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Real DecretoNacionalvigente

Real Decreto 323/1994, de 28 de febrero, sobre los documentos que acompañan el transporte de productos vitivinícolas y los registros que se deben llevar en el sector vitivinícola.

BOE-A-1994-10419Publicada: 07/05/1994Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-01 Fuente original: ES-BOE — Real Decreto 323/1994, de 28 de febrero, sobre los documentos que acompañan el t ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** El Real Decreto 323/1994, de 28 de febrero, establece las normas sobre los documentos que acompañan el transporte de productos vitivinícolas y los registros que deben llevarse en el sector vitivinícola, adaptándose a la normativa comunitaria vigente y derogando disposiciones anteriores. 2. **CONTEXTO** Este Real Decreto se enmarca en el marco de la regulación de la Organización Común del Mercado Vitivinícola, que ha existido desde hace más de treinta años. La legislación española también ha regulado esta materia desde 1932, con el primer Estatuto del vino. El Reglamento (CEE) 2238/93, de la Comisión, regula los documentos de transporte y la contabilidad específica de productos vitivinícolas, y el Real Decreto 323/1994 lo implementa en España. La plena realización del mercado interior exige la supresión de obstáculos en los intercambios intracomunitarios y la igualdad de trato entre productos destinados a distintos mercados. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** El Real Decreto 323/1994, de 28 de febrero, regula los documentos que acompañan el transporte de productos vitivinícolas y los registros que deben llevarse en el sector vitivinícola. Este Real Decreto se fundamenta en el Reglamento (CEE) 2238/93, de la Comisión, de 26 de julio, que establece las normas sobre los documentos de transporte y la contabilidad específica de los productos vitivinícolas. El Real Decreto 323/1994 adapta dicha normativa a la legislación española y la implementa en el territorio nacional. El Real Decreto se dicta al amparo de la competencia atribuida al Estado por el artículo 149.1.10 y 13 de la Constitución, referidos al comercio exterior y a la planificación general de la actividad económica. Además, se establece una disposición derogatoria que anula las siguientes normas: a) El Real Decreto 403/1986, de 21 de febrero, que establece normas complementarias para la aplicación de la reglamentación de la Comunidad Económica Europea en materia de circulación y registro de productos vitivinícolas. b) El Real Decreto 799/1989, de 30 de junio, que modifica el artículo 107 del Decreto 835/1972, de 23 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 25/1970, Estatuto de la viña, vino y de los alcoholes, para adaptar la regulación de los registros de entradas y salidas de productos derivados de la uva a la normativa comunitaria. c) La Orden de 17 de diciembre de 1990, por la que se regula la cumplimentación del documento comercial autorizado para productos vitivinícolas. El Real Decreto establece que los órganos competentes de las Comunidades Autónomas adoptarán las medidas necesarias para la ejecución de la normativa, como la aprobación del modelo de documento de acompañamiento o las normas sobre la llevanza de los registros. Además, se establece que el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación será el órgano de contacto de la Comisión CEE para los efectos de controles vitivinícolas, y se facilita la información sobre las autoridades designadas y las disposiciones adoptadas para la ejecución del Reglamento (CEE) 2238/93 y sus posteriores modificaciones. En cuanto a la vigencia, el Real Decreto entrará en vigor el día siguiente a su publicación en el «Boletín Oficial del Estado». Se establece una disposición final primera que faculta al Ministro de Agricultura, Pesca y Alimentación para dictar las normas necesarias para la aplicación de esta disposición. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** El Real Decreto 323/1994 adapta la normativa comunitaria sobre documentos de transporte y registros en el sector vitivinícola a la legislación española. Deroga disposiciones anteriores y establece la vigencia de la norma a partir de su publicación en el BOE. Es una norma de aplicación general en el sector vitivinícola. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Adaptación a la normativa comunitaria**: El Real Decreto se basa en el Reglamento (CEE) 2238/93 y adapta su aplicación en España. ⚠️ **Derogación de normas anteriores**: Se derogan tres disposiciones previas que regulaban aspectos similares. 📋 **Implementación en las Comunidades Autónomas**: Los órganos competentes de las autonomías deben adoptar medidas para la ejecución de la normativa. ℹ️ **Vigencia y entrada en vigor**: El Real Decreto entra en vigor el día siguiente a su publicación en el BOE. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Real Decreto - **Tipo**: Reglamento de desarrollo - **Fecha**: 28 de febrero de 1994 - **Materias**: Sector vitivinícola, transporte, registros, control de calidad, denominaciones de origen - **Relevancia**: ALTA - **Palabras clave**: documentos de acompañamiento, registros vitivinícolas, normativa comunitaria, control de calidad, denominaciones de origen ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Antes de este Real Decreto de 1994, la regulación de los documentos de acompañamiento y registros en el sector vitivinícola español se basaba en normativas previas, remontándose incluso al Estatuto del Vino de 1932, y respondía a la necesidad de controlar la producción y calidad dentro de la Organización Común del Mercado vitivinícola de la UE. El Reglamento (CEE) 2238/93 de la Comisión ya establecía directrices comunitarias, pero la ejecución y adaptación a la realidad española recaía en la normativa nacional y, posteriormente, en las Comunidades Autónomas, quienes tenían la competencia para aprobar modelos y normas de aplicación. Esta diferencia es crucial para el ciudadano, ya que garantiza la trazabilidad y calidad de los vinos, permitiendo la acreditación de vinos de calidad y la correcta aplicación de la política vitivinícola, unificando criterios a nivel nacional y europeo para facilitar el mercado interior. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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