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Ley 3/1994, de 23 de junio, de creación del Parque Posets-Maladeta.

BOE-A-1994-16920Publicada: 20/07/1994COMUNIDAD AUTÓNOMA DE ARAGÓN

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-01 Fuente original: ES-BOE — Ley 3/1994, de 23 de junio, de creación del Parque Posets-Maladeta. ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** La Ley 3/1994, de 23 de junio, crea el Parque Natural de Posets-Maladeta en la Comunidad Autónoma de Aragón, con el objetivo de proteger y conservar el ecosistema montañoso de esta zona del Pirineo aragonés. 2. **CONTEXTO** La norma fue promulgada por el Presidente de la Comunidad Autónoma de Aragón en nombre del Rey, tras su aprobación por las Cortes de Aragón. Se publicó en el «Boletín Oficial de Aragón» y en el «Boletín Oficial del Estado», conforme a los artículos 20 y 21 del Estatuto de Autonomía. El texto incluye un preámbulo que describe la importancia geográfica y ecológica del área, destacando su valor como uno de los núcleos montañosos más importantes de España. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** La Ley 3/1994, de 23 de junio, de creación del Parque Natural de Posets-Maladeta, establece un marco legal para la protección y gestión del territorio montañoso de la zona. El texto incluye un preámbulo que detalla la relevancia geográfica y ecológica del área, destacando la presencia de dos de las cumbres más altas de la cordillera pirenaica: El Posets (3.375 metros) y el Aneto (3.404 metros), que pertenecen a los macizos de Posets y Maladeta, respectivamente. El preámbulo también menciona la existencia de más de 30 cumbres que superan los 3.000 metros de altitud, así como valles forestales, lagos, barrancos y una gran diversidad de especies, lo que justifica la necesidad de su protección. La norma establece que el macizo de la Maladeta está situado en la «zona axial» del Pirineo, donde se encuentran los materiales geológicos más antiguos reconocidos. Se describe como un conjunto de montañas con personalidad topográfica y geográfica propia, que sirven de base a otros macizos como Els Tatats, Vallibierna y Sierra Negra. Además, se menciona la importancia de los valles de Cregüeña, Vallibierna, Literola y Aiguaspases, que se encajan en estos macizos. El Posets, por su parte, es el segundo gran macizo de importancia que da nombre al Parque. Se encuentra aislado de la línea divisoria hispano-francesa por el valle de Estós, que tributa al Esera, al nordeste de Benasque. El enlace con el pico de la Madera en la frontera francesa se realiza por el puerto de Gistaín, que separa las cabeceras del alto Esera y del valle de Añes Cruces. El texto también describe el paisaje propio de la alta montaña pirenaica, con sus valles escalonados y la complejidad de los senderos que atraviesan la zona. Se detalla un recorrido que comienza en el límite de los términos municipales de Benasque y Sahún, ascendiendo por la cresta divisoria de los barrancos de Vallibierna y Peñascaro hasta la cota de 1.500 metros. Desde allí, se sigue el curso del río Esera hasta los Baños de Benasque (1.670 metros), bordeándose por el este y norte para llegar a la carretera C-139, de Barbastro a Francia por Benasque. El recorrido continúa hacia el límite de los términos municipales de Benasque y Sahún, pasando por el barranco de Eriste, el collado de Sahún y el lago de la Solana, hasta llegar a la cota de 2.100 metros en el límite entre San Juan de Plan y Sahún. En la parte oeste, se describe un itinerario que comienza desde el límite de términos, descendiendo a la cota de 1.800 metros hacia San Juan de Plan, cruzando el barranco de Sein, ascendiendo hasta la cota de 2.000 metros y siguiendo por los Plans del Avet hasta el cruce del arroyo que desciende del lago de la Solana. Este detalle geográfico y topográfico refleja la complejidad del territorio y la necesidad de una protección integral del área, lo que justifica la creación del Parque Natural de Posets-Maladeta como medida de conservación y sostenibilidad ambiental. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** La Ley 3/1994 crea el Parque Natural de Posets-Maladeta con el objetivo de proteger el ecosistema montañoso de la zona. El texto detalla la relevancia geográfica y ecológica del área, justificando su protección. La norma establece un marco legal para la gestión sostenible del territorio. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Creación del Parque Natural de Posets-Maladeta**: Se establece como área protegida con fines de conservación y sostenibilidad. ⚠️ **Relevancia geográfica y ecológica**: El área cuenta con cumbres, glaciares y valles de alto valor ecológico. 📋 **Detalles topográficos y geográficos**: Se describe el relieve complejo de la zona, incluyendo ríos, barrancos y pueblos. ℹ️ **Marco legal**: La norma se basa en el Estatuto de Autonomía y en la legislación vigente de la Comunidad Autónoma de Aragón. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Comunidad Autónoma de Aragón - **Fuente**: Ley 3/1994 - **Tipo**: Ley Ordinaria - **Fecha**: 23 de junio de 1994 - **Materias**: Protección del medio ambiente, gestión territorial, parques naturales - **Relevancia**: ALTA - **Tipo de norma**: Ley Ordinaria Nacional ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Antes de esta Ley 3/1994, la protección de los macizos de Posets y Maladeta en Aragón se basaba en figuras de menor rango, como la declaración de Monumentos Naturales para sus glaciares por la Ley 2/1990. A diferencia de otras Comunidades Autónomas que ya contaban con parques naturales de mayor envergadura, o de normativas estatales y directivas europeas que establecen marcos generales para la conservación de la biodiversidad y los espacios naturales, Aragón optó por una ley específica para otorgar la máxima protección a este valioso ecosistema pirenaico. Esta diferencia es crucial para el ciudadano, ya que una Ley de creación de Parque implica un régimen de protección más estricto, una gestión integral y un mayor compromiso público en la conservación de un patrimonio natural de excepcional valor, garantizando su preservación frente a presiones de desarrollo. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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