Ley OrdinariaNacionalvigente

Ley 4/1994, de 25 de abril, de Ordenación de la Actividad Comercial de Canarias.

BOE-A-1994-12127Publicada: 27/05/1994COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CANARIAS

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-01 Fuente original: ES-BOE — Ley 4/1994, de 25 de abril, de Ordenación de la Actividad Comercial de Canarias. ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** La Ley 4/1994, de 25 de abril, de Ordenación de la Actividad Comercial de Canarias, establece un marco normativo para regular el comercio interior en la comunidad autónoma, con especial atención a la organización de ferias y mercados, la sanción de infracciones y la derogación de normas anteriores que se opongan a su contenido. 2. **CONTEXTO** La Ley fue promulgada por el Presidente del Gobierno de Canarias en cumplimiento del Estatuto de Autonomía de Canarias, que otorga a la comunidad autónoma competencia exclusiva en materia de ferias y mercados interiores. Además, se basa en la Ley Orgánica 11/1982, que habilita a Canarias para legislar en materia de comercio interior. La norma busca regular y modernizar la actividad comercial en la isla, adaptándose a las particularidades de la región. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** La Ley 4/1994, de 25 de abril, de Ordenación de la Actividad Comercial de Canarias, establece un marco normativo para regular la actividad comercial en la Comunidad Autónoma de Canarias. En el Preamble, se menciona que el artículo 29 del Estatuto de Autonomía de Canarias otorga a la comunidad autónoma la competencia exclusiva en materia de ferias y mercados interiores, y que el artículo 33, apartado c), le asigna la función ejecutiva en los términos que establezcan las leyes y normas reglamentarias del Estado en materia de comercio interior y defensa del consumidor. Además, se refiere a la Ley Orgánica 11/1982, de 10 de agosto, de transferencias complementarias a Canarias, que atribuye a la comunidad autónoma la potestad legislativa sobre las materias de titularidad estatal contenidas en el artículo 33 de su Estatuto, en cuanto no se encuentren reservadas al Estado por la Constitución. Este precepto habilita a Canarias para legislar en materia de comercio interior. La Ley se dicta para dar cumplimiento al mandato estatutario, buscando establecer un marco normativo claro y preciso para los operadores económicos en el sector del comercio interior. En la elaboración de la Ley se han tenido en cuenta las particularidades de Canarias, especialmente en lo referente a la actuación pública sobre la actividad comercial, como la reforma y modernización de las estructuras comerciales y el control de los operadores económicos. La Ley establece que las resoluciones sancionadoras que pongan fin a la vía administrativa serán inmediatamente ejecutivas, y que todas las Administraciones Públicas competentes en la materia colaborarán para hacer efectiva la ejecución de las sanciones. Además, se establecen disposiciones transitorias y derogatorias, entre otras. La disposición transitoria primera permite que se continúen realizando ventas en mercadillos y ferias comerciales existentes con anterioridad a la Ley, salvo los que se encuentren ubicados en calles peatonales comerciales y zonas comerciales tradicionales, en cuyo caso deberá procederse a su traslado. La disposición transitoria segunda establece que el Gobierno aprobará en un plazo máximo de seis meses los criterios generales de equipamiento comercial de Canarias previstos en el artículo 16 de la Ley. La disposición derogatoria establece que quedan derogadas todas las disposiciones que se opongan a lo dispuesto en la Ley. La disposición final primera establece que el Gobierno elaborará, en un plazo no superior a dos meses, el Reglamento de desarrollo de la Ley. La disposición final segunda establece que la Ley entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Canarias. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** La Ley 4/1994 establece un marco normativo para regular el comercio interior en Canarias, con especial atención a la organización de ferias y mercados, la sanción de infracciones y la derogación de normas anteriores. La norma se basa en el Estatuto de Autonomía y la Ley Orgánica 11/1982, y busca modernizar y regular la actividad comercial en la comunidad autónoma. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Competencia exclusiva en ferias y mercados**: El Estatuto de Autonomía otorga a Canarias competencia exclusiva en materia de ferias y mercados interiores. ⚠️ **Derogación de normas anteriores**: La Ley establece que quedan derogadas todas las disposiciones que se opongan a su contenido. 📋 **Sanciones y ejecución**: Las resoluciones sancionadoras son inmediatamente ejecutivas y las Administraciones Públicas deben colaborar en su cumplimiento. ℹ️ **Disposiciones transitorias**: Se permite la continuidad de mercadillos y ferias existentes, salvo en zonas específicas, y se establece un plazo para la aprobación de criterios generales de equipamiento comercial. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Comunidad Autónoma de Canarias - **Fuente**: Ley 4/1994 - **Tipo**: Ley Ordinaria - **Fecha**: 25 de abril de 1994 - **Materias**: Comercio interior, ferias, mercados, sanciones, control de operadores económicos - **Relevancia**: ALTA - **Palabras clave**: comercio interior, ferias, mercados, sanciones, control de operadores económicos, derogación, transitorias, Reglamento de desarrollo, Boletín Oficial de Canarias ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Antes de la Ley 4/1994, la regulación del comercio interior en Canarias se regía por normativas estatales y, en menor medida, por las competencias que el Estatuto de Autonomía otorgaba a la Comunidad Autónoma. Esta ley canaria se diferencia de otras normativas autonómicas y de la estatal en su enfoque específico a las "particulares circunstancias" del archipiélago, como el "urbanismo comercial" y la armonización de intereses entre grandes y pequeños comerciantes, adaptándose a la aparición de nuevas estructuras comerciales. Su aprobación por el Parlamento de Canarias, en virtud de competencias estatutarias y transferencias estatales, le otorga un carácter propio frente a la legislación general del Estado. Para el ciudadano, esta especificidad importa porque busca un equilibrio entre la promoción de la actividad comercial y la protección de los intereses generales, incluyendo la adecuación del equipamiento comercial a las necesidades de una sociedad moderna y un nuevo tipo de consumidor. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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