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Real DecretoNacionalvigente

Orden de 27 de mayo de 1994 por la que se modifica la Orden de 22 de junio de 1984, que regula la creación de los centros gestores, el funcionamiento de las entidades titulares de los mismos y la percepción de las ayudas correspondientes, previstos en el Real Decreto 2707/1983, de 7 de septiembre, que aprueba el Reglamento sobre Contratación de Productos Agrarios.

BOE-A-1994-12836Publicada: 07/06/1994MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-01 Fuente original: ES-BOE — Orden de 27 de mayo de 1994 por la que se modifica la Orden de 22 de junio de 19 ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** La Orden de 27 de mayo de 1994 modifica la Orden de 22 de junio de 1984, que regula la creación de centros gestores, el funcionamiento de entidades titulares y la percepción de ayudas en el ámbito de la contratación de productos agrarios. 2. **CONTEXTO** La Orden de 1984 fue aprobada bajo el Real Decreto 2707/1983, que regula la contratación de productos agrarios. Posteriormente, la Ley 31/1990 modificó los artículos 81 y 82 del Real Decreto Legislativo 1091/1988, que establecen el régimen de ayudas y subvenciones públicas. El Real Decreto 2225/1993 aprobó el Reglamento del procedimiento para la concesión de subvenciones públicas. Por ello, se precisa actualizar la Orden de 1984 para adaptarla a la nueva normativa. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** La Orden de 27 de mayo de 1994 modifica los apartados octavo y noveno de la Orden de 22 de junio de 1984, que regula la creación de centros gestores, el funcionamiento de entidades titulares y la percepción de ayudas en el ámbito de la contratación de productos agrarios. La modificación se realiza para adaptar dicha norma a la nueva legislación vigente, incluyendo los cambios introducidos por la Ley 31/1990 y el Real Decreto 2225/1993. En el apartado octavo, se establece que los beneficiarios de las subvenciones deberán justificar sus gastos reales por trimestres naturales, con carácter previo al pago, mediante la presentación ante la Dirección General de Política Alimentaria de las correspondientes facturas y comprobantes de pago, en el plazo máximo de treinta días naturales desde la finalización de cada trimestre. Además, la tramitación de las ayudas se efectuará de conformidad con el Real Decreto 2225/1993, que establece el Reglamento del procedimiento para la concesión de subvenciones públicas. La falta de resolución expresa en el plazo de seis meses tendrá carácter desestimatorio. Las resoluciones de concesión de ayudas quedarán supeditadas a la existencia de crédito suficiente en el presupuesto de gastos de la Dirección General de Política Alimentaria. La resolución del procedimiento pondrá fin a la vía administrativa. En el apartado noveno, se establece que los beneficiarios de las subvenciones quedan obligados a someterse a las actuaciones de comprobación a efectuar por la Dirección General de Política Alimentaria, y a las de control financiero que corresponden a la Intervención General de la Administración del Estado, en relación con las subvenciones y ayudas concedidas y a las previstas en la legislación reguladora del Tribunal de Cuentas. En caso de incumplimiento, total o parcial, de los fines establecidos conforme a la presente Orden, quedará sin efecto la subvención concedida, debiendo la entidad beneficiaria proceder al reintegro inmediato de las cantidades que tuviere percibidas, a requerimiento de la Administración, y luego de cumplido el trámite de audiencia. La Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el *Boletín Oficial del Estado*. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** La Orden de 1994 modifica la normativa de 1984 para adaptarla a la nueva legislación sobre subvenciones y ayudas. Establece requisitos de justificación de gastos, tramitación conforme a un nuevo reglamento y obligaciones de control y reintegro en caso de incumplimiento. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Modificación de la Orden de 1984**: Se actualiza para adaptarse a la nueva normativa vigente. ⚠️ **Requisitos de justificación de gastos**: Los beneficiarios deben presentar facturas y comprobantes de pago en un plazo de 30 días. 📋 **Tramitación conforme a nuevo reglamento**: Se aplica el Real Decreto 2225/1993. ℹ️ **Obligaciones de control y reintegro**: En caso de incumplimiento, se requiere reintegro inmediato de las cantidades percibidas. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Orden de 27 de mayo de 1994 - **Tipo**: Orden del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación - **Fecha**: 27 de mayo de 1994 - **Materias**: Contratación de productos agrarios, subvenciones, ayudas públicas, control financiero - **Relevancia**: ALTA - **Código de referencia**: Orden 27/1994, BOE - **Relación con otras normas**: Modifica la Orden de 1984 y se adapta a la Ley 31/1990 y al Real Decreto 2225/1993. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Esta Orden de 1994 modifica una normativa previa de 1984, adaptándola a la nueva regulación estatal sobre subvenciones públicas introducida por la Ley de Presupuestos Generales del Estado de 1990 y el Real Decreto de 1993. Antes de esta modificación, la gestión y justificación de ayudas agrarias seguía un procedimiento menos detallado y armonizado. La normativa estatal actual, a diferencia de posibles regulaciones autonómicas previas o posteriores, establece un marco unificado para la concesión y control de subvenciones, lo que importa al ciudadano al garantizar transparencia, plazos definidos para la resolución y procedimientos claros de justificación y reintegro, facilitando así el acceso y la correcta aplicación de los fondos públicos. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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