 179. El objetivo es mantener la presencia y el peso relativo de España en esta institución financiera multilateral. El artículo 1 de la Ley establece claramente la autorización al Ejecutivo para que España suscriba las acciones mencionadas. No se mencionan otros artículos, ya que la norma es de carácter limitado y específica. La suscripción de las acciones se realiza en cumplimiento de la política general del Estado de mantener su influencia en instituciones internacionales, especialmente en aquellas vinculadas al Banco Mundial. La Ley se basa en el derecho internacional público, ya que la Corporación Financiera Internacional es una institución multilateral con sede en Washington, D.C., y su participación en el aumento de capital implica un compromiso financiero y político de España. La norma no establece nuevos derechos ni obligaciones para los ciudadanos, sino que se centra en la acción del Estado en el ámbito internacional. La Ley no establece mecanismos de control ni supervisión posterior, ya que la suscripción de acciones se considera un acto de gestión del Estado en el ámbito de la cooperación internacional. No hay disposiciones sobre la transferencia de acciones, ni sobre la posible venta o reasignación de las mismas en el futuro. En cuanto a la vigencia, la Ley entra en vigor en el momento de su promulgación, el 11 de mayo de 1994, y se considera una norma de carácter temporal, ya que su aplicación se limita a la suscripción de las acciones mencionadas. No se establece una duración específica, ya que la participación en la Corporación Financiera Internacional puede variar según las decisiones de la institución y del Estado español. **4. CONCLUSIÓN SIMPLE** La Ley 6/1994 autoriza a España a suscribir acciones de la Corporación Financiera Internacional como parte de un aumento de capital aprobado internacionalmente. La norma se centra en la participación estatal en una institución multilateral, sin establecer nuevas obligaciones ni derechos para los ciudadanos. **5. PUNTOS CLAVE** ✅ **Autorización de suscripción de acciones**: La Ley autoriza al Gobierno a suscribir 16.098 acciones nuevas de la Corporación Financiera Internacional. ⚠️ **Participación en instituciones multilaterales**: España mantiene su peso relativo en instituciones internacionales como la Corporación Financiera Internacional. 📋 **Contexto internacional**: La medida se enmarca en el derecho internacional público y la cooperación financiera entre países. ℹ️ **No establece nuevos derechos**: La norma no otorga derechos a los ciudadanos, sino que se centra en la acción del Estado. **6. FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Ley 6/1994 - **Tipo**: Ley Ordinaria - **Fecha**: 11 de mayo de 1994 - **Materias**: Derecho internacional público, cooperación internacional, instituciones multilaterales - **Relevancia**: ALTA - **Palabras clave**: Corporación Financiera Internacional, aumento de capital, participación estatal, derecho internacional público, instituciones multilaterales ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Antes de esta Ley 6/1994, España ya era miembro de la Corporación Financiera Internacional (CFI) desde 1960, habiendo participado en ampliaciones de capital previas. La normativa estatal en materia de participación en organismos internacionales suele requerir autorización parlamentaria para compromisos financieros significativos, como es el caso de esta suscripción de acciones. A diferencia de otras CCAA, que no tienen competencia directa en política exterior ni en la suscripción de capital en instituciones financieras multilaterales, esta decisión recae en el Estado español. La aprobación de esta ley por las Cortes Generales y su sanción por el Rey confirman la voluntad del legislador de mantener la presencia y el peso de España en la CFI, lo cual es relevante para el ciudadano al asegurar la continuidad del apoyo a proyectos de desarrollo en países emergentes, beneficiando indirectamente la proyección económica y la cooperación internacional del país. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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