Orden de 13 de mayo de 1994 por la que se modifica la estructura de tarifas y los precios de los suministros de gas natural para usos industriales.
¿Qué dice esta ley?
═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-01 Fuente original: ES-BOE — Orden de 13 de mayo de 1994 por la que se modifica la estructura de tarifas y lo ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ **1. QUÉ RESUELVE** La Orden de 13 de mayo de 1994 modifica la estructura de tarifas y los precios de los suministros de gas natural para usos industriales, estableciendo un nuevo marco tarifario tras la vigencia del Protocolo de Intenciones para el desarrollo del gas en España, que expiró el 23 de julio de 1995. **2. CONTEXTO** El Protocolo de Intenciones para el desarrollo del gas en España, firmado en 1985, estableció un marco tarifario unificado para el suministro de combustibles gaseosos por canalización y asignó márgenes unitarios estándar a las empresas distribuidoras. Su objetivo era fomentar la introducción del gas natural frente a alternativas como el fuelóleo y el propano, y acelerar el desarrollo de la infraestructura de distribución. Tras su vigencia expirada, se necesitaba un nuevo marco tarifario para regular los precios de los suministros industriales de gas natural. **3. CONTENIDO JURÍDICO** La Orden de 13 de mayo de 1994 introduce una nueva estructura tarifaria para el suministro de gas natural en usos industriales, con el objetivo de regular los precios y garantizar la continuidad del desarrollo del sector. La norma establece que el precio de referencia del propano se calcula mediante la fórmula "i + Flete + L", lo que permite determinar el coste de referencia para comparar con el gas natural. El texto detalla los usos a los que se aplicará la tarifa específica, incluyendo procesos industriales como la cocción de azulejos, la fabricación de vidrio, la metalurgia y la producción de alimentos, entre otros. La tarifa específica se aplica a usos que no están cubiertos por la tarifa general, excepto en casos como la cogeneración, la materia prima y las centrales térmicas. La norma también establece que cualquier aplicación industrial de gas natural canalizado no relacionada anteriormente se regirá por la tarifa general, lo que implica que se aplicará a procesos no específicamente detallados en el anexo IV. Además, se menciona que los usos con consumo diario contratado inferior a 12.500 termias están incluidos en la tarifa específica. En cuanto a los márgenes tarifarios, la norma reconoce que los precios se basan en costes de producción, transporte y distribución, con una estructura que permite la competitividad del gas natural frente a otras fuentes de energía. La norma también establece que los precios deben ser justos y equitativos, garantizando la sostenibilidad del sector. La Orden se basa en el marco regulatorio previo, pero introduce ajustes para adaptarse a la evolución del mercado y la necesidad de mantener el desarrollo del gas natural en el sector industrial. La norma se aplica a partir de la fecha de entrada en vigor, y se publica en el Boletín Oficial del Estado, con el fin de garantizar la transparencia y la aplicación uniforme de las tarifas. **4. CONCLUSIÓN SIMPLE** La Orden de 1994 establece un nuevo marco tarifario para el gas natural en usos industriales, basado en el Protocolo de Intenciones de 1985. Se detallan los usos específicos que se aplican a la tarifa específica, con excepciones para ciertos procesos. La norma busca garantizar la sostenibilidad del sector y la competitividad del gas natural frente a otras fuentes de energía. **5. PUNTOS CLAVE** ✅ **Nueva estructura tarifaria**: La Orden introduce un nuevo marco tarifario para el suministro de gas natural en usos industriales. ⚠️ **Vigencia del Protocolo**: El Protocolo de Intenciones de 1985 expiró en 1995, lo que justifica la necesidad de una nueva norma. 📋 **Aplicación específica**: Se detallan los usos a los que se aplica la tarifa específica, incluyendo procesos industriales clave. ℹ️ **Excepciones y tarifa general**: Algunos usos no se incluyen en la tarifa específica y se rigen por la tarifa general. **6. FICHA** - **Jurisdicción**: España - **Fuente**: Orden Ministerial, Nacional - **Tipo**: Orden Ministerial - **Fecha**: 13 de mayo de 1994 - **Materias**: Energía, Industria, Tarifas, Gas natural - **Relevancia**: ALTA - **Palabras clave**: gas natural, tarifas industriales, Protocolo de Intenciones, precios, usos industriales, distribución, flete, coste de referencia, propano, energía alternativa, infraestructura, sector industrial, regulación, precios justos, equidad, sostenibilidad, Boletín Oficial del Estado. **Palabras totales**: 680 ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────
💬 Contexto ciudadano
Antes de esta Orden de 1994, el suministro de gas natural para usos industriales se regía por un Protocolo de Intenciones de 1985 que buscaba fomentar su introducción frente a otras energías y desarrollar la infraestructura. Este marco, de ámbito nacional, establecía tarifas unificadas y márgenes para las distribuidoras, y su éxito llevó a la necesidad de una nueva estructura tarifaria ante la madurez del mercado y la evolución de las energías competidoras. A diferencia de normativas posteriores que podrían haber buscado una mayor liberalización o armonización europea, esta Orden se centra en ajustar los precios máximos y la indización a energías alternativas, como el fuelóleo, gasóleo y propano, para reflejar mejor la realidad del mercado industrial. Para el ciudadano, esto implicaba una mayor transparencia y potencialmente precios más ajustados a la competencia energética. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────