Orden PCM/240/2023, de 9 de marzo, por la que se crea y regula el Comité Antifraude del Plan de Recuperación del Consejo de Administración del Patrimonio Nacional y se determinan su composición y funciones.
¿Qué dice esta ley?
**¿Qué es?** Esta orden ministerial crea el Comité Antifraude del Plan de Recuperación del Consejo de Administración del Patrimonio Nacional. Se trata de un órgano colegiado, es decir, un grupo de personas con funciones oficiales reconocidas, cuya misión es diseñar, vigilar, actualizar y evaluar la estrategia de lucha contra el fraude en la gestión de los fondos europeos Next Generation EU que gestiona el Patrimonio Nacional. **¿A quién afecta?** Afecta directamente al Consejo de Administración del Patrimonio Nacional, que es la entidad responsable de gestionar bienes del Estado como palacios y jardines reales. En concreto, atañe a sus directivos y funcionarios, quienes formarán parte del Comité o quedarán sujetos a sus actuaciones de control. De forma indirecta, protege el interés general de los ciudadanos, al garantizar que los fondos europeos destinados a la recuperación económica tras la pandemia se usen correctamente. **¿Qué cambia o establece?** La orden crea formalmente el Comité Antifraude y define su composición: lo preside la persona titular de la Gerencia del Patrimonio Nacional, cuenta con cuatro vocales que dirigen las principales áreas de la entidad, y dispone de un secretario o secretaria con voz pero sin voto. Sus funciones son prevenir, detectar y corregir el fraude, la corrupción y los conflictos de intereses en la ejecución de los proyectos financiados con fondos del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, en cumplimiento de las exigencias del reglamento europeo que regula el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia.
💬 Contexto ciudadano
Ante la obligación del Reglamento (UE) 2021/241 relativo al PRTR, que exige mecanismos de control antifraude, España ha debido crear comités específicos en sus organismos gestores. Patrimonio Nacional, gestor de fondos Next Generation EU, requería esta estructura de vigilancia que antes no existía de forma institucionalizada. Mientras que las comunidades autónomas implementan soluciones análogas y otros organismos estatales cuentan con órganos similares, la creación de este comité responde a un mandato europeo común. Para el ciudadano, esto significa que la inversión en recuperación económica post-pandemia destinada al patrimonio público estará sujeta a controles rigurosos contra fraude y corrupción, protegiendo recursos públicos de especial relevancia.