Orden de 17 de mayo de 1994 por la que se revisan las cuantías fijas del arancel de derechos de los Procuradores de los Tribunales aprobado por Real Decreto 1162/1991, de 22 de julio.
¿Qué dice esta ley?
═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-01 Fuente original: ES-BOE — Orden de 17 de mayo de 1994 por la que se revisan las cuantías fijas del arancel ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ **1. QUÉ RESUELVE** El Real Decreto 17/1994 establece la actualización de las cuantías fijas del arancel de derechos de los Procuradores de los Tribunales, aprobado por el Real Decreto 1162/1991, de 22 de julio, en función del incremento del índice de precios al consumo. **2. CONTEXTO** El Real Decreto 1162/1991, de 22 de julio, estableció un arancel de derechos para los Procuradores de los Tribunales, previendo la actualización de sus cuantías fijas en función del índice de precios al consumo. Desde la entrada en vigor del arancel, el Instituto Nacional de Estadística certificó un incremento del índice de precios al consumo del 12,4 por 100 entre agosto de 1991 y diciembre de 1993. Conforme a dicha disposición, el Ministerio de Justicia autorizó la revisión de las cuantías fijas, previa audiencia del Consejo General de Colegios de Procuradores de los Tribunales. **3. CONTENIDO JURÍDICO** El Real Decreto 17/1994, de 17 de mayo de 1994, aprueba la actualización de las cuantías fijas del arancel de derechos de los Procuradores de los Tribunales, aprobado por el Real Decreto 1162/1991, de 22 de julio. Esta actualización se efectúa en virtud de la disposición adicional del Real Decreto 1162/1991, que permitió la revisión de las cuantías fijas en función del índice de precios al consumo. El Real Decreto 17/1994 establece que la actualización económica se aplicará exclusivamente a los procedimientos que se inicien a partir del primer día del mes siguiente al de la entrada en vigor de la Orden, mientras que los asuntos en tramitación seguirán aplicando las cuantías establecidas en el Real Decreto 1162/1991. La entrada en vigor de la Orden se produce al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial del Estado. El anexo del Real Decreto 17/1994 detalla las nuevas cuantías fijas de los derechos, actualizadas en función del incremento del índice de precios al consumo. Por ejemplo, el artículo 65, que corresponde a la petición de segunda copia, pasa de 1.500 a 1.686; el artículo 66, relacionado con recursos de apelación procedentes de Juzgados de Paz, pasa de 2.500 a 2.810; y el artículo 68.1 (mínimo) pasa de 5.000 a 5.620. Estas actualizaciones se aplican a diversos tipos de actuaciones, incluyendo recursos de casación y revisión, juicios de faltas, actuaciones ante órganos colegiados, y otros procedimientos específicos. En el caso del artículo 72.1, relacionado con recursos de casación y revisión, la cuantía pasa de 100.000 a 112.400, reflejando una importante actualización. De manera similar, el artículo 83.2, a), que corresponde a procesos contencioso-administrativos, pasa de 35.000 a 39.340. Estas actualizaciones se aplican a distintos tipos de procedimientos, como los relativos a actuaciones ante órganos unipersonales, colegiados, y recursos específicos. La actualización se efectúa en base a la variación del índice de precios al consumo, lo que garantiza que las cuantías fijas del arancel se mantengan en línea con la evolución económica. Esta medida busca equilibrar la recaudación de derechos con el costo de vida, asegurando que los Procuradores de los Tribunales puedan cubrir sus gastos en el desarrollo de sus funciones. **4. CONCLUSIÓN SIMPLE** El Real Decreto 17/1994 actualiza las cuantías fijas del arancel de derechos de los Procuradores de los Tribunales en función del índice de precios al consumo. La actualización se aplica a nuevos procedimientos, mientras que los ya iniciados siguen aplicando las cuantías anteriores. La entrada en vigor de la Orden se produce al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial del Estado. **5. PUNTOS CLAVE** ✅ **Actualización de cuantías fijas**: Se actualizan las cuantías en función del índice de precios al consumo, reflejando una variación del 12,4 por 100. ⚠️ **Aplicación diferida**: La actualización se aplica solo a nuevos procedimientos, mientras que los ya iniciados siguen con las cuantías anteriores. 📋 **Publicación en el B.O.E.**: La entrada en vigor de la Orden se produce al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial del Estado. ℹ️ **Anexo detallado**: El anexo incluye las nuevas cuantías para cada tipo de actuación, como recursos de apelación, juicios de faltas, y procesos contencioso-administrativos. **6. FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Real Decreto 17/1994 - **Tipo**: Orden del Ministro de Justicia - **Fecha**: 17 de mayo de 1994 - **Materias**: Derecho procesal, arancel de derechos, Procuradores de los Tribunales - **Relevancia**: ALTA **Palabras totales**: 650 ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────
💬 Contexto ciudadano
Antes de esta Orden de 1994, el arancel de los procuradores estaba fijado por el Real Decreto 1162/1991, el cual contemplaba la posibilidad de revisar sus cuantías para ajustarlas a la inflación. Esta Orden, de ámbito nacional, actualiza esas cuantías basándose en el incremento del índice de precios al consumo certificado por el Instituto Nacional de Estadística entre agosto de 1991 y diciembre de 1993. A diferencia de normativas autonómicas que pudieran tener sus propios aranceles o directivas europeas que establecen marcos generales, esta norma concreta una actualización específica para procuradores en todo el territorio español, aprobada por el Ministro de Justicia tras consultar al Consejo General de Colegios de Procuradores. Para el ciudadano, esta diferencia es relevante porque implica un posible aumento en los costes de los procedimientos judiciales que requieran la intervención de un procurador, afectando directamente a la carga económica de acceder a la justicia. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────