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Real DecretoNacionalvigente

Real Decreto 1053/1994, de 20 de mayo, sobre traspaso de funciones y servicios de la Administración del Estado a la Comunidad Autónoma de Aragón en materia de espectáculos.

BOE-A-1994-14326Publicada: 22/06/1994Ministerio para las Administraciones Públicas

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-01 Fuente original: ES-BOE — Real Decreto 1053/1994, de 20 de mayo, sobre traspaso de funciones y servicios d ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ **1. QUÉ RESUELVE** El Real Decreto 1053/1994, de 20 de mayo, aprueba el acuerdo de la Comisión Mixta de Transferencias sobre el traspaso de funciones y servicios en materia de espectáculos de la Administración del Estado a la Comunidad Autónoma de Aragón, con efectividad a partir del 1 de julio de 1994. **2. CONTEXTO** Este Real Decreto se inscribe en el marco de la transferencia de competencias del Estado a las Comunidades Autónomas, establecida en el Estatuto de Autonomía de Aragón. La Constitución Española, en su artículo 149.1.29, reserva al Estado la competencia exclusiva en materia de seguridad pública, pero permite a las Comunidades Autónomas crear policías en el marco de sus Estatutos. El Estatuto de Autonomía de Aragón, en su artículo 35.1.25, otorga a la Comunidad Autónoma competencia exclusiva en materia de espectáculos. El Real Decreto 3991/1982 establece el procedimiento para los traspasos de funciones y servicios del Estado a Aragón. La Comisión Mixta de Transferencias, prevista en la disposición transitoria sexta del Estatuto de Autonomía, adoptó un acuerdo en 1994, que fue aprobado mediante este Real Decreto. **3. CONTENIDO JURÍDICO** El Real Decreto 1053/1994, de 20 de mayo, aprueba el acuerdo de la Comisión Mixta de Transferencias sobre el traspaso de funciones y servicios en materia de espectáculos de la Administración del Estado a la Comunidad Autónoma de Aragón. Este acuerdo, adoptado en la sesión del 28 de abril de 1994, se transcribe como anexo al Real Decreto. El traspaso se efectúa en cumplimiento de la disposición transitoria sexta del Estatuto de Autonomía de Aragón, aprobado por Ley Orgánica 8/1982, de 10 de agosto, y reformado por Ley Orgánica 6/1994, de 24 de marzo. El acuerdo establece que la Comunidad Autónoma de Aragón asume la competencia exclusiva en materia de espectáculos, según el artículo 35.1.25 de su Estatuto. A su vez, el Estado mantiene la competencia exclusiva en materia de seguridad pública, según el artículo 149.1.29 de la Constitución Española. No obstante, la Comunidad Autónoma puede crear policías en el marco de su Estatuto, siempre que se ajuste a una ley orgánica. El Real Decreto 3991/1982, de 29 de diciembre, establece el procedimiento para los traspasos de funciones y servicios del Estado a las Comunidades Autónomas. En este sentido, el Real Decreto 1053/1994 se ajusta a dicha norma, ya que regula el traspaso de funciones en materia de espectáculos. El acuerdo de la Comisión Mixta detalla las funciones y servicios que se traspasan, incluyendo la coordinación con la Administración del Estado en aspectos que afecten a la seguridad pública, la comunicación de resoluciones que puedan afectar a la seguridad pública, la comunicación de asientos y anotaciones en el Registro de Empresas y Locales, la traspaso de bienes, derechos y obligaciones, el personal adscrito a los servicios traspasados, la valoración de las cargas financieras, la entrega de documentación y expedientes, y la fecha de efectividad del traspaso. El traspaso de funciones y servicios tiene efectividad a partir del 1 de julio de 1994, según el artículo 1 del Real Decreto. La Comisión Mixta, compuesta por representantes del Estado y de la Comunidad Autónoma, adoptó el acuerdo en su sesión del 28 de abril de 1994, y fue aprobado por el Gobierno mediante este Real Decreto. El Real Decreto 1053/1994 se emitió en Madrid el 28 de abril de 1994, y fue firmado por los Secretarios de la Comisión Mixta, Antonio Bueno Rodríguez y José María Hernández de la Torre y García. **4. CONCLUSIÓN SIMPLE** El Real Decreto 1053/1994 aprueba el traspaso de funciones y servicios en materia de espectáculos de la Administración del Estado a la Comunidad Autónoma de Aragón. Este traspaso se efectúa en cumplimiento del Estatuto de Autonomía de Aragón y del Real Decreto 3991/1982. El traspaso tiene efectividad a partir del 1 de julio de 1994. **5. PUNTOS CLAVE** ✅ **Traspaso de funciones en materia de espectáculos**: La Comunidad Autónoma de Aragón asume la competencia exclusiva en materia de espectáculos según su Estatuto. ⚠️ **Competencia exclusiva del Estado en seguridad pública**: El Estado mantiene la competencia exclusiva en materia de seguridad pública, según la Constitución. 📋 **Procedimiento de traspaso**: El Real Decreto 3991/1982 establece el procedimiento para los traspasos de funciones y servicios del Estado a las Comunidades Autónomas. ℹ️ **Fecha de efectividad**: El traspaso de funciones y servicios tiene efectividad a partir del 1 de julio de 1994. **6. FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Real Decreto - **Tipo**: Norma de traspaso de funciones - **Fecha**: 20 de mayo de 1994 - **Materias**: Competencias, traspaso de funciones, espectáculos, seguridad pública - **Relevancia**: ALTA **Palabras totales**: 698 ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Este Real Decreto de 1994 formaliza el traspaso de competencias en materia de espectáculos desde la Administración General del Estado a la Comunidad Autónoma de Aragón, basándose en su Estatuto de Autonomía que le otorga competencia exclusiva en esta área, en contraste con la competencia estatal residual en seguridad pública. Antes de este traspaso, la gestión de espectáculos recaía en el Estado, pero la Constitución y los Estatutos de Autonomía permitieron esta descentralización, un proceso que se ha replicado en mayor o menor medida en otras Comunidades Autónomas, aunque con particularidades en el desarrollo normativo y la concreción de las funciones transferidas. Para el ciudadano aragonés, esta diferencia implica que las normativas y la gestión administrativa de los espectáculos son ahora competencia directa de su Comunidad Autónoma, facilitando una regulación más adaptada a sus especificidades y una interlocución más cercana con las autoridades competentes, en lugar de depender de un marco estatal general. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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